Andalucía, 10 de ,marzo de 1998

 

 

REFERENCIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO

 

 

En la mañana de hoy ha tenido lugar en el Palacio de San Telmo la habitual reunión del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, bajo la presidencia de su titular, Manuel Chaves González.

El Consejo, que ha tenido carácter decisorio, ha adoptado, entre otros, los siguientes acuerdos:

 

 


EL CONSEJO ACUERDA LA REDACCIÓN DEL PLAN DE PREVENCIÓN DE AVENIDAS E INUNDACIONES EN CAUCES URBANOS

 

 

El Consejo de Gobierno ha acordado la redacción del Plan de Prevención contra Avenidas e Inundaciones en Cauces Urbanos, que tiene como objetivo establecer las medidas necesarias para evitar y minimizar las inundaciones en los núcleos urbanos.

El plan realizará un diagnóstico de la situación actual, estableciendo objetivos, líneas de trabajo y programas de actuación. Asimismo, para garantizar la coordinación y cooperación de las diferentes administraciones implicadas, se constituirá una comisión de redacción con representantes de la Administración autónoma, central y local.

Una de las principales medidas del plan será la localización física de los puntos negros (zonas especialmente vulnerables a las inundaciones) que existen en Andalucía y clasificarlos por grados de riesgo. Después se adoptarán las medidas necesarias para disminuir los riesgos de inundación y establecer qué administración es la responsable de llevarlas a cabo. El documento recogerá la programación y financiación de las intervenciones previstas, así como los mecanismos de gestión, seguimiento y evaluación de las decisiones alcanzadas.

La comisión de redacción tendrá un plazo de seis meses para presentar una propuesta del plan, que será remitida a la Administración central y a las Diputaciones Provinciales de Andalucía para que realicen observaciones y sugerencias al trabajo. Estas consideraciones serán estudiadas y, seguidamente, la propuesta se remitirá al Consejo Andaluz del Agua para que emita su correspondiente informe.

Andalucía tiene atribuidas las competencias exclusivas sobre recursos y aprovechamientos hidráulicos, canales y regadíos cuando las aguas transcurran únicamente por Andalucía, así como de las aguas subterráneas, cuando su aprovechamiento no afecte a otro territorio. En virtud de estas competencias se transpasaron a la Junta de Andalucía funciones y servicios de apoyo a las entidades locales en materia de abastecimiento, saneamiento y defensa de márgenes y regadíos de carácter general, así como las funciones de programar, aprobar y tramitar las inversiones de interés autonómico en materia de defensa y encauzamientos de márgenes en áreas urbanas.

La colaboración de la Junta de Andalucía se traduce en la financiación de estudios, proyectos y obras destinadas a dotar a los núcleos urbanos andaluces de las instalaciones de defensa necesaria para prevenir los riesgos de inundaciones, actuación que se ha venido desarrollando mediante la realización de convenios con los municipios y diputaciones para la financiación de las obras.

La redacción del futuro plan permitirá alcanzar una mayor eficacia de la gestión al priorizar las inversiones más necesarias y proporcionar a las entidades locales un marco estable para la realización de sus actuaciones en materia de prevención de inundaciones.

 

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APROBADO EL DECRETO DE REQUISITOS SANITARIOS PARA EL TRANSPORTE DE GANADO Y OTROS ANIMALES VIVOS

 

 

El Consejo de Gobierno ha aprobado, a propuesta del consejero de Agricultura y Pesca, el decreto por el que se establecen los requisitos sanitarios aplicables al movimiento y transporte de ganado y otros animales vivos.

Este decreto supone la actualización a las exigencias sanitarias vigentes de la normativa anterior, que data de 1952, así como la sistematización de la actual, dispersa en disposiciones estatales y directivas comunitarias. En este sentido, pretende regularizar los requisitos sanitarios aplicables al movimiento, transporte y concentraciones deportivas, comerciales o de cualquier otro tipo de animales vivos.

Además, agiliza el mecanismo para la obtención de la documentación oficial necesaria para ello, contemplándose la expedición de la Guía de Origen Sanitario, necesaria para el transporte de animales vivos en general.

A lo largo de sus cinco capítulos, cuatro disposiciones y 20 artículos, se establecen las condiciones sanitarias generales que obligatoriamente deben reunir los animales y explotaciones o centros de tenencia, previas a efectuarse el traslado, así como los medios de transportes que se empleen; las limitaciones al movimiento de animales; la documentación que debe acompañar a los animales y quién y cómo debe expedirla.

