APROBADO EL DECRETO QUE REGULA LA INSPECCIÓN DE LOS SERVICIOS SOCIALES EN ANDALUCÍA

 

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el decreto que regula la inspección y el control de las entidades y centros de Servicios Sociales, tanto públicos como privados, que desarrollan su actividades en la Comunidad Autónoma de Andalucía. La norma amplía y detalla la actual regulación en esta materia, aprobada en 1996, con el objetivo de garantizar los derechos de los usuarios y velar por el cumplimiento de la legislación vigente.

Como principal novedad, se atribuye la condición de agentes de la autoridad a los inspectores, a quienes también se faculta para actuar con plena independencia en el ejercicio de sus funciones. Entre estas facultades destacan las de acceder libremente a los centros sin previa notificación y en cualquier momento; efectuar toda clase de comprobaciones materiales, funcionales, contables y de calidad; recabar el auxilio de otros agentes de la autoridad y el apoyo de otros órganos administrativos; instar la adopción de medidas cautelares cuando aprecien riesgo inminente o perjuicio grave para los usuarios y comunicar a la autoridad judicial hechos conocidos a través la acción inspectora en caso de que constituyan delito.

De acuerdo con este decreto, la inspección de los Servicios Sociales tiene, entre otras funciones, las de informar y asesorar a los interesados sobre sus derechos y deberes; controlar los niveles de calidad; supervisar el destino y la utilización de los fondos públicos concedidos y realizar estudios y propuestas de mejora. Las competencias de inspección y control serán ejercidas por las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Asuntos Sociales en sus respectivos ámbitos territoriales, bajo la coordinación de la Viceconsejería.

La norma aprobada hoy establece una periodicidad anual para la realización del Plan General de Inspección de Entidades y Centros de Servicios Sociales. Además de las inspecciones ordinarias recogidas en este plan, también se prevén acciones de carácter extraordinario a iniciativa propia, por orden superior o a petición de otros órganos administrativos.