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Junta de Andalucía

Consejería de Turismo y Comercio


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Preguntas Frecuentes

Comercio

Necesito información sobre empresas españolas en el extranjero.

La Agencia Andaluza de Promoción Exterior (EXTENDA) es una empresa pública de la Junta de Andalucía que tiene como objetivo específico promover y apoyar la Internacionalización de las Empresas Andaluzas, por lo que, entre otras tareas, desarrolla la planificación, diseño y ejecución de acciones de promoción de las empresas y los productos andaluces en el exterior, de acuerdo con la política económica del Gobierno de Andalucía. En su página web puede consultar más información sobre sus diversas líneas de actuación.

http://www.extenda.es

¿Está obligado un comercio, sea cual sea su actividad a estar inscrito como tal en el Registro de Comerciantes dependiente de esa Consejería? Si es así, ¿cuáles son las ventajas que aporta esa inscripción?

Según establece el Decreto 19/2000 de 31 de enero, por el que se regula la organización y funcionamiento del Registro de Comerciantes y Actividades Comerciales de Andalucía, en su art. 2, será obligatoria la inscripción de toda persona física o jurídica que ejerza o pretenda ejercer una actividad comercial en Andalucía. Como principal ventaja de tal inscripción está el poder recibir subvenciones convocadas por esta Consejería.

¿Dónde se encuentran regulados los horarios de los comercios en la Comunidad Autónoma de Andalucía?

Los horarios comerciales se encuentran regulados en el Título III de la Ley 1/1996, de 10 de enero, del Comercio Interior de Andalucía, la cual puede consultar a texto completo en nuestra página web, dentro del epígrafe denominado "Normativa".

¿Dónde se puede conseguir el temario a que hace referencia la convocatoria de Becas de Comercio Interior?

Temario elaborado y editado por esta Consejería no existe al efecto; no obstante, puede descargar de nuestra página web toda la normativa vigente en materia de Comercio, así como obtener información estadística y de planificación comercial. Para ello, puede consultar, respectivamente, los epígrafes denominados "Normativa" , "Estadísticas/Comercio" y "Planificación/Planificación comercial".

¿Dónde se pueden consultar las características de las ventas en período de rebajas de un establecimiento comercial?

Los requisitos de las ventas en período de rebajas se encuentran regulados en el art. 74 y ss., de la Ley 1/1996, de 10 de enero de Comercio Interior de Andalucia, modificada por la Ley 6/2002,de 16 de diciembre, a cuya consulta puede acceder a través del epígrafe denominado "Normativa".

¿Dónde puedo encontrar los formularios de solicitud de alta en el Registro de Comerciantes?

Todos los formularios puestos a disposición de la ciudadanía y relacionados con las competencias de esta Consejería pueden descargarse en la pagina web, a través del epígrafe ¿Administración Electrónica¿. En el caso concreto del Registro de Comerciantes, en el apartado de Comercio, en el subapartado Registro de Comerciantes y Actividades Comerciales, se encuentran tanto la solicitud como las instrucciones a seguir para la presentación de la misma.

¿Dónde puedo consultar si un término municipal tiene la calificación de zona de gran afluencia turística?

Para conocer si el municipio de su interés ha obtenido esta calificación, puede acceder a su consulta a través del correspondiente listado de Zonas de Gran Afluencia disponible en nuestra web, dentro del epígrafe denominado "Horarios Comerciales".

¿Cuáles son los trámites a seguir en el reconocimiento de una institución ferial?

La normativa reguladora de esta figura está contenida en la Ley 3/1992, de 22 de octubre, de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía, siendo el Decreto 81/1998 de 7 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía, el que, en su Título II, Capítulo II (arts. 10 y ss.), recoge la documentación, así como el órgano competente para su autorización; estando atribuida actualmente dicha competencia a la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte. Ambas disposiciones pueden ser consultadas en nuestra web, en el epígrafe dedicado a "Normativa".

Deseo cambiar los datos consignados en el epígrafe de Artesanía de la página web referentes a mi actividad, ¿qué he de hacer?

