APROBADO EL PROYECTO DE LEY DE CAJAS DE AHORROS DE ANDALUCÍA

 

La nueva norma impulsará el carácter regional de las Cajas y reforzará su democratización

 

El Consejo de Gobierno ha aprobado el proyecto de Ley de Cajas de Ahorros de Andalucía, que será remitido al Parlamento Andaluz para su aprobación y cuyos principales objetivos se dirigen a impulsar el carácter regional de estas entidades, reforzar su democratización y favorecer su implicación en el desarrollo económico y social de la Comunidad Autónoma.

Entre las principales novedades que aporta el proyecto de Ley, destacan la creación de una entidad financiera común de las Cajas de Ahorro de Andalucía, así como del Instituto Andaluz de Finanzas y de la figura del Defensor del Cliente.

El proyecto aprobado hoy, que constituye uno de los principales compromisos legislativos del Gobierno andaluz en la presente legislatura, ha seguido los todos los trámites legales, tanto en su remisión al Consejo Consultivo como en el proceso de audiencia a los diferentes organismos, entidades y agentes económicos y sociales a los que pudiera afectar.

Interés público

En el aspecto económico, la nueva norma pretende modernizar el sistema financiero andaluz, favoreciendo una dimensión más adecuada al cumplimiento de sus fines y a su mayor implicación en el desarrollo socieconómico de la Comunidad Autónoma. En este sentido, los principios generales recogidos en el artículo 3 incluyen por primera vez objetivos de interés público como el fomento del empleo, el apoyo a sectores productivos y la protección y mejora del medio ambiente.

Desde el punto de vista social, el proyecto parte de la premisa de considerar a las Cajas de Ahorros como patrimonio de todos los andaluces. De este modo, se establecen medidas destinadas a reforzar el principio de participación, favorecer la implantación de las Cajas en toda Andalucía, superar su primitivo carácter localista y procurar que los beneficios reviertan en la sociedad andaluza.

Órganos de gobierno

El proyecto de Ley adapta la regulación de los órganos de gobierno de las Cajas a la nueva realidad del sector tras los procesos de expansión y fusión experimentados en los últimos años.

Según se recoge en los artículos 53 al 61, la Asamblea General estará constituida por un mínimo de 60 consejeros generales y un máximo de 160, determinándose el número de los mismos en función de la cifra total del balance correspondiente al ejercicio inmediatamente anterior al comienzo del proceso electoral. Estos miembros serán designados o elegidos por cada uno de los siguientes grupos, en la proporción que se indica a continuación (en la segunda columna se señala el reparto según la normativa estatal que fija las bases reguladoras de la gestión de las Cajas de Ahorros, LORCA):

 

  Proyecto de Ley LORCA
Corporaciones Municipales 35% 40%
Impositores 28% 44%
Junta de Andalucía 21% 0%
Parlamento (50%)    
Gobierno (50%)    
Fundadores 9% 11%
Empleados 7% 5%

 

Entidad común

Una de las principales novedades del proyecto de Ley aprobado hoy por el Consejo de Gobierno es la creación de una entidad financiera común con la finalidad de potenciar los mecanismos de cooperación entre las Cajas de Ahorro de Andalucía y reforzar su carácter regional (artículos 100-102). En esta entidad asociativa con personalidad jurídica propia participarán todas las cajas andaluzas, especialmente para atender proyectos cuya envergadura exija su acción conjunta y para aprovechar los efectos positivos de la misma en la prestación de los servicios financieros.

Asimismo, se crea el Defensor del Cliente (artículos 103-109), figura de carácter obligatorio que actuará con independencia con el objetivo de defender los derechos e intereses de la clientela.

En su Disposición Adicional Segunda, el proyecto de Ley también recoge la creación del Instituto Andaluz de Finanzas, ente de derecho público adscrito a la Consejería de Economía y Hacienda que actuará como el principal instrumento la Junta de Andalucía en política financiera. Entre sus funciones figuran la inspección de entidades financieras y mediadores de seguros, la gestión de los activos de la Junta de Andalucía, prestando los servicios de tesorería que se le atribuyan, y la gestión financiera del endeudamiento de la Junta de Andalucía, potenciando los mercados primarios y facilitando la liquidez de los valores emitidos.

Otra novedad recogida en el proyecto es la creación del Registro de Cajas de Ahorros de Andalucía (artículos 19 y 20), que tendrá carácter público y en el que se inscribirán también las fundaciones que gestionan la obra social. Asimismo, la norma regula, por primera vez en el ámbito andaluz, el marco legal de los procesos de fusión en todos sus aspectos.

Obra social

En cuanto a la obra social de las Cajas, la nueva regulación amplía este campo de actividad a nuevas áreas relacionadas con el fomento del empleo, el apoyo a la economía social y la protección del medio ambiente. También se amplía la obligación de reinvertir en obra social en la Comunidad Autónoma a aquellas cajas que, sin estar domiciliadas en Andalucía, cuentan con oficinas en su territorio.

Por último, en materia de control, los artículos 33 al 39 atribuyen a la Consejería de Economía y Hacienda las funciones de inspección, además de regular los supuestos de intervención de las Cajas y la sustitución de los órganos de gobierno y dirección de las mismas.

El proyecto de Ley de Cajas de Ahorro de Andalucía consta de 123 artículos, distribuidos en 9 títulos, dos disposiciones adicionales, cinco disposiciones transitorias, una disposición derogatoria y tres disposiciones finales.

Normativa anterior

La Ley 31/1985 de Regulación de las Normas Básicas sobre Órganos Rectores de las Cajas de Ahorro (LORCA) fija en el ámbito estatal las bases jurídicas de la gestión colectiva de las Cajas de Ahorros. Algunas comunidades autónomas con competencias en la materia desarrollan esta regulación estatal mediante normas con rango de ley, como el proyecto aprobado hoy por el Consejo de Gobierno de la Junta.

Las normas de desarrollo de la LORCA actualmente vigentes en la Comunidad Autónoma de Andalucía son el Decreto 99/1986 y las órdenes de 1986 y 1997 que lo desarrollan, así como el Decreto 299/1988 que vino a modificarlo parcialmente.