Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 56 de 15/05/1999

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO. PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES

ANUNCIO de bases.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

BASES POR LAS QUE HAN DE REGIRSE LAS PRUEBAS DE SELECCION DEL PERSONAL LABORAL CON CARACTER FIJO EN EL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES DEL EXCMO. E ILMO. AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO

1. Normas generales.

1.1. El objeto de las presentes Bases es la de cubrir con carácter de contrato laboral indefinido los puestos que se relacionan seguidamente y que figuran incluidos en la Oferta de Empleo Público del Patronato Municipal de Deportes del Excmo. e Ilmo. Ayuntamiento de San Fernando, con expresión del grupo de clasificación y del procedimiento de selección mediante concurso-oposición.

- Técnico Gestión Deportiva.

- Administrativo.

1.2. Dichas plazas estarán dotadas económicamente con las retribuciones que según el Convenio del Excmo. e Ilmo. Ayuntamiento tengan determinadas.

1.3. La titulación exigida para cada plaza y los programas de los ejercicios figuran en los Anexos correspondientes.

1.4. Los aspirantes seleccionados quedarán sometidos al sistema de incompatibilidades legalmente vigentes en cada momento.

2. Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para su admisión a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir, sin perjuicio de los requisitos específicos que se indiquen en los Anexos respectivos, las siguientes circunstancias.

a) Tener nacionalidad española.

b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de aquélla en que falten, al menos, diez años para la jubilación forzosa por edad.

c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

e) Estar en posesión de título exigible, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias en cada caso.

f) Aquéllos que, independientemente de los anteriores, se establecieren en los Anexos correspondientes.

2.2. Para ser admitido y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, bastará con que los aspirantes manifiesten en sus solicitudes de participación que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de las mismas. Serán los aspirantes propuestos por el Tribunal correspondiente los que aportarán ante esta Administración, dentro del plazo de 20 días naturales desde que se publique las relaciones definitivas de aspirantes propuestos, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

2.3. Los requisitos establecidos, así como aquellos otros que pudieran recogerse en los Anexos respectivos, deberán cumplirse a la fecha de cierre del plazo de presentación de instancias.

3. Solicitudes.

Quienes deseen tomar parte en estas pruebas deberán hacerlo constar en el modelo oficial de instancia que le será facilitado por el Patronato Municipal de Deportes, debiéndola entregar en el Registro del mencionado Organismo, haciendo constar los aspirantes que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en estas bases, irá dirigida al Sr. Vicepresidente del Patronato Municipal de Deportes acompañado del justificante oficial de pago de los derechos de examen exigidos para la plaza a la que concurre, en el plazo de 20 días naturales computados a partir del siguiente a aquél en que aparezca el extracto de esta convocatoria en el BOE.

También podrán presentarse en la forma que determina el art.

38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

El aspirante interesado en esta convocatoria deberá presentar tantas solicitudes y justificantes de pago de los derechos de examen exigidos para cada plaza, como número de plaza de trabajos a cuyas pruebas de selección desea concurrir.

Se establecen los siguientes derechos de examen, que deberán ser abonados por los aspirantes a las plazas de trabajo que se convoquen, y para cada plaza de trabajo que soliciten tomar parte en estas pruebas de selección:

- Para las plazas de Técnicos: 2.000 ptas.

- Para las plazas de Administrativos C: 1.500 ptas.

El ingreso de los citados derechos de examen deberá

realizarse en la cuenta correspondiente de la entidad bancaria que se señale.

El sistema de selección será el de concurso-oposición.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Terminado el plazo de presentación de instancias, el Presidente del PMD dictará, dentro del mes siguiente a la terminación del plazo de presentación de solicitudes,

resolución aprobando las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de las causas de la exclusión, quedando las mismas expuestas en el Tablón de Anuncios del PMD. Un extracto de dicha Resolución, en el que se señalará el lugar en que quedan expuestas las relaciones de excluidos, se publicará en el BOP.

