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Junta de Andalucía

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte


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Preguntas Frecuentes

Titulaciones Náuticas IAD

¿Qué documentación debo presentar para la expedición de la titulación?

DOCUMENTACIÓN

  • Dos fotografías originales (no copias), tamaño 3-3,5 cm, en las que figurarán al dorso el nombre y apellidos del solicitante de forma legible.
  • Resguardo original del abono de la tasa por expedición del título.
  • Fotocopia compulsada de la Tarjeta Marítima del título inferior (en el caso de Patrón de Yate y Capitán de Yate).
  • Certificado original de prácticas básicas de seguridad y navegación y certificado original de prácticas de radiocomunicación o curso práctico de motos náuticas, de acuerdo con la normativa vigente en la materia o, en su caso, certificación del Tribunal-calificador de haber superado el examen práctico correspondiente.
  • Certificado médico de los centros de reconocimiento de conductores en el que deberá constar que "según Resolución de 11 de enero de 2010 de la DGMM reúne las condiciones psicofísicas necesarias para el gobierno de embarcaciones de recreo" (BOE núm. 40, de 15 de febrero de 2010). No será necesaria la presentación de este certificado en el caso de que no hayan transcurrido más de dos años desde la expedición del título o de la renovación anterior.
Cumplidos los setenta años de edad, los interesados deberán renovar sus tarjetas por periodos de dos años.

¿Qué documentación debo presentar para la renovación de la titulación?

DOCUMENTACIÓN

  • Dos fotografías originales (no copias), tamaño 3-3,5 cm, en las que figurarán al dorso el nombre y apellidos del solicitante de forma legible.
  • Resguardo original del abono de la tasa por expedición del título.
  • Fotocopia compulsada de la Tarjeta Marítima.
  • Certificado médico de los centros de reconocimiento de conductores en el que deberá constar que "según Resolución de 11 de enero de 2010 de la DGMM reúne las condiciones psicofísicas necesarias para el gobierno de embarcaciones de recreo" (BOE núm. 40, de 15 de febrero de 2010).
Cumplidos los setenta años de edad, los interesados deberán renovar sus tarjetas por periodos de dos años.

¿Cuándo y dónde se presenta la documentación para la expedición de la titulación y quién puede recoger la tarjeta o título una vez expedido?

 

Las solicitudes, escritos y comunicaciones podrán presentarse:
  • En el registro auxiliar del Instituto Andaluz del Deporte.
  • En los registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas (preferentemente en las delegaciones provinciales de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte), o a la de algunas de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
  • En las oficinas de Correos, en la que forma que reglamentariamente se establezca.
Una vez expedida, la titulación deberá recogerla el titular o persona distinta con autorización de éste y fotocopia de su DNI. El lugar será en las Delegaciones Provinciales de Turismo, Comercio y Deporte en el caso de haber presentado la documentación en ellas, o en el IAD en el caso de haber presentado la documentación en el IAD o en la Delegación Provincial de Turismo, Comercio y Deporte de Málaga.

 

¿Cuál es el importe de las tasas?

TASAS DE EXPEDICIÓN

Concepto Importe
Expedición de título y tarjeta marítima / Convalidación 43,11 €
Expedición de duplicado de título 30,60 €
Renovación de tarjeta marítima  6,12 €
Duplicado de tarjeta por pérdida o deterioro

    6,12 €

Duplicado de tarjeta por robo, con presentación de la denuncia

0 €

 

¿Existe temario oficial?

El programa de conocimientos teóricos para el gobierno de embarcaciones de recreo se encuentra en el Anexo III de la Orden FOM/3200/2007, de 26 de octubre (BOE núm. 264, de 3 de noviembre de 2007) o en los Anexos I y II, para el gobierno de motos náuticas, del Real Decreto 259/2002, de 8 de marzo (BOE núm. 61, de 12 de marzo de 2002). No existe desarrollo oficial, los interesados deberán dirigirse a librerías especializadas o a las escuelas homologadas por el IAD.

¿Dónde se pueden realizar las prácticas de navegación y radiocomunicación?

Las prácticas básicas de seguridad y navegación se pueden realizar en cualquiera de las escuelas autorizadas por la Junta de Andalucía. También existe la posibilidad de realizar un examen práctico en algunas de las convocatorias realizadas por el IAD.

Las prácticas de radiocomunicación deberán realizarse en alguna de las escuelas autorizadas.

¿Cuál es el plazo para realizar las prácticas una vez aprobado el teórico?

Tiene un plazo máximo de 18 meses desde que ha aprobado el examen teórico.

¿Cuál es es plazo de vigencia de las prácticas realizadas?

La superación del examen práctico, de las prácticas o del curso práctico de motos náuticas, tendrá validez por un periodo de 18 meses, a contar desde su realización, durante los cuales deberá superar el examen teórico.

¿Quién tiene la competencia para la expedición del “Titulín”?

La Federación Andaluza de Vela o la Federación Andaluza de Motonáutica.

¿Quién realiza las convalidaciones con titulaciones profesionales o académicas?

El IAD y cualquier administración con competencia en materia náutico-deportiva.

¿Cómo puedo presentar alegaciones a los listados provisionales de admitidos, de excluidos, a las notas...?

Presentando un escrito dirigido al IAD por cualquier medio admitido en la Ley 30/1992 (BOE núm. 285, de 27 de noviembre de 992) o bien por fax adjuntando fotocopia del DNI.





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Fecha de actualización: 12/02/2012