El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto por el que se establecen las normas para el procedimiento específico de gestión de los gastos electorales que haya de asumir la Junta de Andalucía. Este decreto, que sustituye al aprobado con ocasión de las elecciones al Parlamento de Andalucía celebradas en 1996, será de aplicación en los sucesivos procesos electorales autonómicos que se desarrollen en Andalucía.
Las normas aprobadas hoy tienen como objetivo garantizar la agilidad y rapidez imprescindibles en la gestión de los referidos gastos, además del debido control. En este sentido, el decreto faculta a la Intervención General de la Junta de Andalucía para establecer su control financiero permanente. La Intervención General puede atribuir estas funciones a la Intervención Delegada en la Consejería de Gobernación y Justicia, departamento al que se imputan dichos gastos.
Como principal novedad, y para hacer posible su aplicación a futuras convocatorias electorales, el decreto fija en ocho meses el plazo para la justificación de los gastos, en lugar de determinar una fecha concreta.