Preguntas frecuentes para Colegios, Asociaciones y otras Entidades Preguntas frecuentes para Colegios, Asociaciones y otras Entidades

Índice.

1. ¿Cómo adherirse un Colegio/Asociación a un convenio de Colaboración Social firmado por un Consejo/Entidad de ámbito nacional o autonómico al que pertenezca?
2. ¿Cómo solicitar el cambio o modificación de los administradores de los convenios?
3. ¿Cómo suscribir un convenio de Colaboración Social?
4. ¿Cuáles son los modelos de convenio de Colaboración Social?
5. ¿Qué es un convenio de Colaboración Social?
6. ¿Qué ventajas tienen los convenios de Colaboración Social?
7. ¿Cómo proceder en caso de incidencia o duda durante la utilización de los servicios telemáticos?
8. ¿Quiénes están obligados a relacionarse por medios electrónicos con la ATRIAN?

La adhesión a un convenio de colaboración social solo se podrá realizar en aquellos supuestos, en los que Convenio de colaboración social suscrito por un Colegio o Entidad derecho privado sea gestión descentralizada. En este caso, los Colegios/Asociaciones integrados en un Consejo o Entidad de derecho privado podrán adherirse mediante la firma del documento establecido en cada convenio como Anexo Documento de Adhesión al convenio.

El Documento de Adhesión al convenio, junto con el resto de la documentación requerida, se enviará a la Agencia Tributaria de Andalucía, mediante el formulario de la plataforma de Presentación Electrónica General de la Junta de Andalucía.

Para conocer los pasos a seguir y la documentación que debe aportar la entidad interesada, consulte el apartado 4 de la Guía completa para la Colaboración Social con la Agencia Tributaria de Andalucía.

Puede consultar los convenios firmados en el Portal de transparencia de la Junta de Andalucía.

Una vez iniciada la gestión del convenio por los administradores autorizados, en caso de modificación o baja de los mismos, se podrán gestionar dichos cambios presentando el Formulario de solicitud de alta o modificación de administradores y permisos de convenios en Plataforma debidamente consignado.

Dicho formulario se firmará electrónicamente por la persona competente de acuerdo con los Estatutos de la Entidad y se presentará mediante el formulario de la plataforma de Presentación Electrónica General de la Junta de Andalucía, siendo necesario para ello que el remitente emplee su certificado digital.

La iniciativa de la firma de un convenio de colaboración social partirá del Consejo, Colegio o Asociación que enviará la solicitud de suscripción de convenio a la Agencia Tributaria de Andalucía, mediante el formulario de la plataforma de Presentación Electrónica General de la Junta de Andalucía.

Tras la firma del convenio por la entidad y el titular de la Dirección de la Agencia Tributaria de Andalucía, se procederá a su publicación en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía y al alta en la plataforma de los administradores del convenio que haya indicado la entidad.

Para conocer los pasos a seguir y la documentación que debe aportar la entidad interesada en conveniar, consulte el apartado 3 de esta Guía completa para la Colaboración Social con la Agencia Tributaria de Andalucía.

El modelo de convenio de colaboración social a suscribir dependerá del tipo de gestión del colectivo profesional, pudiendo ser centralizada (la misma Entidad suscribe y administra el convenio) o descentralizada (el convenio lo suscribe un Consejo o Entidad derecho privado y la gestión o administración del mismo se realiza por los Colegios/Asociaciones profesionales provinciales que lo integran):

  • En el supuesto de gestión centralizada, el firmante del convenio es quien desarrolla la administración del convenio y realiza el mantenimiento de los profesionales representantes de su ámbito profesional. Consulte el modelo aquí.
  • En el supuesto de gestión descentralizada, la gestión y administración del convenio se realiza por los Colegios/Asociaciones profesionales provinciales que lo integran. En estos supuestos, el firmante del convenio será un Consejo de ámbito nacional/autonómico o Entidad de derecho privado debiendo los Colegios o Asociaciones profesionales provinciales suscribir un documento de adhesión que supone la aceptación íntegra del convenio y les permite gestionar las altas y modificaciones de sus colegiados/asociados. Consulte el modelo aquí.

Un convenio de colaboración social es el marco regulador para la colaboración en la aplicación de los tributos, en concreto, para la presentación y pago telemático de las declaraciones, autoliquidaciones y otros documentos en representación de terceras personas.

Para ser colaborador social tributario, el Consejo, Colegio o Entidad de derecho privado (Asociaciones, Federaciones, Confederaciones y Uniones de Asociaciones) deberá suscribir un convenio de colaboración con la Agencia Tributaria de Andalucía o adherirse a uno ya firmado de ámbito superior.

Para conocer los Convenios firmados y las adhesiones puede consultar el apartado "Consulta de convenios firmados" en este enlace. También puede consultar todos los convenios suscritos por la ATRIAN en el Portal Transparencia de la Junta de Andalucía.

 

 

Mediante los convenios de Colaboración social, los profesionales actúan a través de los Consejos, Colegios o Asociaciones, lo que añade a sus gestiones tributarias las ventajas que ofrecen dichas corporaciones, tales como, disponer de la información y documentación necesaria para habilitar el ejercicio profesional de la actividad, proteger los intereses de los consumidores y usuarios de los servicios profesionales de sus colegiados o asociados, evitar el intrusismo en el sector y contar con un intermediario de interlocución entre la Agencia Tributaria de Andalucía y los profesionales.

Los colegiados o asociados con convenio tienen un acceso específico de entrada para la presentación de documentos y su consulta posterior y disponen de un canal de interlocución específico para canalizar las incidencias que se susciten con motivo de la realización de actuaciones en nombre y por cuenta de un tercero.

Los colegiados o asociados con convenio tienen acceso a campañas de información específicas con el propósito de facilitar el manejo de la plataforma, programas de ayuda y otras herramientas que habilita la Agencia Tributaria de Andalucía.

Para cualquier sugerencia o duda durante la utilización de los servicios prestados desde la Plataforma Telemática de Pago y Presentación, así como en la aplicación de los tributos gestionados por la Comunidad Autónoma de Andalucía se podrá contactar con el Centro de Información y Atención Tributaria (CIYAT) mediante teléfono (954544350) o a través de correo electrónico (ciyat@juntadeandalucia.es).

Para dar respuesta a las incidencias técnicas y/o informáticas relativas a la conexión con la Plataforma Telemática se podrá contactar con el Centro de Información y Servicios (CEIS) mediante teléfono (955405588).

Para información general relacionada con certificados y funcionamiento de la Oficina Virtual, utilice el formulario del siguiente enlace.

Además de las personas obligadas por lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la ATRIAN se encuentra regulada en la Disposición Adicional 1ª del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.

Según la mencionada norma, están obligadas a relacionarse por estos medios, las personas físicas cuando actúen en el ejercicio de su actividad empresarial o profesional en nombre de tercero, y las personas físicas integradas en entidades, instituciones u organizaciones representativas de sectores o intereses sociales, laborales, empresariales o profesionales que, en el marco de la colaboración social regulada en el artículo 92.2 de la LGT, hayan celebrado el correspondiente convenio.