Todos los andaluces que deban someterse a una operación quirúrgica tendrán garantizado un plazo máximo de 180 días para ser intervenidos en los hospitales públicos y concertados de la comunidad autónoma. En el caso de que se supere ese tiempo, los pacientes podrán escoger el centro privado al que deseen acudir con cargo a la sanidad pública andaluza. Así se establece en un decreto aprobado hoy por el Consejo de Gobierno, que convierte a la Consejería de Salud de la Junta en la primera administración sanitaria de carácter universal y gratuito que regula este derecho.
La nueva norma fija el máximo de seis meses para que un paciente reciba respuesta quirúrgica por parte del Sistema Sanitario Público Andaluz salvo en los casos de operaciones urgentes, que se practican de forma inmediata; intervenciones de extracción y trasplante de órganos, cuya realización depende de la disponibilidad de los mismos, y algunas intervenciones banales que no conllevan riesgos, discapacidad o dolor para el enfermo.
El único requisito para acceder a esta garantía es estar inscrito en un registro de demanda quirúrgica que será común para toda la comunidad autónoma, aunque su gestión se realizará de forma descentralizada en cada uno de los hospitales públicos y concertados.
El plazo de 180 días se contará a partir de la fecha de solicitud de inscripción en el registro, que deberá ir acompañada de la firma del facultativo que indicó la intervención y de la aceptación escrita del paciente. Desde ese momento, la Consejería de Salud habilitará los medios y recursos necesarios para garantizar que el paciente sea operado en los hospitales públicos andaluces o en centros concertados antes de seis meses. Además, pondrá a disposición de los ciudadanos información sobre los tiempos de espera quirúrgicos en los distintos centros, servicios y patologías.
Si se supera este tiempo sin haber recibido respuesta a su problema, el paciente podrá solicitar tratamiento quirúrgico en un centro sanitario privado y la Junta asumirá el coste derivado de su intervención. También abonará los gastos de desplazamiento y dieta de un acompañante, pago que se realizará de acuerdo con las tarifas oficiales.
Elección de centro
Para facilitar la elección de centro, la Junta entregará una relación de las instalaciones sanitarias privadas en las que el enfermo puede obtener respuesta quirúrgica y un documento que lo acredite ante el hospital elegido.
En relación con ello, e independientemente de lo establecido en la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas, el decreto aprobado hoy establece una serie de cautelas adicionales para los médicos del Sistema Sanitario Público Andaluz que compaginan su actividad con el sector privado.
La pérdida del derecho a la garantía de tiempos máximos de respuesta quirúrgica sólo se producirá si un paciente inscrito en el registro se niega a ser intervenido en el centro público o concertado ofertado por la administración sanitaria, si retrasa voluntariamente su operación o si no se presenta a la cita correspondiente.
En aquellos casos en los que, según criterio facultativo y por circunstancias derivadas de problemas de salud o de patología sobreañadida, no fuese conveniente realizar la intervención quirúrgica prevista, el paciente no pierde su derecho, sino que el cómputo de plazo queda en suspenso y se retoma una vez que se hayan resuelto las incidencias.
Finalmente, el decreto incorpora una disposición que va a permitir a la Consejería de Salud fijar plazos inferiores a seis meses para procesos graves no considerados urgentes pero cuya demora pueda entrañar riesgo o empeoramiento de la evolución del paciente u ocasionarle un dolor invalidante, graves discapacidades o limitaciones funcionales importantes. Estos plazos inferiores se acordarán con las distintas sociedades científicas.
La norma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, si bien se establece un periodo de doce meses para que los centros sanitarios andaluces adecuen su estructura organizativa con el fin de garantizar el total cumplimiento del derecho regulado.