LA JUNTA FIJA MEDIDAS DE VIGILANCIA Y CONTROL SOBRE LAS INSTALACIONES CON RIESGO DE TRANSMITIR LEGIONELOSIS

 

El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto por el que se establecen medidas de control y vigilancia higiénico-sanitaria sobre las instalaciones con riesgo de transmitir legionelosis, principalmente aquellas ubicadas en edificios de uso colectivo que utilizan para su funcionamiento agua dispersa en forma de aerosol. La nueva norma, que desarrolla los requisitos de prevención impuestos por la legislación estatal, define asimismo las competencias de las administraciones local y autonómica sobre la materia.

Según se determina en el decreto, corresponde a los ayuntamientos elaborar los registros de las torres de refrigeración y condensadores evaporativos existentes en sus municipios, así como realizar las labores de inspección, evaluación y aplicación de medidas de prevención de la legionelosis. Para facilitar esta tarea, los titulares de las instalaciones deberán notificar el número y las características de sus equipos, el alta o la baja en la actividad y cualquier otra modificación técnica.

Por su parte, la Consejería de Salud inspeccionará los centros sanitarios privados y los dependientes del Servicio Andaluz de Salud, además de reservarse el ejercicio de la alta inspección y encargarse de la coordinación de las actuaciones pertinentes tras la detección de casos de legionelosis.

En cuanto a las medidas técnicas de control sobre las instalaciones, los requisitos recogidos complementan los establecidos por la normativa estatal en cuanto a la ubicación de las torres de refrigeración y condensadores evaporativos. Además, el decreto fija criterios sanitarios específicos para la limpieza y mantenimiento de las fuentes públicas, así como normas para minimizar los riesgos para la salud en el funcionamiento de los sistemas de riego por aspersión.

El plazo de adecuación de los titulares de estos equipos a la nueva normativa será de un año a partir de su entrada en vigor en el caso de torres de refrigeración y condensadores evaporativos, mientras que para los aspersores de riego y las fuentes ornamentales se marca un periodo de seis meses.

Registro

La norma aprobada hoy dispone, finalmente, la creación del Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas, en el que figurarán, entre otras, aquellas empresas que realizan el mantenimiento higiénico y sanitario de las instalaciones de riesgo. Este censo, gestionado por la Consejería de Salud, recogerá datos referidos a locales, servicios, productos empleados y formación del personal.

La Consejería de Salud viene desarrollando desde 1998 el Programa de Vigilancia y Control de la Legionelosis, centrado en identificar los factores y situaciones de riesgo para la salud pública, prevenir y controlar las infecciones causadas por Legionella y asesorar técnicamente al personal implicado en el mantenimiento y tratamiento sanitario de las instalaciones de riesgo de transmisión de la enfermedad.

Dentro de este programa, la Junta realizó el pasado año un total de 434 inspecciones. De ellas, 343 se llevaron a cabo en alojamientos turísticos, 50 en instituciones asistenciales y 41 en balnearios y piscinas cubiertas.