Los aspirantes excluidos por defectos de forma podrán, en un plazo de 10 días hábiles, subsanar los mismos, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 71 de la Ley 30/92.

Las relaciones definitivas de los aspirantes excluidos serán publicadas en el Tablón de Anuncios del PMD y podrán ser impugnados por los interesados mediante recurso jurisdiccional ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia con sede en Sevilla, en el plazo de dos meses desde tal publicación.

4.2. De acuerdo con lo establecido en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos, en las pruebas selectivas prevista en esta convocatorias, serán admitidas las personas con minusvalías en igualdad de

condiciones con los demás aspirantes. Sólo podrán establecerse exclusiones por limitaciones físicas y psíquicas en los casos de incompatibilidad con el desempeño de las tareas o funciones propias de las plazas a las que se optan, habrá de acreditarse por los servicios médicos que designe el PMD.

En las pruebas selectivas se establecerán, para las personas con minusvalías que lo soliciten, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para su realización, si bien sometiéndose a las mismas pruebas que el resto de los aspirantes. Los interesados deberán formular la petición correspondiente al solicitar la participación en la convocatoria.

En ningún caso será necesario la previa inscripción en las Oficinas de Empleo para participar en las pruebas selectivas derivadas de la presente Oferta de Empleo Público.

5. Tribunales.

Los Tribunales estarán constituidos bajo el principio de especialización y estarán configurados para cada una de las categorías del siguiente modo:

Titular Calificador:

Presidente: El del PMD o miembro de la misma en quien

delegue.

Vocales:

- El Secretario General de la Corporación, como Técnico Superior de la Administración Local.

- Un/a representante de la Junta de Andalucía de igual o superior Grupo a la plaza a adjudicar.

- Un/a Concejal de la Corporación Municipal designada por la Comisión General de Gobierno.

- Un/a representante del Comité de Personal, asignado por éste. Un Funcionario del Patronato Municipal de Deportes, o en su caso del Excmo. e Ilmo. Ayuntamiento que actuará de Secretario con voz pero sin voto.

Los Vocales del Tribunal deberán estar en posesión de título académico igual o de superior nivel al de la plaza objeto de la convocatoria.

Los Tribunales se constituirán y funcionarán de acuerdo con lo establecido en el Capítulo II del Título II de la Ley 30/92.

Los miembros del Tribunal, Presidente y Vocales, actuarán con voz y voto.

Los miembros de los Tribunales deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo a la Junta Rectora del Patronato Municipal de Deportes, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de los Tribunales por las mismas circunstancias.

Los Tribunales Calificadores quedarán facultados para resolver las dudas que pudieren surgir en la aplicación de las Bases, para decidir respecto de lo no contemplado en las mismas, así como para incorporar especialistas en aquellas pruebas cuyo contenido requiera el asesoramiento técnico de los mismos, quienes actuarán con voz, pero sin voto.

Cada grupo político municipal podrá nombrar a un Concejal para que asista a las pruebas selectivas con voz pero sin voto.

Para la válida constitución del Tribunal en cada una de sus sesiones, bastará la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente.

La determinación concreta de los miembros del Tribunal, así como la de sus suplentes, se hará pública en el BOP

conjuntamente con la resolución a que hace referencia la baseª.

6. Desarrollo de los ejercicios.

Los lugares, fechas y horas de celebración de los primeros ejercicios de cada proceso selectivo, así como la composición de los Tribunales Calificadores se anunciarán, al menos, con quince días de antelación en el BOP y Tablón de Anuncios del PMD.

La realización de la pruebas no comenzará antes de que

transcurra un mes desde la publicación de la lista definitiva de excluidos.

La actuación de los aspirantes se iniciará por la letra que haya resultado del sorteo público celebrado por la Secretaría del Estado para la Administración Pública para las pruebas selectivas que se celebren en el año.

