Andalucía, 28 de julio de 1998

 

 

REFERENCIA DEL CONSEJO DE GOBIERNO

 

 

En la mañana de hoy ha tenido lugar en el Palacio de San Telmo la habitual reunión del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, bajo la presidencia de su titular, Manuel Chaves González.

El Consejo, que ha tenido carácter decisorio, ha adoptado, entre otros, los siguientes acuerdos:

 

 


 

APROBADO EL DECRETO POR EL QUE LA JUNTA FINANCIARÁ LOS MEDICAMENTOS EXCLUIDOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

 

 

El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto por el que la Junta de Andalucía financiará los 661 medicamentos que el Gobierno central excluyó de la cobertura pública el pasado viernes con el denominado "medicamentazo". La medida, que será sufragada con presupuestos propios de la Junta, permitirá que los andaluces no se vean afectados por el recorte de esta prestación. Su aplicación no supondrá un gasto adicional sino una disminución del ahorro previsto en el gasto farmacéutico.

La aprobación de esta norma estaba en función de que el Gobierno central llevara a cabo la exclusión de la Seguridad Social de los 661 fármacos. Tras la decisión de hoy del Consejo de Gobierno, la medida entrará en vigor al mismo tiempo que la iniciativa del Ejecutivo central, con lo que se evita un desfase que podría crear confusiones en la población.

El decreto, que se hará efectivo a partir del 1 de septiembre, establece el nuevo modelo de receta para la dispensación de los fármacos señalados. Esta receta estará en todos los distritos sanitarios de la Comunidad Autónoma en esa fecha y será identificada con líneas diagonales que especificarán "Medicamento financiado por la Junta de Andalucía".

Con la decisión aprobada hoy por el Consejo de Gobierno, Andalucía se convierte en la única comunidad que no aplicará la financiación selectiva de fármacos. Extremadura y Castilla-La Mancha también manifestaron su rechazo, pero tendrán que aplicar el decreto del Gobierno central por carecer de competencias sanitarias y estar incluidas en el territorio del Insalud.

Gasto farmacéutico

Por otra parte, la Junta de Andalucía continuará impulsando su política de uso racional del medicamento, con medidas como el acuerdo marco firmado el pasado 5 de junio entre la Consejería de Salud y las distintas asociaciones de consumidores para la puesta en marcha de programas de información y de formación dirigidos a los usuarios andaluces. El SAS desarrolla desde 1994 el Programa de Uso Racional del Medicamento, a través de actividades formativas y evaluadoras con los médicos de atención primaria, con el objetivo de que el gasto farmacéutico crezca dentro de unos límites razonables.

Gracias a la política de uso racional del medicamento, Andalucía fue la comunidad autónoma que registró un menor crecimiento del gasto farmacéutico durante 1997. Este incremento se situó en el 4,17%, frente a la media estatal del 5,43% (Insalud y comunidades autónomas con transferencias sanitarias).

Andalucía se encuentra, desde hace cinco años, entre las comunidades con mejores resultados en el proceso de racionalización del gasto farmacéutico. Los incrementos experimentados desde 1992 en su facturación anual la sitúan como la de menor crecimiento acumulado. Entre 1992 y 1997, el gasto en medicamentos creció en Andalucía un 38,27%, frente al 51,63% de media nacional. Si la factura andaluza hubiese crecido igual que la del resto del Estado, se habrían pagado casi 16.000 millones más por la prestación farmacéutica en el periodo reseñado.

 

 

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AUTORIZADA LA CONSTITUCIÓN DE LA FUNDACIÓN DE LAS TRES CULTURAS DEL MEDITERRÁNEO

 

 

El Consejo de Gobierno ha autorizado al consejero de la Presidencia para que constituya la Fundación de las Tres Culturas del Mediterráneo (islámica, judía y cristina). La Junta de Andalucía aportará 100 millones de pesetas a su capital fundacional.

El objetivo de la Fundación, que será constituida próximamente por la Junta de Andalucía y el Gobierno del Reino de Marruecos, se dirige a establecer un foro permanente que, sobre las bases del diálogo y la tolerancia, contribuya a que el Mediterráneo en su conjunto constituya una zona de paz, estabilidad y progreso. Esta iniciativa tiene un espíritu universalista y está abierta a la participación de otras entidades públicas y privadas de la ribera sur y norte del Mediterráneo, entre las que destaca el Centro Peres por la Paz. Asimismo, prevé el concurso de entidades financieras y empresariales andaluzas, marroquíes e israelíes.

