Andalucía, 1 de septiembre de 2000

 

 

REFERENCIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO

 

En la mañana de hoy ha tenido lugar en el Palacio de San Telmo la habitual reunión del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía. El Consejo, que ha tenido carácter decisorio, ha adoptado, entre otros, los siguientes acuerdos:

 


 

EL CONSEJO DE GOBIERNO APRUEBA EL PROYECTO DE LEY DE CARRETERAS DE ANDALUCÍA

La norma garantiza la protección del dominio público viario, que abarca tanto la carretera como sus zonas funcionales y franjas adyacentes

 

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el proyecto de Ley de Carreteras de Andalucía, cuyo objetivo es dotar a la Comunidad Autónoma de un marco normativo propio para el ejercicio de sus competencias exclusivas en materia de carreteras. Este instrumento legal, que garantizará la prestación de los servicios viarios a los usuarios y a la economía en general, se adapta tanto a las nuevas necesidades de servicios públicos como a la realidad territorial, ambiental y cultural de Andalucía.

El proyecto incluye, como principal novedad, la regulación del dominio público viario, un concepto jurídico que comprende tanto las carreteras propiamente dichas como sus zonas funcionales y áreas de titularidad pública adyacentes. Para ello se establecen zonas de no edificación a ambos márgenes de la carretera, con anchuras de 100 metros en las vías rápidas, 50 metros en las convencionales y 25 en el resto. Dentro de estas zonas de no edificación destaca la zona de dominio público adyacente, integrada por unas franjas de terreno laterales de entre 6 y 8 metros de anchura.

La norma también regula los denominados "elementos funcionales y áreas de servicio", que incluyen desde estaciones de suministro de carburante a hoteles y restaurantes para prestación de servicios a los conductores. Estas instalaciones, de titularidad privada, funcionarán en régimen de concesión administrativa, por la cual se pagará una cuota a la Administración competente.

Otra de las novedades destacadas del texto aprobado hoy es, precisamente, la clarificación de la titularidad y competencias de cada Administración sobre la Red de Carreteras de Andalucía. En este sentido, se establece una distinción básica entre Redes de Interés de la Comunidad Autónoma y Redes de Interés Provincial. Las primeras, competencia de la Junta de Andalucía, están integradas por la Red Principal y la Red Metropolitana (en el entorno de las grandes ciudades). La Red Principal se subdivide a su vez, de mayor a menor envergadura, en Red Básica, Red Intercomarcal y Red Complementaria. Por su parte, las Redes de Interés Provincial, competencia de las Diputaciones provinciales, incluyen tanto la Red Comarcal como la Red Local.

Además de esta clarificación en el reparto de la titularidad de los distintos tipos de vías, el proyecto de ley fija mecanismos para la inclusión de cada carretera en una u otra red, todo ello en un proceso de negociación para el que se crea una comisión específica con la participación de la Junta de Andalucía, la Diputaciones y otros organismos públicos.

En materia de financiación de proyectos en el dominio público viario, destaca la creación del Fondo Andaluz de Carreteras, que se destinará a obras de mejora y conservación de la red. Este fondo se dotará, entre otros ingresos, de los procedentes de la explotación de las carreteras de titularidad de la Comunidad Autónoma, del derecho al aprovechamiento urbanístico que corresponda a los terrenos de la red viaria, del patrimonio que se le adscriba y del cobro de las sanciones.

Respecto a la seguridad vial, la norma amplía las obligaciones de las Administraciones Públicas en las tareas de evaluación permanente, a fin de detectar los tramos de concentración de accidentes y desarrollar programas para la eliminación de riesgos. En este sentido, se crea la Comisión de Seguridad Vial de Andalucía, organismo encargado de evaluar las actuaciones en esta materia y de informar los Planes de Seguridad Vial de la Red de Carreteras de Andalucía.

