Dependen de la Seguridad Social y para acceder a ellas es necesario cumplir una serie de requisitos, como acreditar un período mínimo de cotización. La cuantía de la prestación también se calcula a partir de esa cotización individual.
La prestación contributiva de jubilación es una pensión vitalicia que se concede al trabajador cuando cesa en el trabajo a causa de su edad, poniendo fin a su vida laboral, o cuando reduce su jornada y su salario en los términos legalmente establecidos.
La cuantía de esta prestación se determina en función de las aportaciones efectuadas a la Seguridad Social por el trabajador y/o el empresario, según se trate de trabajadores por cuenta propia o ajena, durante el período de los últimos 15 años cotizados.
La solicitud y documentación necesaria debe presentarse en cualquiera de los centros de atención e información de la Seguridad Social, con la única excepción de los trabajadores del mar, que han de dirigirse a las direcciones provinciales del Instituto Social de la Marina (ISM).
Encontrarás la información completa sobre las distintas modalidades de jubilación, así como de los regímenes especiales, en la web de la Seguridad Social:
Las prestaciones por muerte y supervivencia están destinadas a compensar la situación de necesidad económica que produce, para determinadas personas, el fallecimiento de otras. Con carácter de régimen general, son las siguientes:
Obtén el resto de información relativa a las prestaciones por muerte y supervivencia, incluídos los regímenes especiales, en la web de la Seguridad Social:
Si tienes cualquier duda o necesitas más información puedes llamar al teléfono 902 505 505 o escribir al correo informacion@juntadeandalucia.es
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