Los aspirantes serán convocados para cada uno de los ejercicios en llamamiento único, sólo y exclusivamente, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada y acreditada por el aspirante que no haya podido comparecer a aquel llamamiento, y apreciada libremente por el Tribunal, será admisible un segundo llamamiento para el citado aspirante.

Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la

siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días, una vez comenzadas las pruebas, no será obligatorias la publicación de los sucesivos anuncios de celebración de las restantes en el BOP.

Estos anuncios se harán públicos en el Tablón de Anuncios del PMD y en el del Local donde se efectúan las pruebas,

señalándose en dicho anuncio día y hora de celebración de la prueba siguiente, quedando citado para ello los aspirantes que hayan superado la prueba anterior.

En cualquier momento los Tribunales podrán requerir a los aspirantes la acreditación de su personalidad, así como de que reunen los requisitos exigidos para tomar parte en las pruebas selectivas.

Comenzada por el aspirante la lectura de los ejercicios escritos, transcurridos diez minutos el Tribunal podrá decidir el abandono de la prueba por el aspirante por estimar su actuación notoriamente deficiente.

7. Sistema de calificación.

7.1. Fase de Concurso. La Fase de Concurso será previa a la de Oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la Fase de Oposición.

De figurar en los Anexos de las convocatorias un baremo de méritos distintos al baremo general, será de aplicación el distinto que en aquéllos se especifique.

Los méritos alegados, se valorarán con referencia a la fecha del cierre del plazo de presentación de instancia, y se acreditarán documentalmente mediante presentación de los correspondientes originales o fotocopias autenticadas por esta Secretaría General o testimonio notarial de aquéllos, con la solicitud de Participación

BAREMO GENERAL DE MERITOS

1. Cursos y seminarios: Por la participación en cursos y seminarios, siempre que tenga relación directa por las

actividades a desarrollar en el puesto solicitado, hasta un máximo de tres puntos en la forma siguiente:

- Curso de 10 a 19 horas: 0,1 punto.

- Curso de 20 a 49 horas: 0,2 puntos.

- Curso de 50 a 99 horas: 0,4 puntos.

- Curso de 100 o más horas: 0,6 puntos.

- Curso de postgrado: 1 punto.

No se valorarán los cursos inferiores a diez horas o que no determinen el número de las que constó.

Deberá haberse convocado e impartido por cualquier

Administración Territorial o Institucional Pública y en pública convocatoria.

2. Experiencia: La valoración del trabajo desarrollado se cuantificará atendiendo a la experiencia en los puestos de igual naturaleza y contenido al solicitado, hasta un máximo de dos puntos, en la forma siguiente:

- Por cada año prestando sus servicios para el Ayuntamiento de San Fernando o sus Organismos Autónomos, en puesto de igual naturaleza y contenido: 0,5 puntos.

- Por cada año de servicio de igual naturaleza y contenido para otras Administraciones Públicas: 0,25 puntos.

Las fracciones de tiempo inferiores al año se valorarán por meses en forma proporcional a la valoración de los períodos anuales.

3. Antigüedad: Se valorará hasta un máximo de dos puntos en el desempeño de igual naturaleza, contenido y denominación en la forma siguiente:

- Por cada año de servicio en el Ayuntamiento de San Fernando o sus Organismos Autónomos, en puesto de igual naturaleza y contenido: 0,5 puntos.

- Por cada año de servicios en otras Administraciones Públicas:

0,2 puntos.

Las fracciones inferiores a un año se valorarán por meses, en forma proporcional a la valoración de los períodos anuales.

7.2. Fase de Oposición: Los ejercicios de las distintas pruebas selectivas serán calificadas de 0 a 10 puntos.

Las pruebas prácticas serán diseñadas por el Tribunal

inmediatamente antes de la realización de las mismas.

Las calificaciones de cada ejercicio serán públicas en el Tablón de Anuncios del PMD.

Las calificaciones definitivas se obtendrán sumando las calificaciones conseguidas por cada uno de los aspirantes, en cada uno de los ejercicios.

