El Consejo de Gobierno ha aprobado el reglamento que desarrolla la Ley de Sociedades Cooperativas Andaluzas en materia de registro y autorizaciones administrativas. La norma, que recoge las obligaciones y derechos de las empresas de economía social en estos aspectos, introduce como principales novedades la posibilidad de presentar documentos en soporte informático y la regulación de la firma electrónica. Asimismo, reduce los plazos en la notificación y resolución de procedimientos y simplifica trámites respecto a la anterior normativa, además de incluir el procedimiento de silencio administrativo estimatorio en la concesión de autorizaciones.
El reglamento establece una nueva configuración del Registro de Cooperativas como un servicio de acceso público con los medios técnicos necesarios para facilitar el tratamiento informático de los documentos que presenten las empresas. En este registro, organizado mediante una unidad central y ocho provinciales, las sociedades cooperativas andaluzas deberán hacer constar, entre otros datos, los relativos a constitución; modificación de estatutos sociales; disolución; fusiones y escisiones; depósito de cuentas anuales; equipo directivo, y nombramientos y ceses de la dirección y de los miembros de los consejos rectores.