Andalucía, 3 de septiembre de 1997



REFERENCIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO



En la mañana de hoy ha tenido lugar en el Palacio de San Telmo la habitual reunión del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, bajo la presidencia de su titular, Manuel Chaves González.

El Consejo, que ha tenido carácter decisorio, ha adoptado, entre otros, los siguientes acuerdos:


APROBADO EL DECRETO QUE ESTABLECE LOS PROGRAMAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL OCUPACIONAL

Se impartirán unos 4.000 cursos con asistencia de unos 60.000 alumnos y un coste de 13.250 millones de pesetas

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado un Decreto que establece los programas de Formación Profesional Ocupacional (FPO) que se impartirán durante el próximo año y se regulan las normas comunes para su funcionamiento. Se estima que durante 1998 se impartirán unos 4.000 cursos de FPO en los que participarán unos 60.000 alumnos, con un coste para la Administración andaluza de 13.250 millones de pesetas.

La aprobación de este Decreto fue un compromiso adquirido en el Pacto por el Empleo y el Desarrollo Económico de Andalucía (PEDEA) firmado con los agentes sociales en abril pasado, por lo que viene a desarrollar este acuerdo de concertación social. Este Decreto sustituye y deroga el que rigió durante anteriores convocatorias, que databa de 21 de febrero de 1995

La Formación Profesional Ocupacional, recogida en la Ley de Organización General del Sistema Educativo (LOGSE) como un subsistema de la Formación Profesional, tiene una importancia vital en las políticas de empleo al ser un instrumento estratégico para la readaptación de los trabajadores en desempleo a nuevas aptitudes profesionales y laborales con el fin tanto de corregir los desajustes del mercado de trabajo como de atender a los cambios que se producen, de manera cada vez más acelerada, en los sistemas productivos.

La vinculación de las actuaciones para la promoción de empleo y las de formación profesional de los trabajadores en paro es una prioridad del Gobierno andaluz para generar más y mejores puestos de trabajo. Al mismo tiempo, aumentar la capacitación de los trabajadores favorece las políticas destinadas a potenciar las actividades productivas, al mejorar la productividad y la eficiencia de los recursos humanos, consiguiendo así una mayor competitividad de las empresas.

El Decreto aprobado consta de 22 artículos agrupados en 3 capítulos, 4 disposiciones adicionales, 1 disposición derogatoria y 2 disposiciones finales. En el artículo 2 se recogen los objetivos concretos de las actuaciones de FPO: conectar mejor la oferta formativa y las necesidades del mercado de trabajo, facilitar la inserción laboral de los desempleados, detectar las necesidades de formación profesional y mejorarla, favorecer a colectivos con especiales dificultades de inserción en el mercado laboral, promover acciones de formación específicas para las pequeñas y medianas empresas, impulsar la formación dirigida a los llamados "yacimientos de empleo" (nuevas actividades en las cuales se considera posible generar puestos de trabajo) y ampliar la formación relacionada con el medio ambiente.

De esa manera, el Decreto aprobado hoy por el Consejo de Gobierno establece ocho programas diferentes: 1) Programa con compromiso de inserción laboral para los alumnos. 2) Programa para trabajadores ocupados en pymes, en empresas de la economía social y para autónomos. 3) Programa para jóvenes desempleados. 4) Programa para mujeres. 5) Programa para colectivos con especial dificultad de inserción laboral. 6) Programa para desempleados en especialidades demandadas prioritariamente por el mercado de trabajo. 7) Programa para actividades relacionadas con los nuevos "yacimientos de empleo". 8) Programa de acciones para mejorar la FPO (formación de formadores, mejora de los contenidos y la gestión, etc).

El Decreto establece igualmente las normas comunes de funcionamiento de los programas, regulando por lo tanto los criterios para la selección de los alumnos; las características de los dos tipos de actividad formativa: presencial y semipresencial; la realización de prácticas por los alumnos en empresas, organismos públicos y otras entidades (para lo cual se suscribirán convenios específicos de colaboración), y las relaciones de la Administración con las entidades colaboradoras, que son, en su mayor parte, las que imparten los cursos. Para ello, se firmarán convenios con las organizaciones empresariales y sindicales, en el marco del diálogo social.

El seguimiento y evaluación de las acciones será realizado por la Consejería de Trabajo e Industria de la Junta de Andalucía, que informará periódicamente al Consejo Andaluz de la Formación Profesional.

En sus disposiciones adicionales, el Decreto recoge el establecimiento de un sistema de prospección del mercado de trabajo que permita un mayor conocimiento del mismo en aras a lograr una mejor adecuación de la oferta y la demanda del tejido productivo y una mayor adecuación de la realidad formativa a los requerimientos del desempleado y del sector productivo. Igualmente, se establece que la Junta de Andalucía desarrollará las actividades formativas relacionadas con las iniciativas comunitarias vinculadas a la formación de los recursos humanos NOW, HORIZON, INTEGRA, YOUTHSTART Y ADAPT. También se prevé que las Consejerías de Trabajo e Industria y de Educación y Ciencia crearán los mecanismos de coordinación precisos para ejecutar algunas de las acciones previstas, así como para buscar la mejora de los recursos formativos de la Comunidad Autónoma.

