Andalucía, 3 de
septiembre de 1997
REFERENCIA DEL CONSEJO DE
GOBIERNO
En la mañana de hoy ha tenido lugar en el Palacio de San
Telmo la habitual reunión del Consejo de Gobierno de la Junta de
Andalucía, bajo la presidencia de su titular, Manuel Chaves
González.
El Consejo, que ha tenido carácter decisorio, ha adoptado, entre
otros, los siguientes acuerdos:
El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado
un Decreto que establece los programas de Formación Profesional
Ocupacional (FPO) que se impartirán durante el próximo año y
se regulan las normas comunes para su funcionamiento. Se estima
que durante 1998 se impartirán unos 4.000 cursos de FPO en los
que participarán unos 60.000 alumnos, con un coste para la
Administración andaluza de 13.250 millones de pesetas.
La aprobación de este Decreto fue un compromiso adquirido en el
Pacto por el Empleo y el Desarrollo Económico de Andalucía
(PEDEA) firmado con los agentes sociales en abril pasado, por lo
que viene a desarrollar este acuerdo de concertación social.
Este Decreto sustituye y deroga el que rigió durante anteriores
convocatorias, que databa de 21 de febrero de 1995
La Formación Profesional Ocupacional, recogida en la Ley de
Organización General del Sistema Educativo (LOGSE) como un
subsistema de la Formación Profesional, tiene una importancia
vital en las políticas de empleo al ser un instrumento
estratégico para la readaptación de los trabajadores en
desempleo a nuevas aptitudes profesionales y laborales con el fin
tanto de corregir los desajustes del mercado de trabajo como de
atender a los cambios que se producen, de manera cada vez más
acelerada, en los sistemas productivos.
La vinculación de las actuaciones para la promoción de empleo y
las de formación profesional de los trabajadores en paro es una
prioridad del Gobierno andaluz para generar más y mejores
puestos de trabajo. Al mismo tiempo, aumentar la capacitación de
los trabajadores favorece las políticas destinadas a potenciar
las actividades productivas, al mejorar la productividad y la
eficiencia de los recursos humanos, consiguiendo así una mayor
competitividad de las empresas.
El Decreto aprobado consta de 22 artículos agrupados en 3
capítulos, 4 disposiciones adicionales, 1 disposición
derogatoria y 2 disposiciones finales. En el artículo 2 se
recogen los objetivos concretos de las actuaciones de FPO:
conectar mejor la oferta formativa y las necesidades del mercado
de trabajo, facilitar la inserción laboral de los desempleados,
detectar las necesidades de formación profesional y mejorarla,
favorecer a colectivos con especiales dificultades de inserción
en el mercado laboral, promover acciones de formación
específicas para las pequeñas y medianas empresas, impulsar la
formación dirigida a los llamados "yacimientos de
empleo" (nuevas actividades en las cuales se considera
posible generar puestos de trabajo) y ampliar la formación
relacionada con el medio ambiente.
De esa manera, el Decreto aprobado hoy por el Consejo de Gobierno
establece ocho programas diferentes: 1) Programa con compromiso
de inserción laboral para los alumnos. 2) Programa para
trabajadores ocupados en pymes, en empresas de la economía
social y para autónomos. 3) Programa para jóvenes desempleados.
4) Programa para mujeres. 5) Programa para colectivos con
especial dificultad de inserción laboral. 6) Programa para
desempleados en especialidades demandadas prioritariamente por el
mercado de trabajo. 7) Programa para actividades relacionadas con
los nuevos "yacimientos de empleo". 8) Programa de
acciones para mejorar la FPO (formación de formadores, mejora de
los contenidos y la gestión, etc).
El Decreto establece igualmente las normas comunes de
funcionamiento de los programas, regulando por lo tanto los
criterios para la selección de los alumnos; las características
de los dos tipos de actividad formativa: presencial y
semipresencial; la realización de prácticas por los alumnos en
empresas, organismos públicos y otras entidades (para lo cual se
suscribirán convenios específicos de colaboración), y las
relaciones de la Administración con las entidades colaboradoras,
que son, en su mayor parte, las que imparten los cursos. Para
ello, se firmarán convenios con las organizaciones empresariales
y sindicales, en el marco del diálogo social.
El seguimiento y evaluación de las acciones será realizado por
la Consejería de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía,
que informará periódicamente al Consejo Andaluz de la
Formación Profesional.
En sus disposiciones adicionales, el Decreto recoge el
establecimiento de un sistema de prospección del mercado de
trabajo que permita un mayor conocimiento del mismo en aras a
lograr una mejor adecuación de la oferta y la demanda del tejido
productivo y una mayor adecuación de la realidad formativa a los
requerimientos del desempleado y del sector productivo.
Igualmente, se establece que la Junta de Andalucía desarrollará
las actividades formativas relacionadas con las iniciativas
comunitarias vinculadas a la formación de los recursos humanos
NOW, HORIZON, INTEGRA, YOUTHSTART Y ADAPT. También se prevé que
las Consejerías de Trabajo e Industria y de Educación y Ciencia
crearán los mecanismos de coordinación precisos para ejecutar
algunas de las acciones previstas, así como para buscar la
mejora de los recursos formativos de la Comunidad Autónoma.
