Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 120 de 15/10/2002

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Otros. EMPRESA PUBLICA DE PUERTOS DE ANDALUCIA

ANUNCIO de resolución de caducidad de la autorización y ejecución forzosa de lanzamiento del local núm. 38, en el Puerto de Marbella. Ocupante: Juan Molina Robles.

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De conformidad con lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley

30/92, de 26 de noviembre, y habida cuenta que no ha sido posible la notificación, se ha resuelto la publicación de la siguiente resolución de caducidad y ejecución forzosa de lanzamiento de la autorización del local núm. C38 en el Puerto de Marbella.

No habiendo sido posible la práctica de la notificación, y en virtud de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, se publicó en el BOJA de 30 de julio de 2002, y fue fijada en el tablón de anuncios de Ayuntamiento de Marbella por plazo reglamentario, cumplido el mismo el día 31 de julio de 2002. Así pues, se considera notificado a don Juan Molina Robles la resolución de la Gerencia de esta Empresa de Inicio de Expediente de Caducidad de la autorización suscrita el día

3.7.2000, Clave A-MA-C-038, para la ocupación del local núm. 38 en el Puerto de Marbella.

Cumplido el plazo de 10 días otorgado para presentación de alegaciones, documentos y justificaciones que estimaran pertinentes, no se ha presentado ningún tipo de notificación relacionada con el asunto, el Director Gerente de la Empresa Pública de Puertos de Andalucía, en base a las facultades que al respecto le otorga el art. 18.1 de los Estatutos de la Entidad, y el art. 43 y ss. del Decreto 276/1987, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma Andaluza,

RESUELVE

1.º Declarar la Caducidad de la Autorización del local núm.

38 en el Puerto de Marbella, otorgado a Juan Molina Robles, por las causas siguientes:

a) Incumplimiento de la obligación del pago de las facturas correspondientes a la ocupación practicada por plazo superior a un año (Cláusula 14.ª de la Autorización).

b) La falta de utilización de las instalaciones por un período de tiempo superior a cuatro (4) meses (Cláusula 3.ª de la Autorización).

2.º De acuerdo con la condición 14.ª del título extinguido, dispone usted de un plazo de un (1) mes, contado a partir de la presente notificación, para la retirada de los medios de su propiedad y a la retirada y desmontaje de las obras e instalaciones que usted hubiera realizado.

3.º Se le apercibe que, de no ejecutar voluntariamente el desalojo en el plazo dado, se procederá a la ejecución forzosa de lanzamiento. Por ello, los gastos que se derivarían de la operación para responder el dominio público a la situación anterior a la ocupación realizada por su parte serán por su cuenta.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Obras Públicas y Transportes en el plazo de un mes, contado a partir del día de su notificación, de conformidad con lo establecido en los arts. 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada a los mismos por la Ley 4/1999, de

13 de enero.

Por último, se le comunica que la eventual presentación del citado recurso no tiene por sí mismo efectos suspensivos sobre la ejecutoriedad de la presente Resolución. Por tanto, en caso de no atender el requerimiento de desalojo del cuarto, se le cita a las 12,00 horas del día hábil siguiente al de la fecha de finalización del plazo señalado en el punto 2.º, en el local objeto de la extinguida Autorización, a los efectos de

formalizar el acta descriptiva del estado de las instalaciones, y toma de posesión de las mismas; trámite que se llevaría a efecto aun en el supuesto de su eventual incomparecencia.

Sevilla, 10 de septiembre de 2002.- El Director Gerente, Juan Carlos Fernández-Rañada de la Gándara.

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