Notificación |
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Como podemos observar en la pantalla del paso Nº6, la persona solicitante deberá optar primero por lugar y medio de notificación, que dicha opción lo cumplimentan las personas no obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración, o optar por la notificación electrónica obligatoria, que lo cumplimentan las personas obligadas a relacionarse electrónicamente con la Administración.
Si opta por lugar y medio de notificación, la persona solicitante deberá optar por notificaciones en su domicilio o recibir electrónicamente todas las notificaciones.
El domicilio podrá ser el mismo que el domicilio habitual introducido en el primer paso de la solicitud, o incluir un nuevo domicilio para la práctica de las notificaciones. En caso de elegir la opción notificación en domicilio, la persona solicitante deberá comprobar e introducir los datos del domicilio ya que es de vital importancia porque las notificaciones serán enviadas a dicha dirección. En caso de futuros errores en el domicilio, la persona solicitante deberá ponerse en contacto con el servicio territorial para modificar dicha dirección de notificación.
NOTA: Si la provincia de la dirección de notificación es Andaluza, se mostrará el callejero, al igual que en el paso 1 y todas sus validaciones y diálogos. En caso contrario será un campo de texto normal en el que no se utilizará la funcionalidad del callejero.
Para las notificaciones electrónicas, la Junta de Andalucía dispone de un sistema para realizar el envío y la gestión de notificaciones electrónicas fehacientes, que genera evidencias de la entrega por parte de la Administración y de la recepción por la persona destinataria, que garantiza su comprobación y da cumplimento a la normativa vigente del procedimiento administrativo común.
La notificación se realiza mediante la puesta a disposición del documento electrónico a través de una dirección electrónica habilitada.
La persona receptora de la notificación, para disponer de un buzón electrónico, debe darse de alta como abonada en el Sistema de Notificaciones Electrónicas, en la web http://www.andaluciajunta.es/notificaciones. Su acceso es mediante certificado electrónico. Entre otros datos, debe facilitar una dirección de correo electrónico, a la que se acceda habitualmente y que preferiblemente no sea compartida entre varias personas, para el envío de mensajes de aviso cuando se reciba una notificación en el buzón.
El sistema de notificación acredita la fecha y hora en que se produzca la recepción de la notificación en el buzón electrónico de la persona interesada y el acceso de ésta al contenido de la misma, momento a partir del cual la notificación se entenderá practicada a todos los efectos legales.