Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 164 de 23/08/2004

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 23 de julio de 2004, de la Dirección General de Patrimonio, acordando la necesaria uniformidad de vehículos con destino a la Administración Autónoma Andaluza.

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El Decreto 110/1992, de 16 de junio, por el que se reestructura y regula el régimen de adquisición centralizada de determinados bienes de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en sus artículos 9 y siguientes, establece la relación de bienes que quedan sometidos al régimen de necesaria uniformidad así como el procedimiento a seguir, mediante concursos de determinación de tipo, en los que se seleccionan modelos, precios unitarios y empresas suministradoras adquiriendo así el carácter de bienes homologados a los efectos de su obligatoria adquisición por la Administración Autónoma Andaluza.

La experiencia de estos últimos años en lo que a homologación de tipos de bienes se refiere, ha demostrado su bondad, tanto por la calidad contrastada de los bienes que se homologan, como por los precios conseguidos para los mismos, además de la simplificación de trámites administrativos que ello conlleva.

La celebración de los concursos de determinación de tipo requiere la previa declaración de uniformidad de los citados bienes para su utilización común por la Administración de la Comunidad Autónoma, que habrá de adoptarse por acuerdo del Director General de Patrimonio, como requisito de este procedimiento singular de centralización de la selección de los bienes a suministrar, de conformidad con lo establecido en los artículos 182, apartado g), del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y 10, párrafo tercero, del Decreto 110/1992, de 16 de junio.

En virtud de todo ello y haciendo uso de las facultades que me confiere la legislación vigente sobre contratación administrativa

HE RESUELTO

Primero. Declarar la necesaria uniformidad de vehículos cuyos tipos se relacionan en el Anexo I adjunto, durante el período de septiembre 2004/septiembre 2006, para su utilización común por la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Segundo. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para general conocimiento.

Sevilla, 23 de julio de 2004.- El Director General,

Fernando Ron Giménez.

ANEXO I

VEHICULOS DECLARADOS DE NECESARIA UNIFORMIDAD

1.Automóviles de turismo. (Todas las gamas, incluso monovolúmenes y accionados por energías no convencionales.)

2.Furgonetas. (Todas las variantes, incluso con equipamientos especiales, como isotermos, plataformas elevadoras, etc.)

3.Minibuses y microbuses.

4.Automóviles todo terreno (en sus diversas variantes).5.Camiones de dos ejes, hasta 18.000 kg de PMA.

6.Camiones de tres ejes de peso máximo autorizado no superior a

26.000 kg.

7.Camiones todo terreno.

8.Vehículos con equipamiento policial.

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