Dentro de las políticas de fomento del alquiler existen distintas ayudas y subvenciones para los colectivos con mayores dificultades para acceder a una vivienda.
En cada caso es necesario acreditar el cumplimiento de una serie de requisitos en cuanto a edad, circunstancias personales, nivel de ingresos, etc.
Ayudas al alquiler
Si tienes menos de 35 años puedes deducir hasta un 15% del dinero que destinas al alquiler, hasta un máximo de 500 euros.
Para acceder a estas ventajas tu renta no debe superar los 19.000 euros, si realizas la declaración individualmente, y los 24.000 en el caso de tributación conjunta.
Además, gracias al Plan de apoyo a la emancipación e impulso al alquiler del Ministerio de Fomento, puedes acceder a una deducción de hasta el 10,05% para todos aquellos inquilinos, incluidos los mayores de 35 años, cuyos ingresos no superen los 28.000 euros brutos anuales.
Los propietarios están exentos de pagar el IVA. Para ello es necesario hacer constar el IVA en las facturas que remitas a tu inquilino. Sí estás obligado a declarar los beneficios que obtienes por el alquiler (gastos deducibles menos ingresos obtenidos). Recuerda que tanto los pagos por siniestros ocurridos dentro de la casa como el importe de las mejoras realizadas en la vivienda son gastos no deducibles.
Sobre los beneficios o rendimiento neto se realiza reducción por arrendamiento de vivienda de un 50%, que puede llegar al 100% en el caso de inquilinos entre 18 y 35 años que ganen anualmente, al menos, una vez el IPREM.
Recuerda que la deducción por alquiler es incompatible con otras deducciones por vivienda habitual.
Si tienes cualquier duda o necesitas más información puedes llamar al teléfono 902 505 505 o escribir al correo informacion@juntadeandalucia.es
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