La Fundación pretende contribuir a un encuentro entre culturas y religiones y, especialmente, participar en el desarrollo del programa acordado en la Conferencia de Barcelona de noviembre de 1995 con la finalidad de contribuir al establecimiento de la Asociación Euromediterránea.

Para alcanzar sus objetivos, la Fundación de las Tres Culturas del Mediterráneo desarrollará actividades e iniciativas encaminadas a ampliar la cooperación y la solidaridad y avanzar en el desarrollo socioeconómico sostenible y equilibrado, así como a fomentar un mayor conocimiento de las diferentes culturas, religiones y pueblos del Mediterráneo. En este sentido, su programa de trabajo se orientará a fortalecer la cooperación entre las regiones mediterráneas europeas y defender su identidad ante la nueva situación geopolítica que plantea la ampliación de la Unión Europea. Asimismo, establecerá un programa de cooperación con la ribera sur y este del Mediterráneo, que se inscribirá en el programa de trabajo acordado en la Conferencia Euromediterránea de Barcelona. Por último, la Fundación actuará también como catalizador de la creciente cooperación Andalucía-Marruecos.

 

 

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LA JUNTA DE ANDALUCÍA INSTA AL GOBIERNO DE LA NACIÓN A PRESENTAR UN RECURSO CONTRA LA MODIFICACIÓN DE LA OCM DE MATERIAS GRASAS

 

La petición argumenta la violación del Tratado de Roma

 

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha autorizado al consejero de la Presidencia a instar al Gobierno de la nación para que interponga un recurso de anulación, previsto en el artículo 173 del Tratado de Roma, ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, contra el Reglamento del Consejo (CE) de 26 de junio de 1998, por el que se modifica el Reglamento 136/66/CEE, que establece la Organización Común de Mercados (OCM) en el sector de las materias grasas.

La medida aprobada por el Consejo de Gobierno en su reunión de hoy, a propuesta del consejero de Agricultura y Pesca, se adopta al amparo del acuerdo alcanzado el 11 de diciembre de 1997 en la Conferencia para Asuntos relacionados con las Comunidades Europeas.

Este acuerdo refleja textualmente que "cuando una comunidad autónoma considere que una disposición o acto adoptado por una institución comunitaria que pueda producir efectos jurídicos debe ser impugnado por el Reino de España ante el Tribunal de Justicia, por estar viciado de ilegalidad y afectar a sus competencias o a sus intereses, lo pondrá en conocimiento, a través del miembro de su Consejo de Gobierno que forma parte del Pleno de la Conferencia, del presidente de la Comisión de Seguimiento en un plazo de veinte días naturales contados a partir de la publicación o notificación de la disposición o acto que pretenda impugnarse".

La invocación de este precepto está avalada por el hecho de que la Junta de Andalucía tiene las competencias exclusivas sobre agricultura y ganadería y se ve afectada de manera directa por la reforma de la OCM de las materias grasas, máxime cuando Andalucía es la principal productora de aceite de oliva nacional.

Motivos del recurso

La petición de recurso invoca en su motivación para la impugnación de la reforma aprobada la violación por ésta de los artículos 38 y siguientes del Tratado de Roma, que establecen los objetivos básicos que debe perseguir la Política Agraria Comunitaria (PAC).

En este sentido, se establecen distintos motivos de impugnación. En primer lugar, incumple el artículo 39 al haber sido hecha esta reforma siguiendo datos no fiables con respecto a la superficie y a la producción de aceite, como ha quedado claramente reconocido en sendos informes del Parlamento Europeo, el Comité Económico y Social, el Tribunal de Cuentas, la Unidad Central de Lucha Antifraude (UCLAF) y otros organismos, incluida la propia Comisión en el reglamento cuya impugnación se persigue.

En segundo lugar, la garantía de un nivel de vida equitativo a la población agrícola, en especial mediante el aumento de la renta individual de los que trabajan en la agricultura, que se recoge entre los objetivos prioritarios de la PAC se pone en peligro con la reforma. Esto es así, toda vez que se separa la cantidad máxima garantizada en cantidades nacionales garantizadas, lo que ocasionará la reducción de ayudas a algunos Estados miembros, a los que, además no se reconoce su potencial productor, por lo que se les condena a penalizaciones estructurales.

Además, la desaparición del mecanismo de intervención producirá un efecto pernicioso sobre los precios de mercados en las zonas más productoras, lo que, unido a lo anterior provocará daños irreparables a las explotaciones de las zonas más desfavorecidas, comprometiendo el futuro del 75% de los productores andaluces, con el consiguiente paro despoblación de zonas rurales y deterioro medioambiental.

