Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 195 de 09/10/2025

5. Anuncios

5.2. Otros anuncios oficiales

Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos

Anuncio de 3 de septiembre de 2025, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada, por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa y de construcción y la declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto de instalación de energía eléctrica que se indica. (PP. 1885/2025).

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Expediente E-6673.

Expediente E-6673. De conformidad con lo establecido en los artículos 54, 55 y 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en los artículos 126 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa y la declaración, en concreto, de utilidad pública, del proyecto de referencia, cuyas características principales se señalan a continuación:

a) Peticionario: Amapola Desarrollos España, S.L., con CIF B88408299 y domicilio a efectos de notificaciones en la calle Málaga, núm. 5, de Pinto (Madrid).

b) Objeto de la petición: Declaración, en concreto, de utilidad pública de las instalaciones denominadas «Línea Subterránea L/30 kV CS Cortijo-Molino-SET Dama de Baza y Planta Solar Fotovoltaica El Cortijo», en el término municipal de Huéneja (Granada), así como, la solicitud de autorización administrativa previa de la modificación del proyecto en el trazado de dicha línea subterránea.

c) Emplazamiento: La planta solar y sus infraestructuras se ubican en el término municipal de Huéneja, según se describe en el documento técnico de declaración, en concreto, de utilidad pública y que afecta a las parcelas catastrales relacionadas en el anexo de este anuncio.

d) Características: La línea subterránea L/30 kV CS Cortijo-Molino-SET Dama de Baza a la tensión de 30 kV tiene su origen el centro de seccionamiento Cortijo-Molino y su fin en la Subestación Eléctrica Dama de Baza, con una longitud de 4,94 km en un único tramo. Es un cable de aluminio 18/30 kV de 1x630 mm² de sección, con aislamiento HEPR, pantalla metálica compuesta de alambres y láminas de cobre unidas a la cubierta exterior con sección de 25 mm², y cinta semiconductora de bloqueo al agua, con una cubierta exterior de poliolefina termoplástica con capa semiconductora de recubrimiento extruido.

La planta solar fotovoltaica El Cortijo cuenta con 44,20 MW de potencia instalada y 43 MWn de potencia nominal en el punto de conexión. Tendrá instalados 73.970 módulos bifaciales de 1.122 Wp, cada uno instalados sobre seguidores orientados horizontalmente en dirección N-S. Habrá 1.300 y 245 seguidores formados por 52 y 26 módulos respectivamente. La energía producida por los módulos llega después a los inversores de string. La implantación cuenta con un total de 221 inversores de 200 kW @40 °C de Huawei SUN2000-215KTL-H0. En total se cuenta con 44,20 MW nominales. Teniendo una limitación de potencia de 43 MWn en el punto de conexión, la potencia de ciertos inversores será limitada para así cumplir con lo dispuesto en el punto de acceso y conexión.

A través de la red subterránea de la instalación, la potencia de los inversores es recogida por los 11 centros de transformación. La energía convertida a CA en baja tensión (800 V) por los inversores de string, será posteriormente elevada a media tensión (30 kV) en los centros de transformación. La planta fotovoltaica transportará su energía a 30 kV a través de los circuitos soterrados de media tensión desde los centros de transformación de la planta hasta el centro de seccionamiento Cortijo-Molino, del cual parte una línea de evacuación de 30 kV hasta la SET Dama de Baza 30/220 Kv. La producción energética estimada durante el primer año será de 107,41 GWh/año. En total, la generación de la planta supondría un ahorro anual de 35.552,71 toneladas de CO2.

e) Finalidad: Generación y evacuación de energía eléctrica con tecnología solar fotovoltaica.

La declaración, en concreto, de utilidad pública, en virtud de lo establecido en el artículo 56.1 de la Ley del Sector Eléctrico, llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, adquiriendo la empresa solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2. de dicha ley.

Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 56.2 de la citada Ley del Sector Eléctrico, «supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna autorización, en los términos que en la declaración de utilidad pública se determinen, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública», por lo que los organismos oficiales que, en su caso, se encuentren incluidos en la relación de bienes y derechos afectados lo serán a efectos meramente informativos de dicha obligación.

Lo que se hace público para conocimiento general y, especialmente, de los titulares de los bienes y derechos afectados por dicho proyecto, incluidos los que pudieran haber sido omitidos, pudiendo formular las alegaciones que estimen oportunas en el plazo de treinta días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre. A estos efectos, en el anexo adjunto, se incluye la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados por el procedimiento de expropiación forzosa, con indicación de sus titulares.

Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley de Expropiación Forzosa y en el artículo 56 de su Reglamento de desarrollo, aprobado por el Decreto de 26 de abril de 1957, en el indicado plazo, los afectados podrán aportar los datos que estimen oportunos a los solos efectos de subsanar posibles errores en la relación indicada. En caso de que alguno de los titulares afectados e incluidos en la citada relación tenga firmado un acuerdo de ocupación de su finca con la beneficiaria, podrá aportarlo a los efectos de lo establecido en el artículo 24 de la Ley de Expropiación forzosa.

De conformidad con lo establecido en el artículo 13.1.e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía, procede la publicación del presente trámite de información pública en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, donde podrá accederse a la documentación presentada para su examen. Dicha documentación estará disponible en el enlace de acceso público que se cita a continuación:

http://juntadeandalucia.es/servicios/participacion/todos-documentos.html

Asimismo, el acceso presencial al expediente podrá solicitarse únicamente por aquellos sujetos que no están obligados a relacionarse con la Administración por medios electrónicos, en el mismo plazo de treinta días indicado, en las dependencias del Servicio de Energía de esta Delegación Territorial, sito en la Avenida Joaquina Eguaras, número 2, planta 5.ª, de Granada. Para ello, será necesario cita, que podrá obtenerse contactando en el teléfono 955 012 012 o a través de la dirección de correo electrónico:  buzonweb.sac.cpie@juntadeandalucia.es. No obstante, los planos parcelarios afectados por el proyecto podrán ser igualmente consultados en el Ayuntamiento correspondiente.

La presente publicación se realiza de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Granada, 3 de septiembre de 2025.- El Delegado, Gumersindo Carlos Fernández Casas.

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