Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 150 de 31/07/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

Resolución de 25 de junio de 2007, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se dispone la publicación de la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la que se aprueba definitivamente la Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de Salteras (Sevilla), sector PPI4-1 (Expte. SE-706/06), y se ordena la publicación del contenido de sus Normas Urbanísticas.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2.a) del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo y se modifica el Decreto 202/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería, esta Delegación Provincial hace pública la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de fecha 20 de diciembre de 2006, por la que se aprueba definitivamente la Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de Salteras (Sevilla), sector PPI4-1.

Conforme establece el artículo 41.2 de la Ley 7/2002, 
de Ordenación Urbanística de Andalucía, con fecha 18 de enero de 2007, y con el número de registro 1.701, se ha procedido a la inscripción y depósito del instrumento de pla-
neamiento de referencia en el Registro de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados dependiente de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, así como en el correspondiente Registro Municipal del Ayuntamiento de Salteras.

De conformidad con lo establecido por el artículo 41.1 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace público el contenido de:

- La Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de fecha 20 de diciembre de 2006, por la que se aprueba definitivamente la Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de Salteras (Sevilla), sector PPI4-1 (Anexo I).

- Las Normas Urbanísticas del referido instrumento de Planeamiento (Anexo II).

ANEXO I

«Visto el proyecto de Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de Salteras (Sevilla), sector PPI4-1, así como el expediente instruido por el Ayuntamiento de esa localidad.

Vista la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y demás legislación urbanística aplicable.

HECHOS

Primero. El presente proyecto fue sometido a la consideración de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla que, en su sesión de fecha 26.10.2006, acordó suspender la aprobación definitiva del proyecto para que, de conformidad con lo especificado por el art. 33.2.d) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, por el Ayuntamiento de dicha localidad se procediera a subsanar las deficiencias que se señalaban en la Resolución.

El Ayuntamiento de Salteras, en sesión plenaria de fecha 12.12.2006, ha aprobado un anexo complementario al proyecto de Modificación que subsana las deficiencias manifestadas por la aludida Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Segundo. El expediente ha sido sometido a la tramitación que se especifica en el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El presente proyecto urbanístico ha sido tramitado en su integridad tras la entrada en vigor de la Ley 7/02, de Ordenación Urbanística de Andalucía, por lo que tanto la tramitación para su aprobación como sus determinaciones deben ajustarse a lo que la referida Ley establezca.

Segundo. La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla es el órgano competente para adoptar la resolución definitiva que proceda respecto a este asunto, por establecerlo así el artículo 13.2.a) del Decreto 193/2003, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, determinándose los órganos a los que se atribuyen.

Tercero. A la vista de que la tramitación seguida por el Ayuntamiento de Salteras para la resolución definitiva de este proyecto se ha ajustado a lo establecido por el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y a la vista de que el expediente remitido por el Ayuntamiento está formalmente completo, procede que esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla adopte decisión sobre este asunto, en virtud de lo establecido por el art. 31.2.B.a) de la Ley 7/2002.

Cuarto. Desde el punto de vista urbanístico, el documento complementario que ha sido aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Salteras con fecha 12.12.2006 se ajusta en cuanto a documentación y determinaciones a las normas legales y de planeamiento de rango superior que le son de aplicación, por lo que procede su aprobación.

De conformidad con la propuesta formulada por el Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, en virtud de lo establecido por el art. 11.1 del Decreto 193/2003, esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la mayoría especificada por el art. 26.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

ha RESUELTO

Aprobar definitivamente el proyecto de Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de Salteras (Sevilla), sector PPI4-1, aprobado provisionalmente por el Pleno municipal con fecha 12 de febrero de 2004, y documento complementario, aprobado por el Ayuntamiento en sesión plenaria de fecha 12 de diciembre de 2006, de conformidad con lo especificado por el art. 33.2.a) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

2.º Proceder a su depósito e inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos Urbanísticos.

3.º Publicar la presente Resolución, junto con el contenido de las normas urbanísticas de este planeamiento, en el BOJA, de acuerdo con lo previsto en el artículo 41 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Notifíquese la presente Resolución a los interesados con las advertencias legales que procedan.»

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación o publicación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con competencia territorial, según se prevé en el art. 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, o, en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley. Todo ello, sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.

ANEXO II

Punto núm. 4.1.:

«La Modificación no contiene un documento de Normas Urbanísticas donde se recoja la redacción modificada de los artículos de las Normas Urbanísticas del planeamiento general vigente que se ven afectados por la Modificación, y la transposición normativa de los nuevos parámetros establecidos para el Sector núm. 1.»

