Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 24 de 05/02/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico

ACUERDO de 23 de diciembre de 2002, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la concesión de una subvención de carácter excepcional complementaria, por importe de 2.507.011,04 euros, al Consorcio Centro Andaluz de Formación Integral de las Industrias del Ocio.

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En el marco de las Políticas Activas de Empleo, a través de los Programas de Formación Profesional Ocupacional, la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico marca entre sus objetivos prioritarios la mejora de la cualificación profesional como elemento dinamizador de la inserción laboral de los desempleados e incentivo para la creación de empleo estable en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Destacan, entre las líneas de actuación de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico la de promover, a través del Programa de Consorcios-Escuelas y Centros Especializados en Formación Profesional Ocupacional, una oferta formativa de excelencia en nuestra Comunidad Autónoma, adecuada y adaptada a las necesidades de cualificación de los Recursos Humanos de los sectores de la economía andaluza.

En este contexto, la Junta de Andalucía, a través de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico y el Ayuntamiento de Mijas, constituyeron el Consorcio Centro Andaluz de Formación Integral de las Industrias del Ocio, en Mijas. Dicho Consorcio, se constituye con el objeto de construir y gestionar el Consorcio Centro Andaluz de Formación Integral de las Industrias del Ocio de Mijas.

Para la puesta en marcha y construcción de este Centro de Formación Integral, la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico concedió al citado Consorcio, mediante Resolución de fecha 10 de julio de 2002, y previo Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 9 de julio de 2002, una subvención total por importe de 13.066.530,00 euros, para la financiación de los gastos relativos a la ejecución material de la obra de construcción del Centro Integral, así como gastos de funcionamiento del mismo.

Posteriormente, con motivo de la existencia de necesidades nuevas y de causas imprevistas al tiempo de redactar el Proyecto de obra inicial, se ha planteado la necesidad de financiar la realización de actuaciones imprescindibles para la puesta en marcha del Centro Formativo a través de la concesión de una subvención de carácter excepcional complementaria a la subvención concedida mediante la citada Resolución de fecha de

10 de julio de 2002, por una cuantía total de 2.507.011,04 euros, para la financiación complementaria de los gastos de ejecución material del Proyecto básico y de ejecución de la obra de construcción del Centro Andaluz de Formación Integral de las Industrias del Ocio (incluido Proyecto modificado de obra), así como, los gastos de Desvío y soterramiento de línea aérea de media tensión en parcela para dicho Centro Integral.

El artículo 104 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico, establecen que se requerirá previa autorización, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno, para la concesión de subvenciones y ayudas públicas cuando el gasto a aprobar sea superior a 3.005.060,52 euros.

Por todo ello, a propuesta del Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 23 de diciembre de 2002, adopta el siguiente

ACUERDO

Primero. Autorizar la concesión de una subvención de carácter excepcional complementaria por importe de dos millones quinientos siete mil once euros con cuatro céntimos de euros (2.507.011,04 euros) al Consorcio Centro Andaluz de Formación Integral de las Industrias del Ocio, en Mijas (Málaga), para la financiación complementaria de los gastos de ejecución material del Proyecto básico y de ejecución de la obra de construcción del Centro Andaluz de Formación Integral de las Industrias del Ocio (incluido Proyecto modificado de obra), así como los gastos de Desvío y soterramiento de línea aérea de media tensión en parcela para dicho Centro Integral.

Segundo. Se faculta al Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico para adoptar las Resoluciones que fueren necesarias para la puesta en práctica y ejecución del presente Acuerdo.

Sevilla, 23 de diciembre de 2002

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

JOSE ANTONIO VIERA CHACON

Consejero de Empleo y Desarrollo Tecnológico

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