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Segunda opinión médica

Segunda opinión médica

Segunda opinión médica

Como usuario del Sistema Sanitario Público de Andalucía tienes el derecho a solicitar una segunda opinión médica cuando:

  • Padeces una enfermedad diagnosticada como de pronóstico fatal, incurable o que compromete gravemente tu calidad de vida
  • El tratamiento propuesto conlleva un elevado riesgo vital

En determinadas circunstancias, este derecho puede ser ejercido por otra persona en nombre del paciente. Una vez aceptada tu solicitud, un facultativo experto estudiará tu historial clínico y remitirá un informe al solicitante o a quien éste haya autorizado.

¿Cómo puedo solicitar una segunda opinión médica?

Por Internet

Si dispones de certificado digital (clase 2 CA) puedes hacerlo a través de la Oficina Virtual de la Consejería de Salud.

Es aconsejable enviar una copia del último informe clínico en la que conste el diagnóstico o la propuesta terapéutica para la que se pide segunda opinión a:

Dirección General de Asistencia Sanitaria del Servicio Andaluz de Salud
Unidad Central de Tramitación de Segunda Opinión Médica
Salud Responde
Ctra. De Bailén - Motril S/N (Recinto Hospital Neurotraúmatológico)
23006 Jaén
Teléfono: 902 505 060

A través del centro sanitario o por correo

Puedes presentar la solicitud en cualquiera de los centros dependientes de la Consejería de Salud o del Servicio Andaluz de Salud, así como en cualquier centro sanitario.

Si prefieres enviar tu solicitud por correo puedes hacerlo a la dirección anteriormente mencionada.

Además del formulario, es necesario aportar los siguientes documentos:

  • Fotocopia compulsada del DNI del paciente. Se pueden compulsar los documentos en el mismo centro sanitario donde se presente la solicitud
  • Fotocopia compulsada del DNI de la persona autorizada por el paciente (en los casos en los que se designe representante). Recuerda que el paciente debe firmar igualmente la solicitud

En el caso de menores, personas incapacitadas legalmente o pacientes en situación de imposibilidad física o psíquica sólo determinadas personas pueden solicitar segunda opinión médica en su nombre. Es aconsejable leer detenidamente las instrucciones de la solicitud.

Limitaciones

Pueden ser causas de denegación del derecho a la segunda opinión médica:

  • Si el paciente no sufre alguna de las circunstancias clínicas que constituyen el ámbito del decreto
  • Si el paciente requiere tratamiento urgente o inmediato
  • Si el paciente ha efectuado anteriormente otra solicitud de segunda opinión para el mismo proceso asistencial
  • Si la enfermedad ha sido diagnosticada en un centro no dependiente del Sistema Sanitario Público de Andalucía

Más información

¿Aún tienes dudas?

Si tienes cualquier duda o necesitas más información puedes llamar al teléfono 902 505 505 o escribir al correo informacion@juntadeandalucia.es

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