La calificación final será la suma de las puntuaciones

obtenidas en la fase de concurso más las de la fase de

oposición, dividida entre dos.

Las calificaciones se aproximarán hasta la centésima.

8. Propuesta de selección.

Una vez finalizado el último ejercicio de la oposición, el Tribunal publicará la relación de los aprobados por orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas y sin que pueda considerarse en ningún caso la calificación de «aprobado sin plaza¯ o semejante.

9. Presentación de documentos y nombramiento.

Los aspirantes propuestos presentarán ante el PMD, dentro de los veinte días naturales inmediatamente posteriores a la fecha en que se haga público el resultado de las pruebas, los siguientes documentos:

- Documento Nacional de Identidad.

- Certificado Médico Oficial, acreditativo de no padecer defecto físico o enfermedad que imposibilite el normal

ejercicio de sus funciones.

- Copia auténtica o fotocopia compulsada del título

correspondiente que le habilite a la plaza que ha concurrido.

- Declaración escrita de cumplir los requisitos establecidos en la base 2ª, apartados d) y e).

Si el aspirante propuesto dentro del plazo indicado y salvo caso de fuerza mayor no presentara la documentación correcta, no podrá ser contratado, quedando anulada todas las

actuaciones, sin perjuicios de las responsabilidades en que hubiera incurrido por falsedad en la solicitud.

Presentada la documentación y en el plazo máximo de quince días se procederá a la contratación de los candidatos.

10. Resolución de dudas que se plantean.

El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que pudieran presentarse en el transcurso de los ejercicios y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de todo lo no previsto en las presentes Bases.

San Fernando, 22 de marzo de 1999.- El Secretario General, El Vicepresidente.

ANEXO I

Plaza: Técnico de Gestión Deportiva.

Núm. de plazas: 1.

Titulación exigida: Licenciado en Educación Física.

Primer ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, en el tiempo máximo de tres horas, dos temas entre los tres elegidos al azar de la parte primera o general del temario exigido.

Los tres temas serán extraídos de una bolsa o bombo donde se encontrarán incluidas tantas bolas como temas integran la parte general del programa y lo realizará un miembro del Tribunal inmediatamente antes de dar comienzo la prueba, en presencia de los aspirantes a la plaza. Posteriormente será leído cada examen ante el Tribunal seleccionador, por el opositor y en sesión pública.

Segundo ejercicio: Consistirá en desarrollar por escrito, en el tiempo máximo de cuatro horas, tres temas entre los cuatro elegidos al azar, de la parte específica del temario exigido.

En este ejercicio se valorará además de la formación general, la claridad y orden de ideas, facilidad de exposición escrita, aportación personal del aspirante y su capacidad de síntesis.

Tercer ejercicio: Consistirá en la resolución de dos supuestos prácticos, a elegir por el opositor, de entre tres determinados por el Tribunal, relacionados con las funciones de la plaza.

El tiempo de realización será de un máximo de cuatro horas.

Todos los ejercicios serán calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados aquellos aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de los ejercicios.

Cada miembro del Tribunal puntuará de 0 a 10 puntos,

adoptándose las calificaciones sumando las otorgadas por cada uno y dividiéndolas por el número de estos, despreciándose las puntuaciones diferenciales entre puntos.

P R O G R A M A

PARTE COMUN

Tema 1. La Constitución española de 1978. Principios

generales.

Tema 2. Los derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 3. La Corona.

Tema 4. El Poder Legislativo.

Tema 5. El Poder Judicial.

Tema 6. Organización Territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía; Su significado.

Tema 7. El Estatuto de Autonomía para Andalucía: Análisis de su contenido.

Tema 8. El Defensor del Pueblo.

Tema 9. La Administración Pública en el ordenamiento español. La Administración del Estado. Administraciones Autónomas. Administración Local. Administración Institucional y

Corporativa.

Tema 10. Principios de actuación de la Administración Pública: Eficacia. Jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.

