Índice.

1. Presidencia
2. Vicepresidencia
3. Consejo Rector

Presidencia

Foto Amelia Martinez Sánchez

 

Titular: Amelia Martínez Sánchez

Sede: C/ Juan Antonio de Vizarrón s/n. Edificio Torretriana. Isla de la Cartuja 41092 - Sevilla

Teléfono: 955065000

 

Biografía

Nacida en Ronda (Málaga) en 1971, Amelia Martínez Sánchez es funcionaria de carrera del cuerpo de auditores de la Cámara de Cuentas de Andalucía desde 2008. Licenciada en Ciencias Económicas y Empresariales por la Universidad de Sevilla, ha sido coordinadora del Departamento de la Junta de Andalucía de la Cámara de Cuentas de Andalucía (2011) y consejera de la Cámara de Cuentas de Andalucía, desde ese mismo año hasta septiembre de 2019. En esa fecha, asumió el cargo de Interventora General de la Junta de Andalucía, puesto que ha desempeñado hasta la actualidad.

Funciones

  • La superior representación institucional de la Agencia.
  • La presidencia del Consejo Rector.
  • La jefatura superior del personal, sin perjuicio de las funciones que le corresponden a la Dirección.
  • Nombrar y cesar al personal directivo.
  • Convocar las sesiones del Consejo Rector, y presidirlas y moderar el desarrollo de los debates, salvo que lo haga la persona titular de la Consejería competente en materia de Hacienda, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13.4 de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre.
  • Velar por el cumplimiento de los objetivos de la entidad, impulsando y orientando la actuación de la Dirección.
  • Aprobar los programas y aplicaciones electrónicos, informáticos y telemáticos que vayan a ser utilizados por la Agencia para el ejercicio de sus competencias y funciones, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 85.1 del Reglamento General de las actuaciones y procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado mediante Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, y de las competencias de otros órganos de la Administración de la Junta de Andalucía.
  • Resolver los procedimientos sobre responsabilidad patrimonial de la Agencia y sus autoridades y demás personal a su servicio.
  • Resolver las reclamaciones previas a la vía judicial civil, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15.2.k) del Estatuto de la Agencia Tributaria de Andalucía aprobado por Decreto 4/2012, de 17 de enero.
  • Aprobar el catálogo de puestos de trabajo.
  • Establecer las condiciones de trabajo del personal de la Agencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre.
  • Convocar y resolver, cuando dichas facultades le hayan sido delegadas por la persona titular de la Consejería competente en materia de Hacienda, y previa autorización de la Consejería competente en materia de Administración pública, las pruebas selectivas del personal funcionario correspondiente a las especialidades previstas en las disposiciones adicionales primera, segunda y tercera de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre, de acuerdo con la correspondiente oferta de empleo público. Asimismo, convocar y resolver las pruebas selectivas del personal laboral, y convocar y proveer los puestos de trabajo vacantes conforme a los procedimientos establecidos para ello, aprobando también las correspondientes bases.
  • Autorizar las devoluciones de ingresos indebidos de cuantía superior a la que determine el Consejo Rector.
  • Resolver las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago de deudas de importe superior al que determine el Consejo Rector.
  • Aprobar la carta de servicios y derechos de la Agencia.

Vicepresidencia

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Titular: Manuel Vázquez Martín.

Sede: C/ Juan Antonio de Vizarrón s/n. Edificio Torretriana. Isla de la Cartuja 41092 - Sevilla

Teléfono: 955065000

 

Biografía

Nacido en Sevilla en 1972, es licenciado en Derecho por la Universidad de Sevilla y funcionario de carrera del Cuerpo Superior de Administradores de Gestión Financiera. Posee una amplia trayectoria en la Dirección General de Tributos e Inspección Tributaria de la extinta Consejería de Economía y Hacienda. En este departamento fue jefe del servicio de Recaudación; coordinador de los órganos de gestión; responsable de las Oficinas Liquidadoras, jefe del Departamento de Inspección y Procedimientos Especiales de Recaudación y de la sección de Recaudación Ejecutiva. También ha sido inspector territorial y jefe del Área de Control Tributario en los servicios centrales de la Agencia Tributaria de Andalucía, así como gerente provincial en Sevilla en dicha Agencia. Hasta febrero de 2019 fue director de la Agencia Tributaria de Andalucía y hasta ahora era director general de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego. Ha colaborado en la publicación de varios libros, participado en múltiples seminarios y es Asistente Honorario, adscrito al Departamento de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Sevilla.