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APROBADA LA NORMATIVA QUE REGULA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS COLEGIOS E INSTITUTOS ANDALUCES

Los nuevos reglamentos incrementan la autonomía organizativa y económica de los centros

El Consejo de Gobierno ha aprobado sendos Decretos que regulan los Reglamentos Orgánicos de los Centros de Educación Infantil y Primaria y de los Institutos de Educación Secundaria de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La nueva normativa, elaborada con el consenso de todos los sectores de la comunidad educativa, desarrolla un modelo de funcionamiento de los centros escolares que aumenta su autonomía de gestión e iniciativa y persigue la mejora en la calidad de la enseñanza.

La Consejería de Educación y Ciencia establece las normas básicas y comunes que permitirán a los centros rentabilizar los recursos económicos y humanos, así como propiciar la implicación de profesores, padres y alumnos en la gestión de los mismos. Cada colegio e instituto desarrollará su propio modelo de organización y funcionamiento adaptado a su entorno y adecuados a las características socioculturales de la zona en que se encuentra ubicado.

El director del centro podrá, previa aprobación del Consejo Escolar, contratar obras, servicios y suministros, decisiones adoptadas, hasta ahora, por las Delegaciones Provinciales. En los centros de Formación Profesional, sus responsables también podrán suscribir convenios de colaboración con empresas para la realización de prácticas y la utilización de su equipamiento tecnológico.

Otro de los objetivos de la nueva mormativa es permitir que los vecinos del entorno del centro docente utilicen las instalaciones (biblioteca, salón de actos, polideportivos) y los espacios escolares para actividades culturales, recreativas y deportivas, convirtiéndose en ejes dinamizadores del barrio.

Los centros escolares decidirán si quieren ampliar su oferta de servicios (comedores, transportes...) y actividades extraescolares (deportivas y culturales) mediante la aportación económica de los usuarios.

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APROBADA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE


El Consejo de Gobierno ha aprobado un Decreto que establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Medio Ambiente y delimita específicamente las competencias de cada uno de sus centros directivos. Esta Consejería desarrollará sus funciones, bajo la dirección de su titular, a través de los siguientes órganos: Viceconsejería, Secretaría General Técnica, y cuatro Direccciones Generales denominadas de Planificación, Gestión del Medio Natural, Protección Ambiental y Participación y Servicios Ambientales.

La Dirección General de Planificación tendrá entre sus competencias diseñar proyectos de cooperación internacional, la elaboración de los planes de ordenación de recursos naturales y declaración de espacios protegidos, coordinación y seguimiento de las políticas de la UE, planes de actuación y programas presupuestarios de la Consejería, planificación de recursos (tanto propios como comunitarios), estadística y desarrollo y seguimiento de convenios y conciertos.

Por su parte, la Dirección General de Gestión del Medio Natural se ocupará de la gestión del Plan Forestal Andaluz, la ordenación, protección y fomento de los montes (tanto públicos como privados), prevención y lucha contra incendios, actuaciones de protección de espacios naturales protegidos, estudio y conservación de la flora y la fauna silvestre, así como regulación de los aprovechamientos públicos, ordenación de la caza y pesca continental, desarrollo de actuaciones para la conservación del patrimonio natural y ordenación de la gestión de los recursos naturales de Andalucía.

A la Dirección General de Protección Ambiental le corresponderá la vigilancia, prevención y corrección de la calidad ambiental del medio hídrico, especialmente aguas litorales, así como de la calidad y contaminación atmosféricas, actuaciones relativas a autorización de vertidos al dominio público marítimo-terrestre, planificación y seguimiento de la producción y gestión de residuos sólidos urbanos y de los peligrosos. También se encargará de las actuaciones de regeneración de áreas degradadas, suelos contaminados y corrección de vertidos en zonas ambientalmente vulnerables, la protección, promoción y mejora de redes y equipamientos de vigilancia y control ambiental, así como la gestión y mantenimiento operativo del conjunto de servicios e instalaciones de calidad ambiental.

Finalmente, a la Dirección General de Participación y Servicios Ambientales le corresponde la administración de los espacios naturales protegidos de Andalucía, las competencias propias en los Parques Nacionales ubicados en territorio andaluz y la promoción de equipamientos y gestión de actividades y usos públicos de los espacios naturales, forestales y vías pecuarias. Esta Dirección General también tendrá competencias sobre la programación y el fomento de acciones de formación y sensibilización ambiental en sus aspectos recreativos, científicos, culturales, turísticos y paisajísticos; diseño e impulso de apoyo a iniciativas sociales mediante programas de participación social y voluntariado ambiental, difusión y divulgación de información ambiental, especialmente la edición de estudios y publicaciones y las relaciones con las organizaciones sociales representativas de carácter medioambiental.

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NAZARIA MORENO, NOMBRADA DELEGADA DE LA CONSEJERÍADE EDUCACIÓN Y CIENCIA DE SEVILLA

El Consejo de Gobierno ha nombrado, a propuesta del Consejero de Educación y Ciencia, Manuel Pezzi, a Nazaria Moreno Sirodey Delegada del citado Departamento en la provincia de Sevilla.

Nazaria Moreno es maestra y desde 1989 ha ocupado diversos puestos en los servicios centrales de la Consejería de Educación y Ciencia, donde ha coordinado programas relacionados con los planes de reforma y las lenguas extranjeras.

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