En el capítulo de calidad de las obras, el proyecto de ley añade otros dos controles por parte de la Junta al informe que actualmente es obligatorio para los contratistas. El carácter de los mismos se definirá en el desarrollo normativo posterior a la aprobación de este texto legal por el Parlamento de Andalucía.

Planificación

El proyecto de Ley de Carreteras fija tres tipos de planes: el Plan General de Carreteras de Andalucía, que se erige en el instrumento técnico y jurídico superior de la planificación viaria en la Comunidad Autónoma; los Planes Provinciales y los Planes Sectoriales y Territoriales. En estos últimos se prevén las singularidades de determinados proyectos atendiendo, respectivamente, a su especificidad funcional y al ámbito territorial en que se circunscriben.

La futura ley otorga un especial protagonismo a la prevención y restauración ambiental en el dominio público viario, así como a la protección del patrimonio cultural, arqueológico e histórico. Para ello incluye una figura denominada Proyecto de Restauración Paisajística, que contendrá el diseño concreto de las medidas preventivas y correctoras de carácter medioambiental.

En materia organizativa, además de la citada Comisión de Seguridad Vial de Andalucía, el proyecto establece la creación de la Comisión de Carreteras de Andalucía, organismo que tendrá funciones de coordinación interadministrativa en la planificación viaria y en la programación de los distintos proyectos.

Por último, el texto legal aprobado hoy define el Catálogo de Carreteras de Andalucía, instrumento de carácter público para la identificación e inventario de las carreteras, y crea el Sistema de Información de Carreteras de Andalucía, que contendrá los datos básicos de la red actualizados y a disposición del usuario.

 

 

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APROBADO EL DECRETO QUE FACILITA EL ACCESO A LA PROPIEDAD DE LOS TITULARES DE VIVIENDAS PÚBLICAS EN ALQUILER

 

El Consejo de Gobierno también aprueba otros dos decretos sobre vivienda que en conjunto beneficiarán a unas 35.000 familias

 

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy tres decretos que, en términos generales, actualizan el régimen legal de buena parte del parque de viviendas de promoción pública existente en Andalucía. El primero de ellos regula el acceso a la propiedad para los arrendatarios de viviendas de promoción pública. El segundo oferta la amortización anticipada del tramo final de sus préstamos hipotecarios para los titulares de viviendas públicas en régimen de venta con precio aplazado promovidas con anterioridad a 1978. El tercero da continuidad al proceso de regularización de aquellos inquilinos que habitan viviendas de promoción pública en régimen de arrendamiento o acceso diferido sin ser titulares de las mismas. En total se pueden ver beneficiadas por estas tres normas unas 35.000 familias andaluzas.

El "Decreto por el que se regula el acceso a la propiedad de las viviendas de promoción pública cuyo régimen de tenencia sea el arrendamiento" refunde dos textos anteriores para procurar una mayor claridad, a la vez que aborda nuevas cuestiones, como la regularidad del abono de las rentas o la homologación de las viviendas construidas por el Estado en la etapa preautonómica. Se actualizan además los requisitos que deben cumplir los arrendatarios de viviendas de promoción pública para acceder a la propiedad de las mismas. Más de 4.000 familias que viven de alquiler podrán acceder a la propiedad a través de esta norma.

Los dos decretos que se refunden son el 100/1995, que reguló en Andalucía el acceso a la propiedad de aquellos arrendatarios de viviendas públicas que aspiraban justificadamente a la consolidación de sus familias en estas casas, y el 210/1999, que adaptó estas condiciones de acceso a la propiedad al III Plan Andaluz de Vivienda y Suelo, sobre todo en materia de precios y evolución de los tipos de interés.