Tema 11. Sometimiento de la Administración a la ley y al Derecho. Las disposiciones normativas con rango de Ley.

Tema 12. La costumbre, los principios generales del Derecho, la jurisprudencia, la doctrina y los tratados internacionales como fuentes del Derecho Administrativo.

Tema 13. El administrado. Colaboración y participación de los ciudadanos en las tareas administrativas.

Tema 14. El Acto administrativo. Principios generales del Procedimiento Administrativo.

Tema 15. Fases del Procedimiento Administrativo.

Tema 16. El Recurso Administrativo.

Tema 17. Forma de actuación de la Administración Pública; fomento, policía y servicios públicos.

Tema 18. El dominio público. El Patrimonio privado de la Administración.

Tema 19. La responsabilidad de la Administración.

Tema 20. La teoría de la invalidez del acto administrativo. Actos nulos y anulables. Convalidación y revisión de oficio.

Tema 21. La reclamación previa al ejercicio de acciones civiles y laborales.

Tema 22. El Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica.

Tema 23. La provincia en el Régimen Local español. Organización provincial. Competencias.

Tema 24. El municipio. El término municipal. La población. El empadronamiento.

Tema 25. Organización municipal. Competencias.

Tema 26. Otras entidades locales, mancomunidades, agrupaciones, entidades locales menores.

Tema 27. Relaciones entre entes territoriales. Autonomía municipal y tutelas.

Tema 28. La Función Pública Local.

Tema 29. Organización de la Función Pública Local.

Tema 30. Los bienes de las entidades locales.

Tema 31. Los contratos administrativos en la esfera local. La selección del contratista.

Tema 32. Intervención administrativa local en la actividad privada.

Tema 33. Procedimiento administrativo local. El Registro de entrada y salida de documentos. Comunicaciones y

notificaciones.

Tema 34. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Actas y certificaciones de acuerdos.

Tema 35. Haciendas locales. Clasificación de los ingresos. Ordenanzas fiscales.

Tema 36. Régimen jurídico del gasto público local.

Tema 37. Los Presupuestos Locales.

PARTE ESPECIFICA

Tema 38. Deporte y Sociedad.

Tema 39. La Administración y el Deporte. Fundamentos

constitucionales. Y Competencias.

Tema 40. Competencias municipales en la gestión y promoción deportiva.

Tema 41. La Ley del Deporte.

Tema 42. El Consejo Superior de Deportes. Organización y competencia.

Tema 43. El Asociacionismo deportivo.

Tema 44. Las Federaciones Deportivas españolas.

Tema 45. Las Sociedades Anónimas deportivas.

Tema 46. Municipio y deportes en Europa.

Tema 47. Gestión deportiva.

Tema 48. Modelo de gestión del deporte municipal.

Tema 49. Planificación deportiva.

Tema 50. Escuelas Deportivas Municipales.

Tema 51. Organización y dirección de entidades deportivas.

Tema 52. Funciones de la dirección.

Tema 53. Producto deportivo como elemento de márketing.

Tema 54. El márketing para los servicios deportivos.

Tema 55. Plan de márketing para los servicios deportivos.

Tema 56. El patrocinio deportivo.

Tema 57. Animadores deportivos. El voluntariado.

Tema 58. Las instalaciones deportivas. Criterios y conceptos básicos para su construcción.

Tema 59. Tipología de la instalación. Clasificación.

Tema 60. El reglamento de servicio de una instalación

deportiva.

Tema 61. Tipo de pavimentos. Planificación.

Tema 62. El deporte para todos. Planificación.

Tema 63. Deporte y ocio.

Tema 64. El deporte para discapacitados.

Tema 65. El deporte y la mujer.

Tema 66. El deporte y la tercera edad.

Tema 67. Los deportes alternativos.

Tema 68. Las enseñanzas deportivas.

Tema 69. Las titulaciones deportivas.

Tema 70. La ética deportiva.

