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Subvenciones 2010ComercioModalidad 6. ARE.Actuaciones Subvencionales → Actuaciones subvencionables

Actuaciones subvencionables

Actuaciones subvencionables


En el supuesto de empresas artesanas, persona físicas o jurídicas:

  1. Modernización de la empresa artesana:

    • La adquisición, en régimen de propiedad, de maquinaria, herramientas y utillaje, la cual servirá para auxiliar el carácter preferentemente manual de la actividad artesana, con el límite máximo de 30.000 euros para la maquinaria y con el límite máximo de 10.000 euros para las herramientas y utillaje.
    • Adquisición de software destinado a aplicaciones de diseño de productos artesanales, hasta 1.500 euros.
    • Adquisición de software destinado a aplicaciones de contabilidad, facturación y gestión, hasta un límite de 1.500 euros.
    • Conexión a Internet, hasta 500 euros.
    • Implantación de sistemas normalizados de calidad, hasta 10.000 euros. 
       
  2. Promoción Comercial:

    • Diseño y edición de catálogos de productos en soporte papel, magnéticos o CD/DVD, hasta 20.000 euros.
    • Diseño de logotipo, hasta 10.000 euros.
    • Construcción o actualización de página Web, hasta 8.000 euros.
    • La participación en ferias y certámenes comerciales de carácter nacional. Se considerarán gastos subvencionables los relativos a la contratación del espacio, los derechos de inscripción, hasta 25.000 euros. 
       
  3. Innovación y mejora de productos artesanos:

    1. La contratación de proyectos de diseño de productos artesanales, o mantenimiento en el taller artesanal, durante seis meses, de investigadores de diseño artesanal:

      • Contratación de proyectos de diseño de productos artesanales, hasta 20.000 euros.
      • Mantenimiento en el taller artesanal, durante seis meses de investigadores de diseño artesanal, hasta 10.000 euros. 
         
  4. El diseño y edición de etiquetas con distintivo homologado de Zonas y Puntos de Interés Artesanal, hasta10.000 euros.

Límite de actuaciones subvencionables


El número máximo de actuaciones a subvencionar por beneficiario y convocatoria, para esta Modalidad 6 (ARA/E), será de tres.


La actuación de participación en ferias y certámenes comerciales de carácter nacional sólo será subvencionable para un máximo de tres ferias.

Gasto no subvencionable


No será subvencionable el IVA, excepto en los supuestos de aquellos beneficiarios consumidores finales para los que el IVA no sea Recuperable.

Plazo de inicio y ejecución de las actividades subvencionadas


Las actividades objeto de subvención deberán iniciarse en el período comprendido entre el 4 de enero del ejercicio en que se presente la solicitud y el plazo máximo que se indique en la resolución de concesión.


El plazo de ejecución de las actividades subvencionadas será el que se determine en la resolución de concesión.


 

 





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Fecha de actualización: 30/05/2012