El Consejo de Gobierno ha aprobado el calendario de fiestas laborales en Andalucía para el año 2003. De acuerdo con las facultades que tiene atribuidas la Comunidad Autónoma, se mantienen como fiestas laborales de ámbito autonómico la Epifanía del Señor (6 de enero), el Día de Andalucía (28 de febrero) y el Jueves Santo (17 de abril). De este modo, la relación queda como sigue:
1 de enero, Año Nuevo
6 de enero, Epifanía del Señor
28 de febrero, Día de Andalucía
17 de abril, Jueves Santo
18 de abril, Viernes Santo
1 de mayo, Fiesta del Trabajo
15 de agosto, Asunción de la Virgen
13 de octubre, por la Fiesta Nacional de España el día anterior (domingo)
1 de noviembre, Todos los Santos
6 de diciembre, Día de la Constitución
8 de diciembre, Inmaculada Concepción
25 de diciembre, Natividad del Señor
A estas doce fiestas laborales de ámbito nacional y autonómico se añaden las dos de carácter local que cada municipio debe proponer a la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico. Todas ellas tienen carácter retribuido y no recuperable.