APROBADO EL CALENDARIO DE FIESTAS LABORALES DE ANDALUCÍA PARA EL AÑO 2000

 

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el decreto por el que se determina el Calendario de Fiestas Laborales en la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2000.

En función de las facultades que tiene atribuidas la Comunidad Autónoma, en dicho calendario se mantienen las festividades de la Epifanía del Señor (6 de enero), Jueves Santo (20 de abril) y Día de Andalucía (28 de febrero). De este modo, la relación de fiestas laborales queda como sigue:

 

1 de enero, Año Nuevo

6 de enero, Epifanía del Señor

28 de febrero, Día de Andalucía

20 de abril, Jueves Santo

21 de abril, Viernes Santo

1 de mayo, Fiesta del Trabajo

15 de agosto, Asunción de la Virgen

12 de octubre, Fiesta Nacional de España

1 de noviembre, Todos los Santos

6 de diciembre, Día de la Constitución Española

8 de diciembre, Inmaculada Concepción

25 de diciembre, Natividad del Señor

 

A estas doce fiestas laborales se añaden las dos de carácter local que cada municipio puede proponer a la Consejería de Trabajo e Industria. Para presentar sus propuestas, los municipios cuentan con un plazo de dos meses a partir de la publicación del decreto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.