En este sentido, establece la obligatoriedad de obtener previamente al transporte la Guía de Origen y Sanidad Pecuaria, documento que garantiza el cumplimiento de los requisitos necesarios para el transporte en general, que debe acompañar a los animales en todo el trayecto, así como la documentación especial que se exige para movimiento de équidos (Tarjeta Sanitaria Equina), colmenas (Cuaderno de Trashumancia Apícola) y el ganado destinado al pastoreo.

Los encargados de emitir estas autorizaciones serán los inspectores veterinarios de la Consejería de Agricultura y Pesca y los veterinarios autorizados pertenecientes a las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganadera (A.D.S.), a los que se les imponen una serie de limitaciones y se les somete a un control para garantizar las óptimas condiciones del transporte.

La norma establece, además, la exigencia de que los animales objeto del sacrificio obligatorio por motivos sanitarios sean trasladados al matadero en vehículos precintados e identificados en el exterior.

Las condiciones que deben cumplir las concentraciones deportivas, culturales, comerciales o simplemente exposiciones de animales se recogen en un capítulo específico del Decreto. Lo mismo ocurre con las infracciones y el régimen sancionador, que impone la inmovilización y el aislamiento inmediato de aquellos animales que sean trasladados sin la documentación exigida.

 

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EL CONSEJO DE GOBIERNO RECONOCE A TRECE NUEVAS COMUNIDADES ANDALUZAS EN EL EXTERIOR

 

 

El Consejo de Gobierno ha reconocido, a propuesta de la Consejería de Cultura, a trece nuevas entidades como comunidades andaluzas establecidas en el exterior del territorio autonómico. Hasta la fecha, y a partir de la creación del registro oficial de estas entidades en 1986, han sido reconocidas e inscritas en el mismo 351 asociaciones y diez federaciones.

Las entidades incorporadas a la relación de comunidades andaluzas son la Asociación Peña Cultural Flamenca Andaluza "Luis de Córdoba" de Almazora (Castellón); Casa de Andalucía en Cala d'Or (Mallorca); Centro Andaluz "Tertulia Flamenca de Badalona" (Barcelona); Centro Cultural Andaluz "García Lorca" del Vendrell (Tarragona); Peña "Al-Andalus" de Amberes (Bélgica); Hogar Recreativo Cultural "Andalucía" de Ridderkerk (Holanda); Asociación Flamenca Andaluza de Sedavi (Valencia), Asociación de la Cultura Andaluza de Villarreal (Castellón); Asociación Cultural Andaluza "Zambra" de Miranda de Ebro (Burgos); Casa de Andalucía en Aranjuez (Madrid); Casa de Andalucía de San Fernando de Henares (Madrid); Asociación Cultural "Raíces de Andalucía" de San Adrián (Navarra) y la Asociación Andaluza Taurina "El Cordobés" de Bruselas (Bélgica).

La repercusión social de las comunidades andaluzas ahora reconocidas se evidencia en el dato de que en la mayor parte de las localidades citadas no existían con anterioridad entidades de esa naturaleza, así como en el fomento del asociacionismo andaluz que se producirá en municipios como El Vendrell, Badalona y Bruselas, que sí contaban ya con asociaciones similares. Por otra parte, se amplía el número de andaluces que, pese a residir en otros ámbitos geográficos, se encuentran directamente relacionados con la Junta de Andalucía a través de estas asociaciones.

Finalmente, y por lo que respecta al número de socios de cada una de las entidades reconocidas, se establece la siguiente relación: Almazora, 58; Cala d'Ors, 70; Badalona, 81; El Vendrell, 147; Amberes, 98; Ridderkeerk, 127; Sedavi, 317; Villarreal, 124; Miranda de Ebro, 254; Aranjuez, 75; San Fernando de Henares, 306; San Adrián, 309; y Bruselas, 123.

 

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JOSÉ NIETO, NOMBRADO DIRECTOR GENERAL DE ACCIÓN E INSERCIÓN SOCIAL

 

 

El Consejo de Gobierno ha nombrado a José Nieto Castro director general de Acción e Inserción Social de la Consejería de Asuntos Sociales.

José Nieto, licenciado en Medicina y Cirugía, ha sido alcalde de La Puerta de Segura (Jaén) de 1987 a 1996 y, en la actualidad, era delegado provincial de la Consejería de Asuntos Sociales en Jaén.

 

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