Sustancias activas P.I

Mediante la Orden de 4 abril de 2023, por la que se regula la autorización de las sustancias activas de uso fitosanitario en Producción Integrada de Andalucía y se modifican los Reglamentos Específicos de Producción Integrada, se autoriza el uso en Producción Integrada de Andalucía de todos los productos fitosanitarios inscritos en el Registro de Productos Fitosanitarios de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, con las condiciones de utilización autorizadas en el citado registro, a excepción de aquellas sustancias activas para los cultivos y restricciones de uso adicionales que se detallan en su anexo.

Este anexo ha sido modificado a través de la Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, por la que se modifica el anexo de la Orden de 4 abril de 2023, por la que se regula la autorización de las sustancias activas de uso fitosanitario en Producción integrada de Andalucía y se modifican los reglamentos específicos de Producción integrada.

 

RESTRICCIONES DE USO POR CULTIVO EN PRODUCCION INTEGRADA

Aguacate

Ajo

Alfalfa

Algodón

Almendro

Arándano

Arroz

Berenjena

Calabacín

Caqui

Cereales de invierno

Chirivía

Cítricos

Espárrago verde

Flor cortada

Frambuesa y mora

Fresa

Frutales de hueso

Frutales de pepita

Judía

Lechuga al aire libre

Melón

Leguminosas

Oleaginosas

Olivar

Patata

Pepino

Pimiento

Remolacha

Sandía

Tomate

Tomate industrial

Vid

Zanahoria