LA JUNTA RECURRIRÁ LAS ÚLTIMAS MODIFICACIONES DE LA LEGISLACIÓN ESTATAL DE ESPACIOS NATURALES

 

El Consejo de Gobierno ha autorizado hoy la presentación de un recurso de inconstitucionalidad contra los últimos cambios introducidos por el Gobierno central en la Ley 4/1989 de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, por vulneración de las competencias autonómicas en materia de medio ambiente. Las modificaciones cuestionadas por la Junta se refieren a las atribuciones que se otorgan al Estado en cuanto a la aprobación de los planes rectores de uso y gestión y al nombramiento de los directores-conservadores de los parques nacionales.

Respecto al primer asunto, el cambio de la normativa faculta a la Administración central para aprobar el Plan Rector de Uso y Gestión en el supuesto de que la Administración autonómica no lo haya hecho en el plazo de un año a partir del acuerdo de la comisión mixta correspondiente. A juicio del Gobierno andaluz, esta atribución invade las competencias exclusivas de la Comunidad Autónoma de Andalucía sobre planificación de espacios naturales protegidos.

En igual vulneración se incurre al establecer la adscripción del director-conservador al Organismo Autónomo Parques Nacionales, ya que, en el caso de Andalucía, es a la comunidad autónoma a quien corresponde decidir sobre las funciones de administración del espacio natural, de acuerdo con sus competencias sobre la gestión del mismo.

Según el Gobierno andaluz, estos dos cambios de la ley estatal de espacios protegidos no se ajustan a la doctrina del Tribunal Constitucional, que en su sentencia 102/1995 considera la gestión de los parques nacionales como una competencia normal o habitual de varias comunidades autónomas, entre ellas Andalucía. El mismo tribunal señala que estas comunidades podrán dictar normas adicionales de conservación y realizar las actividades que estimen oportunas en los parques, siempre que respeten la legislación básica estatal.

Las modificaciones normativas que la Junta va a recurrir están contenidas en la reciente ley de declaración del Parque Nacional de las Islas Atlánticas de Galicia. En relación con ello, el Consejo de Gobierno subraya que la decisión de presentar recurso no cuestiona en ningún momento el reconocimiento de este territorio como parque nacional, sino tan sólo la alteración realizada en la normativa general aprovechando una ley que regula un caso particular.

En conclusión, el Consejo de Gobierno destaca que la norma cuyo recurso ha autorizado vulnera el orden competencial establecido en los artículos 149.1.23 de la Constitución Española y en los artículos 13 (apartados 1 y 7) y 15.1.7 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, así como en el resto de preceptos concordantes.

La Junta ya recurrió en su día por motivos similares otra modificación de la normativa estatal de espacios naturales, concretamente la llevada a cabo por la Ley 41/1997. Como consecuencia, también ha venido planteando durante los últimos años diversos conflictos competenciales ante el Tribunal Constitucional contra diversas órdenes y normas reglamentarias derivadas de dicha ley.