El Consejo de Gobierno ha aprobado el proyecto de ley que mejorará y aumentará la eficacia y las garantías de los procedimientos administrativos de la Comunidad Autónoma de Andalucía. El nuevo texto adapta la normativa autonómica a las modificaciones incluidas en 1999 en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cambios que consistieron en el establecimiento de un plazo máximo de seis meses para la notificación de las resoluciones de la Administración y en la determinación del silencio administrativo estimatorio para las solicitudes planteadas a petición de los interesados cuando no se les haya dado respuesta en dicho periodo.
De acuerdo con el proyecto aprobado hoy, más del 93% de los procedimientos que se tramitan en la comunidad autónoma se resolverán en un plazo inferior a seis meses. Para los procedimientos que así lo requieren por su mayor complejidad (alrededor de un 7%), este plazo se amplía en distinta medida.
En cuanto al silencio administrativo, un 90% de los procedimientos seguirá la regla general establecida en la normativa estatal (sentido estimatorio para los iniciados a instancia de parte y desestimatorio para los iniciados de oficio). En el 10% restante, y atendiendo a diversas razones de interés público, el sentido será negativo pese a tratarse de procedimientos iniciados a instancia de parte.
La futura ley no afectará a los procedimientos administrativos que se encuentren actualmente en trámite o que se hayan iniciado antes de la entrada en vigor de la misma, prevista para el día siguiente a su publicación en el BOJA.
La aprobación de este proyecto de ley se suma a otras iniciativas llevadas a cabo por la Junta de Andalucía en los últimos años para dotar de una mayor eficacia a sus procedimientos administrativos. Entre ellas destacan la creación de las Oficinas de Respuesta Unificada, órganos de ámbito provincial que integran en una sola ventanilla diferentes trámites relacionados con la actividad de las pequeñas y medianas empresas, y el decreto que permite reducir el tiempo de tramitación de los expedientes para creación de instalaciones industriales que no requieren autorización administrativa previa.