Tema 71. La violencia en el deporte.

Tema 72. El hábito deportivo de los españoles.

Tema 73. El deporte y los medios de comunicación.

Tema 74. La dirección de las organizaciones. La toma de decisión.

Tema 75. El trabajo en equipo. Análisis de tareas.

Tema 76. Los recursos humanos.

Tema 77. Los Juegos Deportivos Municipales.

Tema 78. Los Juegos Deportivos de Andalucía.

Tema 79. La Ley del Deporte Andaluz.

Tema 80. La responsabilidad patrimonial en la organización deportiva municipal.

Tema 81. El Comité Olímpico Español (COE).

Tema 82. Las competencias de las Comunidades Autonómicas en materia de deportes.

Tema 83. El Consejo Superior de Deportes (CSDD).

Tema 84. El sistema de ayuda de los Juegos de Andalucía en materia de deporte.

Tema 85. Los precios públicos por el alquiler de instalaciones y servicios.

ANEXO II

Plaza: Administrativo.

Núm. de plazas: 1.

Titulación exigida: Bachiller Superior, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente.

Primer ejercicio: La prueba consistirá en la realización de un documento, elegido por uno de los aspirantes al azar, de entre tres propuesto por el Tribunal. Dicho documento deberá realizarse con Word.

Dicha prueba se realizará con ordenadores personales de idénticas características, conectados en red y compartiendo un número determinado de impresoras, todas ellas iguales. Todo el hardware y software será probado y certificado minutos antes de la realización de la prueba, por un miembro del Tribunal Examinador.

La valoración de dicha prueba se realizará en función de una tabla de puntuaciones que se proporcionará antes de la

realización del ejercicio.

Los aspirantes deberán venir provistos de un disco magnético en blanco, de 3 pulgadas y media, de alta densidad y etiquetado con el DNI del aspirante. Dicho disco se entregará junto con el documento original. El archivo grabado en el disco se nombrará con el DNI del aspirante y extensión Doc.

Queda fuera de la responsabilidad de este Tribunal, la

posibilidad de que el disco proporcionado estuviera defectuoso. En este caso, el Tribunal podrá proporcionar otro disco, siempre a petición del interesado. Asimismo, será de precaución del aspirante el ir grabando el texto en un espacio de disco rígido del ordenador, a designar por el Tribunal o bien en el disco que ha de entregar.

No se considerarán válidos aquellos ejercicios en los que falta o bien el disco o bien el documento original.

Segundo ejercicio: De carácter igualmente obligatorio,

consistirá en desarrollar por escrito, en un plazo máximo de tres horas, tres temas extraídos al azar de entre los

comprendidos en el programa Anexo a la convocatoria y se corresponderá uno de ellos a la Primera parte del Programa y el resto a las otras. El ejercicio será leído por los aspirantes públicamente tras su realización.

Tercer ejercicio: Se realizará por escrito y consistirá en la realización de dos supuestos prácticos que planteará el Tribunal inmediatamente antes de su comienzo, disponiendo los aspirantes de un máximo de dos horas para su realización.

Los supuestos se referirán a tareas administrativas propias al Patronato Municipal de Deportes. Deberán realizarse en Excel y Access.

T E M A R I O

PRIMERA PARTE: DERECHO CONSTITUCIONAL

1. El Estado. Concepto. Elementos. Formas del Estado.

2. La Constitución española de mil novecientos setenta y ocho. Principios Generales. Derechos y Deberes fundamentales de los españoles.

3. La Corona. El Poder Legislativo.

4. El Gobierno y la Administración del Estado.

5. El Poder Judicial.

6. Organización Territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía. Su significado.

7. La Comunidad Autónoma Andaluza. Sus Estatutos. Las

Instituciones Autonómica. El Presidente y el Consejo de Gobierno. El Parlamento y su Presidente. El Defensor del Pueblo. El Tribunal Superior de Justicia.