Puede hacerlo a través del buzón del que dispone esta página web, identificándose e indicando las modificaciones que desea introducir en el registro que le afecta. Se dará traslado de la petición a la Sección del Fomento de la Artesanía, responsable de efectuar los cambios solicitados.

Necesito contactar con profesionales artesanos, ¿adónde me tengo que dirigir?

En nuestra página web, en el epígrafe denominado ¿Artesanía¿ existe información relativa a los distintos oficios artesanales y sus representantes, tanto en las páginas virtuales como en la guía editada a tal efecto. No obstante, en estos momentos está en macha el desarrollo reglamentario del Registro de Artesanos de Andalucía y la Carta de Artesano o Artesana, cuya finalidad es otorgar reconocimiento por parte de la Consejería en materia de artesanía e identificar públicamente la condición de profesional artesano de su titular.

¿Dónde puedo consultar las ferias comerciales que están programadas para este año en Andalucía?

Esta Consejería aprueba anualmente el calendario de las ferias comerciales oficiales que se celebran en el ámbito de nuestra Comunidad Autónoma. Puede consultarlo en nuestra página web, en el epígrafe denominado Ferias Comerciales, seleccionando a continuación la opción "Consultar el listado de Ferias Comerciales".

¿Qué documentación es necesaria para solicitar el carnet de comerciante ambulante y dónde se presenta?

El procedimiento para la obtención del carnet de comerciante ambulante se puede consultar en el artº 1 de la Orden de 2 de junio de 1989, así como en los arts. 10 y ss. del Decreto 113/89, de 31 de mayo, ambas normas están disponibles para su consulta a texto completo en nuestra página web, en el epígrafe denominado "Normativa". El lugar de presentación será la Delegación Provincial de esta Consejería correspondiente al domicilio fiscal del comerciante, cuyos datos de contacto también los puede consultar en nuestra web, en el apartado "La Organización".

¿Cuándo hay que solicitar la autorización para la celebración de una Feria Comercial con el carácter de oficial?

En el artículo 18.2 del Decreto 81/1998 de 7 de abril de 1998, por el que se aprueba el Reglamento de Ferias Comerciales Oficiales de Andalucía se establece que "Las solicitudes de autorización se presentarán en los registros de la Delegación Provincial de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte o en cualquiera de los previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, antes del mes de octubre del año anterior al de su celebración, dirigidas a la Dirección General de Comercio".

¿Qué documentación es necesaria para renovar el carnet de comerciante ambulante y dónde se presenta?

El procedimiento para la renovación del carnet de comerciante ambulante se puede consultar en el art. 2 de la Orden de 2 de junio de 1989, así como en el art. 4 del Decreto 113/89, de 31 de mayo, ambas normas están disponibles a texto completo en nuestra página web, en el epígrafe "Normativa". El lugar de presentación será la Delegación Provincial de esta Consejería correspondiente al domicilio fiscal del comerciante, cuyos datos de ubicación podrá consultar en el apartado de nuestra web denominado "La Organización".

¿Las Cámaras de Comercio son Administración Pública?

Las Cámaras de Comercio participan de un régimen que, sin formar parte de la estructura orgánica de la Administración, les permite actuar y colaborar con ésta en el cumplimiento de unos fines, en este caso, de carácter comercial, industrial y de navegación; siéndoles de aplicación, según los casos y sectores de actividad, normas de Derecho Público (tal es el caso de la Ley 30/92), y normas de Derecho Privado (como sucede para el desarrollo de actividades de contratación y régimen patrimonial). En principio, la definición la otorga la Ley 10/2001, de 11 de octubre de 2001, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de Andalucía, la cual, en su artº 1º afirma "Las Cámaras de Comercio de Andalucía son corporaciones de Derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines. 2. La contratación y el régimen patrimonial se regirán, en todo caso, por el Derecho privado". La tutela de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de Andalucía y su Consejo, en el ejercicio de su actividad, la realiza la Administración Autonómica, sin perjuicio de las competencias que en materia de comercio exterior le correspondan al Estado. Esta disposición puede ser consultada en nuestra página web, bien, en el epígrafe denominado "Normativa".





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Fecha de actualización: 30/05/2012