El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto que adapta la normativa autonómica a lo establecido por el Gobierno central en el Real Decreto 115/2001, sobre el Plan Nacional de Vivienda, en relación con el precio de venta y renta de las viviendas protegidas.
Dentro de los márgenes fijados en dicho Real Decreto, la norma aprobada hoy establece para Andalucía los siguientes precios por metro cuadrado de superficie útil en las viviendas protegidas, con cantidades que en todo caso quedan por debajo de las máximas previstas por el Gobierno central: 125.000 pesetas en las ciudades de Córdoba, Granada, Málaga y Sevilla; 121.600 pesetas en el resto de capitales de provincia, en los municipios de 20.000 habitantes, en aquellos que están integrados en aglomeraciones urbanas y en los que presentan un mayor dinamismo socioeconómico, y 116.700 pesetas en el resto de los municipios.
El decreto también incorpora las limitaciones impuestas por la normativa estatal a la facultad de disponer de las viviendas protegidas, entre ellas la prohibición de su venta en un plazo mínimo de diez años a partir de la fecha de formalización del préstamo cualificado.
De igual modo, la normativa autonómica se adapta a la nueva fórmula de cálculo de la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, a los efectos de la evaluación económica de los ingresos de los solicitantes de ayudas para la adquisición de vivienda. Dicha fórmula permite una mayor accesibilidad a los préstamos hipotecarios por parte de las familias con menores niveles de ingresos.
Finalmente, el decreto aprobado hoy incluye una disposición adicional destinada a adaptar las figuras del III Plan Andaluz de Vivienda y Suelo que pueden verse afectadas por la normativa estatal. Esta adaptación se realizará en un plazo de dos meses una vez conozca el tipo de interés para los préstamos cualificados que debe establecer el Gobierno central. Mientras tanto, se suspenderá la aplicación de los artículos 115 a 119 del decreto regulador del III Plan Andaluz de Vivienda y Suelo, relativos a las ayudas autonómicas complementarias a la adquisición y promoción de viviendas protegidas. Con esta medida se pretende evitar el solapamiento de beneficios como consecuencia de la subvención a la entrada establecida por el Gobierno central para las viviendas protegidas.