En tercer lugar, esta reforma infringe el precepto comunitario de necesidad de estabilizar los mercados, garantizar la seguridad de los abastecimientos y asegurar al consumidor suministros a precios razonables. La desaparición del mecanismo de intervención pública en un sector como el del aceite de oliva, que puede tener variaciones interanuales de hasta un tercio de la producción media, dará lugar a maniobras especulativas de mercado, produciéndose compras a los agricultores en periodos de abundancia a precios bajos, y reteniendo stocks en años de escasez para subir precios.

Además, se infringe el artículo 39.2 del Tratado de Roma, toda vez que lejos de "efectuar gradualmente las oportunas adaptaciones", la reforma se ha realizado de manera drástica, bajo el impulso de poner fin al fraude, sin que se propongan medidas suficientes para evitarlo, y urgente, pretendiendo introducirla como "ajustes transitorios" hasta una nueva reforma que entre en vigor en el 2001, cuando la realidad es que, por este Reglamento procedimiento se produce una auténtica reforma.

 

 

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CREADO EL CONSEJO ANDALUZ DE COLEGIOS OFICIALES DE AGENTES COMERCIALES

 

 

El Consejo de Gobierno ha aprobado un decreto por el que se crea el Consejo Andaluz de Colegios Oficiales de Agentes Comerciales. El nuevo órgano integra a los colegios de Almería, Cádiz, Campo de Gibraltar, Córdoba, Granada, Huelva, Jaén, Jerez de la Frontera, Linares, Málaga y Sevilla para representar de forma única los intereses de este colectivo en el ámbito regional.

La creación del Consejo se hará efectiva a partir del día siguiente a la publicación del decreto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. A partir de ese momento se abrirá un plazo de seis meses para la elaboración y aprobación de sus estatutos, que deberán obtener la ratificación de las respectivas juntas o asambleas generales de los colegios profesionales que lo integran.

El Consejo Andaluz de Colegios Profesionales de Agentes Comerciales se relacionará con la Consejería de Gobernación y Justicia en lo referente a aspectos institucionales y corporativos y con la Consejería de Trabajo e Industria para cuestiones profesionales.

 

 

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APROBADO EL CALENDARIO DE FIESTAS LABORALES DE ANDALUCÍA PARA 1999

 

 

El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy el decreto por el que se determina el Calendario de Fiestas Laborales en la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1999. La principal novedad es el traslado al lunes día 1 de marzo la festividad del Día de Andalucía, por ser domingo el 28 de febrero. Además, en función de las facultades que tiene atribuidas la Comunidad Autónoma, se mantienen las festividades de la Epifanía del Señor (6 de enero), y del Jueves Santo (1 de abril). De esta manera, el calendario definitivo queda de la siguiente forma:

1 de enero, Año Nuevo

6 de enero, Epifanía del Señor

1 de marzo, Día de Andalucía

1 de abril, Jueves Santo

2 de abril, Viernes Santo

1 de mayo, Fiesta del Trabajo

16 de agosto, Asunción de la Virgen

12 de octubre, Fiesta Nacional de España

1 de noviembre, Todos los Santos

6 de diciembre, Día de la Constitución Española

8 de diciembre, Inmaculada Concepción

25 de diciembre, Natividad del Señor

 

A estas doce fiestas laborales se añaden las dos de carácter local que cada municipio puede proponer a la Consejería de Trabajo e Industria. Para presentar sus propuestas, los municipios cuentan con un plazo de dos meses a partir de la publicación del decreto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

 

 

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EL MUELLE DEL ALQUIFE DE ALMERÍA, DECLARADO MONUMENTO

El decreto aprobado desestima las alegaciones municipales y garantiza la protección del entorno

 

 

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha declarado bien de interés cultural, con categoría de monumento, el cargadero de mineral de El Alquife, ubicado en la playa almeriense de las Almadrabillas. Este muelle es una obra de ingeniería concebida para su utilización por medios de transporte, como almacenaje y embarque del mineral procedente de las minas de hierro de Alquife (Granada) por vía marítima.

La estructura, diseñada como un muelle de agua profunda, consta de un sistema de acceso y el embarcadero. El primero es un viaducto en el que se alternan tramos de estructura metálica realizados con perfiles de acero y tramos de obra de fábrica con arcadas. El embarcadero, distribuido en varios planos, es la parte mayor dado que soportaba una mayor carga, e incluye un tramo a modo de soporte del tablero para el desplazamiento del ferrocarril.