En segundo lugar, el Consejo de Gobierno ha aprobado el "Decreto por el que se dictan normas especiales para facilitar la amortización anticipada de los titulares de viviendas de promoción pública cedidas en régimen de venta con precio aplazado acogidas a regímenes anteriores al Real Decreto 3148/1978". Los titulares de viviendas públicas promovidas con anterioridad a 1978 se encuentran actualmente en la última fase del pago de sus préstamos hipotecarios. Por ello la Junta les oferta la amortización anticipada de las cantidades que tienen pendientes de pago, lo que popularmente se conoce como "levantar hipoteca".

Este decreto tiene como objetivo simplificar la situación patrimonial del sector público de viviendas, a la vez que facilitar a los adjudicatarios la obtención de su escritura de compraventa o bien la cancelación de la hipoteca. Para ello se incentiva la amortización anticipada con descuentos en los gastos de la escritura pública de compraventa y en los gastos de cancelación de la hipoteca, así como en el coste de sus respectivas inscripciones registrales. Esta deducción traerá consigo mayor celeridad y menor tramitación administrativa. Del orden de 20.000 viviendas se podrán acoger a este segundo decreto.

En tercer lugar, el Consejo de Gobierno ha aprobado el "Decreto por el que se regularizan las situaciones de aquellas viviendas de promoción pública a adjudicar en régimen de arrendamiento o acceso diferido a la propiedad que hayan sido habitadas sin título bastante". Su objetivo es subsanar situaciones sociales complejas, en las que los titulares legales de estas viviendas no las utilizan como domicilio habitual, sino que las ceden a otras familias que sí tienen unas necesidades objetivas de una casa digna. Por ello el actual decreto posibilita a los que residen de forma habitual en viviendas públicas de la Junta en régimen de arrendamiento o acceso diferido la regularización de su situación mediante el otorgamiento de un contrato de cesión, previo cumplimiento de una serie de requisitos. Unas 10.000 familias se podrán beneficiar de esta norma, que continúa la labor ya iniciada por los decretos 416/1990, que regulaba el régimen de arrendamiento para las viviendas de promoción pública, y 140/1997, que establecía un nuevo plazo para acogerse a los beneficios de dicha regularización.

 

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DESIGNADOS LOS REPRESENTANTES DE LA JUNTA DE ANDALUCIA EN EL PATRONATO DEL PARQUE NACIONAL DE DOÑANA

 

El Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de la Presidencia, ha designado hoy a los siete vocales del Patronato del Parque Nacional de Doñana que corresponde nombrar a la Junta de Andalucía, en cumplimiento de la legislación vigente sobre traspaso de funciones y servicios en materia de conservación de la naturaleza.

Los nuevos vocales en representación de la Junta de Andalucía son Fuensanta Coves, consejera de Medio Ambiente; Juan Antonio Cortecero, secretario general de Economía de la Consejería de Economía y Hacienda; Luis Atienza, presidente de la Fundación para el Desarrollo Sostenible de Doñana y su entorno-Doñana 21; Juan Paniagua, viceconsejero de la Consejería de Agricultura y Pesca; Manuel Pezzi, presidente de la Comisión de Medio Ambiente del Parlamento de Andalucía; Josefina Cruz Villalón, directora general de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Consejería de Obras Públicas y Transportes. Igualmente, el Consejo de Gobierno ha nombrado vocal del Patronato al director conservador del Parque Natural Entorno de Doñana.

 


 

LUIS PARRAS, NOMBRADO PRESIDENTE DE LA JUNTA RECTORA DEL PARQUE NATURAL DE LAS SIERRAS DE CARZOLA, SEGURA Y LAS VILLAS

 

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el nombramiento de Luis Parras Guijosa como presidente de la Junta Rectora del Parque Natural de la Sierras de Cazorla, Segura y Las Villas. Luis Parras (Los Villares, Jaén, 1951) es licenciado en Ciencias Matemáticas y catedrático de Estadística e Investigación Operativa. Actualmente es rector de la Universidad de Jaén. Entre 1986 y 1990 desempeñó el cargo de director general de Construcción y Equipamientos Escolares de la Consejería de Educación y Ciencia.

 

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