Funciones

  • Asistir a la Presidencia en sus funciones.
  • Ejercer por suplencia las funciones de la Presidencia en caso de ausencia, vacante, enfermedad o causa de abstención de su titular.
  • Cualquier otra función que se le atribuya o se le delegue.

Consejo Rector

Miembros

Presidente:
Amelia Martínez Sánchez

Vicepresidente:
Manuel Vázquez Martín

Director:
Domingo Moreno Machuca

Vocales:

Director General de General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego: Jesús Ignacio Pérez Aguilera

Secretario General de Presupuestos, Gastos y Financiación Europea:
Gerardo Fernández-Gavilanes Díez

Secretaria General Técnica de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos:
María Rodríguez Barcia

Dirección General de Tesorería y Deuda Pública:
Victoria Carretero Márquez

Dirección General de Estrategia Digital:
María Gema Pérez Naranjo

Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública:
Antonio Parralo Vegazo

Dirección General de Patrimonio:
Joaquín Gallardo Gutiérrez

Secretaria:
Rocío Martín Palanco

Sede:

C/ Juan Antonio de Vizarrón s/n. Edificio Torretriana. Isla de la Cartuja
41092 - Sevilla 

 

Funciones

El Consejo Rector es el órgano superior de gobierno de la Agencia, que ostenta la alta dirección y establece las directrices de actuación de acuerdo con las emanadas de la Consejería a la que se adscribe. Son atribuciones del mismo:

  • Formular la propuesta del contrato de gestión.
  • Aprobar el plan de acción anual.
  • Aprobar el anteproyecto de Presupuesto anual de la Agencia para su remisión a la Consejería competente en materia de Hacienda.
  • Aprobar las líneas generales de la política de recursos humanos.
  • Proponer el catálogo y la relación de puestos de trabajo.
  • Aprobar y elevar la propuesta de oferta de empleo público de la Agencia, que se integrará en la Oferta de Empleo Público de la Junta de Andalucía, así como la determinación de los criterios de selección.
  • Aprobar el plan anual de formación del personal al servicio de la Agencia.
  • Formular las propuestas de aceptación o autorización por el Consejo de Gobierno de encomiendas de gestión y delegación de funciones y competencias conforme a lo previsto en el artículo 30.2 de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre.
  • Autorizar los convenios que celebre la Agencia. En cualquier caso, para celebrar los convenios previstos en el artículo 181.4 del Estatuto de Autonomía de Andalucía se requerirá la previa autorización del Consejo de Gobierno.
  • El seguimiento, la supervisión y el control superiores de la actuación de la Agencia.
  • Aprobar las cuentas anuales.
  • Aprobar las tarifas de los servicios a prestar por la Agencia a cualquier otra persona física o jurídica, Administración o entidad de Derecho público a que se refiere el artículo 24.d) de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre.
  • Proponer a la persona titular de la Consejería competente en materia de Hacienda la concertación de créditos, préstamos y demás operaciones financieras precisas para el funcionamiento de la Agencia, de acuerdo con lo previsto en el artículo 24.e) de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre.
  • Proponer la creación o participación en consorcios, fundaciones u otras entidades con personalidad jurídica propia y diferenciada, sin perjuicio de la autorización del Consejo de Gobierno en los términos del artículo 30.1 de la Ley 23/2007, de 18 de diciembre.
  • Aprobar sus propias normas de funcionamiento interno.
  • Cualquier otra que se le atribuya así como las que se le deleguen.