EL CONSEJO APRUEBA UN DECRETO PARA FACILITAR ALOJAMIENTO A TRABAJADORES TEMPOREROS EN 42 MUNICIPIOS ANDALUCES

 

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el decreto por el que se regulan las ayudas a la promoción de viviendas en régimen de alquiler para el alojamiento de trabajadores temporales, tanto nacionales como extranjeros, en municipios andaluces de alta movilidad laboral. La norma, que afecta a un total de 42 localidades de las provincias de Huelva, Almería, Córdoba, Jaén y Granada, habilita préstamos de interés preferencial y ayudas de hasta el 30% de los precios máximos de venta para los promotores de viviendas de este tipo dentro del sector protegido.

Estas subvenciones, que oscilarán entre 1.490.000 y 2.300.000 pesetas por vivienda en función del modelo de alojamiento, se concederán con cargo a los presupuestos del Estado y de la Junta de Andalucía de manera equitativa. Adicionalmente, se facilitará a los promotores, que pueden ser públicos o privados, el acceso a un préstamo cualificado a 25 años y a un interés convenido del 4,75%, con una subsidiación del 50% los primeros cinco años y del 40% durante los 15 siguientes.

El decreto, que se enmarca en el III Plan Andaluz de Vivienda y Suelo, fomenta dos tipos de alojamiento según la duración del contrato de trabajo del adjudicatario. El primero de ellos consiste en unidades habitacionales –a medio camino entre la vivienda tradicional y la residencia colectiva– para trabajadores con contratos de corta duración. El tamaño de estas unidades alcanzará hasta 40 metros cuadrados útiles.

El segundo tipo de alojamiento está formado por viviendas de hasta 70 metros cuadrados de superficie útil y se destina a trabajadores con contratos más estables y con familia a su cargo, al objeto de propiciar una mayor integración social.

De acuerdo con la norma aprobada hoy, los adjudicatarios deberán ser trabajadores desplazados de sus domicilios habituales y pagar una renta no superior al 5% del precio máximo de la casa. Para el acceso a las viviendas se establece el tope de unos ingresos anuales inferiores a los 2,5 millones de pesetas, mientras que en el caso de las unidades habitacionales los beneficiarios deberán acreditar la solvencia en el pago de la renta.

El precio medio del alquiler se sitúa en unas 6.000 pesetas por persona y mes, oscilando en función del tipo de alojamiento.

De los 42 municipios definidos en el decreto como zonas para la aplicación de este régimen de ayudas, 13 se sitúan en la provincia de Huelva: Almonte, Bonares, Cartaya, Gibraleón, Isla Cristina, Lepe, Lucena del Puerto, Moguer, Palos de la Frontera, Rociana del Condado, San Bartolomé de la Torre, Villablanca y Villanueva de los Castillejos.

De la provincia de Almería se incluyen 11 municipios (Adra, Almería, Berja, Cuevas de Almanzora, Dalías, El Ejido, La Mojonera, Níjar, Pulpí, Roquetas de Mar y Vícar) y de la de Córdoba 10 (Baena, Bujalance, Cabra, Iznájar, Lucena, Montoro, Palma del Río, Priego de Córdoba, Puente Genil y Rute).

Los ochos restantes se reparten entre las provincias de Jaén (Bailén, Martos, Puente de Génave, Torredelcampo y Úbeda) y Granada (Albuñol, Granada y Zafarraya).