ORGANIZACIÓN

Secretaría General

 

Dña. Margarita Cobos Sánchez, Secretaria General de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía.

 

Nacida en Almería (1980), es licenciada en Ciencias Ambientales por la Universidad de Almería y Máster en Ingeniería Ambiental. En 2003 se incorpora al mercado laboral medioambiental por cuenta ajena hasta que en 2006 inicia su andadura emprendedora fundando varias empresas de los sectores energético y medioambiental de las que ha sido CEO hasta 2019.
 
En 2013 recibe el primer premio Mercadeando como mejor empresa andaluza liderada por una mujer. Ha participado activamente en varios foros empresariales mediante diversos cargos en la Confederación de Empresarios de Andalucía: presidenta de la Asociación de Mujeres Empresarias de Almería (Almur), miembro del Comité Ejecutivo de la Asociación de Empresas de Almería (Asempal), miembro de pleno de la Cámara de Comercio de Almería, vocal de la junta directiva de la Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA) o vicepresidenta de la Federación Andaluza de Mujeres Empresarias (FAME).
 
En junio de 2019 se incorpora al equipo de gobierno del Ayuntamiento de Almería como concejal de Sostenibilidad Ambiental, ejerciendo la competencia hasta junio de 2023. Durante ese periodo, además, ha sido vocal de la Comisión de Medio Ambiente de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP).
Funciones

Decreto 99/2011, de 19 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía, modificado por Decreto 538/2012, de 28 de diciembre.

 

Artículo 18. Atribuciones.

 

  1. La Secretaría General ejercerá las competencias que, como órgano administrativo, le atribuye el artículo 30 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, y el ejercicio de cualesquiera otras funciones que se les atribuyan mediante disposición de carácter general o por el Consejo Rector.
  2. Corresponde asimismo a la Secretaría General el ejercicio de las atribuciones establecidas en los párrafos a), b), d), e) y j) del artículo 16, relacionas con sus competencias.
  3. Como órgano de dirección de la Agencia tendrá a su cargo la gestión ordinaria de las actividades de la Agencia, de acuerdo con las directrices del Consejo Rector y las instrucciones y órdenes de servicio de la Dirección Gerencia.
  4. En particular le corresponderá:
    1. Ejercer la jefatura en los asuntos relativos a personal, la selección de personal, la formación, la contratación del mismo y la extinción de las relaciones laborales y, con carácter general, los actos de administración y gestión de los recursos humanos, así como los asuntos relativos al régimen interior.
    2. Representar a la Agencia en la negociación colectiva.
    3. En materia de subvenciones, la inspección, la comprobación de la realización de la actividad y del cumplimiento de la finalidad para la que se hubieran concedido.
    4. La tramitación de los procedimientos de reintegro.
    5. En materia de contratación, la asistencia a la Dirección Gerencia en el ejercicio de las prerrogativas de interpretación, modificación y resolución de los contratos administrativos.
    6. La instrucción y propuesta de resolución de los procedimientos para el ejercicio de las potestades administrativas que correspondan a la Dirección Gerencia.
    7. Asistir a la Dirección Gerencia en la gestión del patrimonio y la administración de los recursos económicos de la Agencia, en la elaboración del anteproyecto del contrato plurianual de gestión, del plan anual de actuación y del anteproyecto anual del presupuesto.
    8. Asimismo le corresponderán las funciones de coordinación directiva y funcional de los servicios comunes de carácter administrativo y los de prestación de servicios.