Las Normas Urbanísticas del planeamiento general vigente que pudiera considerarse que se ven afectadas por la Modificación, ya están incorporadas a las Normas Subsidiarias de Salteras, mediante la «Modificación Parcial núm. 8 de la Revisión de las NN.SS. de Salteras relativa a las nuevas zonas industriales», aprobada definitivamente por la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo en su sesión de fecha 12 de noviembre de 2001, que alteraron, entre otros, los artículos núms. 36 a 39 de las NN.SS. de Salteras, relativos a los usos.

Sólo en el punto 5.5 de la Modificación actual que se tramita se especifica que los artículos de las Normas que se modifican son los números 119 y 124, que evidentemente son los que hay que actualizar en las Normas Subsidiarias de Salteras, debido a la transposición de los nuevos parámetros establecidos para el Sector núm. 1:

Artículo 119. Condiciones de desarrollo.

Los PPI-2 y PPI-3 ya fueron modificados y aprobados definitivamente por la CPOTU el 21.7.00 y 12.11.01, estando la Tabla correspondiente en las Modificaciones de las NN.SS. citadas.

El PPI-4 completo nació en la Modificación de las NN.SS. núm. 2, aprobada definitivamente por la CPOTU el 22.3.02.

La definición y Tabla de superficies del nuevo PPI-4.1 está definida en el punto 5.3 de la Modificación que se tramita, y dicha Tabla ha de quedar incorporada a las NN.SS. en el momento de la aprobación definitiva de la Modificación.

Sector P.P.I. - 4.1
PLAN PARCIAL UNIDADES SECTOR P.P.I.-4.1 TOTAL
Superficie Total m 431.026 431.026
Áreas Libres (10,41678%) m 44.899 44.899
Equip. Deportivo SIPS (2%) m 8.621 8.621
Equipam. Social SIPS (1%) m 4.310 4.310
Equip. Comercial SIPS (1%) m 4.310 4.310
Total Equipamientos (14,41678%) m 62.140 62.140
Viario y aparcam. estimados (28%) m 120.688 120.688
TOTAL CESIONES (42,41678 %) m 182.828 182.828
Estimación Superficie Neta de
Manzanas (57,58322%)
m 248.198 248.198

Artículo 124: Aprovechamiento Tipo.

Igualmente los PPI-2 y PPI-3 ya fueron modificados y aprobados definitivamente por la CPOTU el 21.7.00 y el 21.11.01, estando la Tabla correspondiente en las Modificaciones.

En la Modificación de las NN.SS. núm. 2 se estableció la Tabla correspondiente al nuevo Sector PPI-4 completo, no obstante su división en los dos Sectores especificados, núm. 1 y núm. 2.

La definición y abla de aprovechamientos del nuevo PPI-4.1 está definida en el punto 5.3 de la Modificación que se tramita, y dicha tabla ha de quedar incorporada a las NN.SS. en el momento de la aprobación definitiva de la Modificación.

NUEVA ÁREA DE REPARTO NÚM. 5
SECTOR P.P.I.-4.1
DETERMINACIONES DE LA PRESENTE MODIFICACIÓN PUNTUAL DE ELEMENTOS DE LAS NN.SS. DE PLANEAMEINTO DE SALTERAS (SE)
PLAN PARCIAL UNIDADES SECTOR P.P.I.-4.1. TOTAL
Superficie Total m 431.026 431.026
Áreas Libres (10,41678%) m 44.899 44.899
Equip. Deportivo SIPS (2%) m 8.621 8.621
Equipam. Social SIPS (1%) m 4.310 4.310
Equip. comercial SIPS (1%) m 4.310 4.310
Total Equipamientos (14,41678%) m 62.140 62.140
Viario y aparcam. estimados (28%) m 120.688 120.688
TOTAL CESIONES (42,41678 %) m 182.828 182.828
Estimación Superficie Neta de Manzanas (57,58322%) m 248.198 248.198
Uso Dominante m 0,62 0,62
Uso Compatible m 0,62 0,62
Superf. Uso Dominante (mínimo 85%) m 366.372 366.372
Superf. Uso Compatible (máximo 15%) m 64.654 64.654
Aprovecham. Uso Dominante (85%) m 227.151 227.151
Aprovecham. Uso Compatible m 40.085 40.085
Aprovechamiento TOTAL m 267.236 267.236
Coeficiente Uso Dominante Uds./m 1,00 1,00
Coeficiente Uso Compatible Uds./m 0,93 0,93
Aprovechamiento lucrativo (máximo) Uds. 264.430 264.430
Aprovechamiento MEDIO Uds./m 0,61349 0,61349
Aprovechamiento objetivo Uds. 264.430 264.430
Exceso de Aprovechamiento Uds. ------- -------
SS.GG. adscritos m ------- -------
10% Cesión Aprovechamiento Uds. 26.443 26.443
Aprovechamiento Subjetivo Uds. 237.987 237.987

Sevilla, 25 de junio de 2007.- El Delegado, Jesús Lucrecio Fernández Delgado.

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