El Consejo de Gobierno ha aprobado sendos Decretos que regulan
los Reglamentos Orgánicos de los Centros de Educación Infantil
y Primaria y de los Institutos de Educación Secundaria de la
Comunidad Autónoma de Andalucía.
La nueva normativa, elaborada con el consenso de todos los
sectores de la comunidad educativa, desarrolla un modelo de
funcionamiento de los centros escolares que aumenta su autonomía
de gestión e iniciativa y persigue la mejora en la calidad de la
enseñanza.
La Consejería de Educación y Ciencia establece las normas
básicas y comunes que permitirán a los centros rentabilizar los
recursos económicos y humanos, así como propiciar la
implicación de profesores, padres y alumnos en la gestión de
los mismos. Cada colegio e instituto desarrollará su propio
modelo de organización y funcionamiento adaptado a su entorno y
adecuados a las características socioculturales de la zona en
que se encuentra ubicado.
El director del centro podrá, previa aprobación del Consejo
Escolar, contratar obras, servicios y suministros, decisiones
adoptadas, hasta ahora, por las Delegaciones Provinciales. En los
centros de Formación Profesional, sus responsables también
podrán suscribir convenios de colaboración con empresas para la
realización de prácticas y la utilización de su equipamiento
tecnológico.
Otro de los objetivos de la nueva mormativa es permitir que los
vecinos del entorno del centro docente utilicen las instalaciones
(biblioteca, salón de actos, polideportivos) y los espacios
escolares para actividades culturales, recreativas y deportivas,
convirtiéndose en ejes dinamizadores del barrio.
Los centros escolares decidirán si quieren ampliar su oferta de
servicios (comedores, transportes...) y actividades
extraescolares (deportivas y culturales) mediante la aportación
económica de los usuarios.
El Consejo de Gobierno ha aprobado un Decreto que establece la
estructura orgánica básica de la Consejería de Medio Ambiente
y delimita específicamente las competencias de cada uno de sus
centros directivos. Esta Consejería desarrollará sus funciones,
bajo la dirección de su titular, a través de los siguientes
órganos: Viceconsejería, Secretaría General Técnica, y cuatro
Direccciones Generales denominadas de Planificación, Gestión
del Medio Natural, Protección Ambiental y Participación y
Servicios Ambientales.
La Dirección General de Planificación tendrá entre sus
competencias diseñar proyectos de cooperación internacional, la
elaboración de los planes de ordenación de recursos naturales y
declaración de espacios protegidos, coordinación y seguimiento
de las políticas de la UE, planes de actuación y programas
presupuestarios de la Consejería, planificación de recursos
(tanto propios como comunitarios), estadística y desarrollo y
seguimiento de convenios y conciertos.
Por su parte, la Dirección General de Gestión del Medio
Natural se ocupará de la gestión del Plan Forestal Andaluz, la
ordenación, protección y fomento de los montes (tanto públicos
como privados), prevención y lucha contra incendios, actuaciones
de protección de espacios naturales protegidos, estudio y
conservación de la flora y la fauna silvestre, así como
regulación de los aprovechamientos públicos, ordenación de la
caza y pesca continental, desarrollo de actuaciones para la
conservación del patrimonio natural y ordenación de la gestión
de los recursos naturales de Andalucía.
A la Dirección General de Protección Ambiental le
corresponderá la vigilancia, prevención y corrección de la
calidad ambiental del medio hídrico, especialmente aguas
litorales, así como de la calidad y contaminación
atmosféricas, actuaciones relativas a autorización de vertidos
al dominio público marítimo-terrestre, planificación y
seguimiento de la producción y gestión de residuos sólidos
urbanos y de los peligrosos. También se encargará de las
actuaciones de regeneración de áreas degradadas, suelos
contaminados y corrección de vertidos en zonas ambientalmente
vulnerables, la protección, promoción y mejora de redes y
equipamientos de vigilancia y control ambiental, así como la
gestión y mantenimiento operativo del conjunto de servicios e
instalaciones de calidad ambiental.
Finalmente, a la Dirección General de Participación y Servicios
Ambientales le corresponde la administración de los espacios
naturales protegidos de Andalucía, las competencias propias en
los Parques Nacionales ubicados en territorio andaluz y la
promoción de equipamientos y gestión de actividades y usos
públicos de los espacios naturales, forestales y vías
pecuarias. Esta Dirección General también tendrá competencias
sobre la programación y el fomento de acciones de formación y
sensibilización ambiental en sus aspectos recreativos,
científicos, culturales, turísticos y paisajísticos; diseño e
impulso de apoyo a iniciativas sociales mediante programas de
participación social y voluntariado ambiental, difusión y
divulgación de información ambiental, especialmente la edición
de estudios y publicaciones y las relaciones con las
organizaciones sociales representativas de carácter
medioambiental.
El Consejo de Gobierno ha nombrado, a propuesta del Consejero de Educación y Ciencia, Manuel Pezzi, a Nazaria Moreno Sirodey Delegada del citado Departamento en la provincia de Sevilla.
Nazaria Moreno es maestra y desde 1989 ha ocupado diversos
puestos en los servicios centrales de la Consejería de
Educación y Ciencia, donde ha coordinado programas relacionados
con los planes de reforma y las lenguas extranjeras.