8. La Organización Administrativa de la Comunidad Andaluza.

9. La Comunidad Económica Europea. Concepto. Competencias. Las relaciones con la Administración Local española.

SEGUNDA PARTE: DERECHO ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO

10. La Administración Pública en el ordenamiento español. La personalidad jurídica de la Administración Pública. Clases de Administraciones Públicas.

11. Principios de actuación de la Administración Pública: Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.

12. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley: Sus clases. El Reglamento: Sus Clases.

13. El Administrado. Colaboración y participación de los ciudadanos en las funciones administrativas. El principio de audiencia del interesado.

14. El Acto Administrativo. Concepto. Elemento. Fases del procedimiento administrativo general. El silencio

administrativo.

15. Principios generales del procedimiento administrativo. Normas reguladoras. Dimensión temporal del procedimiento administrativo. Días y horas hábiles: Cómputos de plazos, recepción y registro de documentos.

16. Los recursos administrativos. El recurso ordinario y el de revisión. Las reclamaciones previas al ejercicio de acciones civiles y laborales.

17. La teoría de invalidez del acto administrativo. Actos nulos y anulables. Convalidación. Revisión de oficio.

18. Principios generales de los Contratos Administrativos. Sus clases. La selección del contratista. Derechos y Deberes del contratista y de la Administración.

19. La responsabilidad de la Administración Pública. El servicio público. Nociones generales. Los sistemas de gestión de los servicios públicos.

TERCERA PARTE: DERECHO ADMINISTRATIVO LOCAL

20. Régimen Local español. Principios constitucionales.

21. La Provincia en el Régimen Local. Organización Provincial. Competencias.

22. El Municipio. El Término municipal. La Población. El Empadronamiento.

23. Organización y Competencias de las Entidades Locales.

24. Estructuras supramunicipales. Mancomunidades. Agrupaciones. La Comarca. Consorcios.

25. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

26. Relaciones entre distintos Entes territoriales. Autonomía Municipal y tutela.

27. La Función Pública Local. Su organización.

28. Derechos y deberes de los Funcionarios Locales.

Incompatibilidades. Régimen disciplinario. Derechos económicos de los Funcionarios. El personal laboral. Derechos pasivos. La Seguridad Social.

29. Los Bienes de las Entidades Locales. Sus clases. Régimen de utilización de los de dominio público.

30. Las formas de actividad en las Entidades Locales. La intervención administrativa en la actividad privada.

Procedimiento de otorgamiento de licencias.

31. El Servicio público en la esfera local. Los modos de gestión de los servicios públicos. Consideración especial de la concesión. Las Fundaciones y Patronatos Municipales. Las Empresas Públicas Municipales o mixtas.

32. Procedimiento administrativo local. El Registro de Entrada y Salida de documentos. Requisitos en la presentación de los mismos. Comunicaciones y notificaciones.

33. Ley 1/97, de 18 de junio, por la que se adoptan con carácter urgente transitorio disposiciones en materia de Suelo y Ordenación urbana en la Comunidad Andaluza (BOJA núm.73, de

26.6.97).

34. Instrumentos de Planeamiento. Procedimientos de elaboración y aprobación.

35. El Patrimonio Histórico Artístico. Legislación aplicable, su influencia en las competencias urbanísticas locales.

36. Las Haciendas Locales. Clasificación de los ingresos. Ordenanzas Fiscales.

37. Régimen Jurídico del gasto público local. Contabilidad y rendición de Cuentas.

38. Los Presupuestos Locales. Procedimiento administrativos.

CUARTA PARTE: TEMAS ESPECIFICOS

39. La Ley del Deporte andaluz.

40. Competencias municipales en la gestión y promoción

deportiva.

41. Modelo de gestión del deporte municipal.

42. El Patronato Municipal de Deportes de San Fernando. Su estructura.

43. Las Escuelas Deportivas Municipales en San Fernando.

44. Los Juegos Deportivos Municipales en San Fernando.