La problemática de la explotación minera de finales del siglo pasado y los comienzos de la industrialización en Andalucía tienen uno de sus mejores testimonios en esta notable obra de ingeniería que incorpora avanzados criterios y aportaciones de la construcción en metal de reconocida trascendencia en la historia de las obras civiles. Por su naturaleza, esta tipología constructiva no fue frecuente y ha adquirido una singularidad digna de ser conservada por la imposibilidad de recuperar su uso original.

Reseña histórica

La empresa explotadora de las minas de Alquife, The Alquife Mines and Railways Company Limited, con sede en Glasgow, solicitó en 1900 una concesión para construir un embarcadero de mineral en la playa de las Almadrabillas de Almería. El Ayuntamiento de esta capital aprobó la construcción del mismo en 1902, otorgándose la titularidad de tal concesión a la mencionada compañía británica. Las obras concluyeron en abril de 1904, y el muelle permaneció en funcionamiento hasta septiembre de 1970.

El 16 de noviembre de 1970, la titularidad fue adquirida por la empresa Agrupación Minera, S.A. (Agruminsa), con sede en Bilbao. Mediante orden del Ministerio de Obras Públicas, de fecha 14 de febrero de 1980, fue decretada la caducidad de la concesión y, en consecuencia, el cese de las actividades en el cargadero. Pese a que Agruminsa estaba obligada a demoler los restos inservibles de las instalaciones, las actuaciones quedaron paralizadas a raíz de la resolución de la Dirección General de Bellas Artes de la Consejería de Cultura fechada el 17 de diciembre de 1984, que disponía la incoación del expediente de Declaración de Monumento Histórico Artístico a favor del muelle.

Por otra parte, los terrenos y accesos al cargadero situados fuera del límite de la zona fueron objeto de expediente de expropiación forzosa, promovido por el MOPU para el desdoblamiento de la calzada con nuevo puente sobre la Rambla de Belén. Declarada la expropiación con carácter de urgencia por el Consejo de Ministros, fueron levantadas las actas previas de ocupación el 24 de marzo de 1982 y la de mutuo acuerdo el 18 de octubre de 1984.

Protección legal

La citada resolución de la Consejería de Cultura suponía el inicio de un procedimiento administrativo encaminado a la protección y conservación de esta importante muestra de la arquitectura en hierro. Entre tanto, y una vez publicada la ley 16/1985 del Patrimonio Histórico Español, fueron recabados informes favorables a la declaración de monumento mediante diversas instituciones directamente relacionadas con la protección, fomento y conservación del patrimonio histórico y artístico. Estas entidades fueron la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando (Madrid), la Real Academia de Bellas Artes de Nuestra Señora de las Angustias (Granada) y la Comisión Provincial del Patrimonio Histórico (Almería).

En febrero de 1987 fue concedido trámite de audiencia en el citado expediente a cuantas personas e instituciones pudieran verse afectadas por la declaración. El Ayuntamiento de Almería acordó por unanimidad manifestar la conformidad de la corporación municipal para que, a través de la Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura, fuese declarado bien de interés cultural el cargadero de El Alquife. Por su parte, la empresa Agruminsa manifestó acatar los efectos derivados de la declaración y solicitó que se tuvieran en cuenta sus derechos económicos con vistas a una hipotética compensación indemnizatoria.

En febrero de 1994 se sometió a información pública el expediente para la declaración como bien de interés cultural del citado cargadero, manifestando el Ayuntamiento de Almería que no efectuaba alegación alguna. En mayo del mismo año fue anunciada la apertura del trámite de audiencia en el expediente de declaración; esta vez, el Consistorio local se pronunció destacando la imposición que esta singular pieza de ingeniería suponía sobre su entorno más inmediato.

El Ayuntamiento de Almería afirmó entonces que el cargadero se percibía como un artefacto autónomo impuesto al paisaje, con suficiente independencia sobre éste. Por tanto, el entorno delimitado en el expediente de declaración intentaba proteger la visualización del monumento, no salvaguardar relación alguna entre el mismo y el paisaje.

Para dicha Corporación, la zona urbana donde se ubica el cargadero de El Alquife es un área especialmente compleja e importante para el funcionamiento general de la ciudad de Almería, ya que en ella confluyen los principales sistemas viarios costeros e interiores, así como el ferroviario. En consecuencia, el Ayuntamiento consideraba que no existe un entorno próximo al cargadero que pueda ser objeto de protección individualizada, sino que la presencia de éste debe imponerse como un elemento conformador del paisaje urbano de la ciudad, cuyo tratamiento y ordenación debe corresponder al planeamiento general.

Finalmente, en el decreto por el que se declara bien de interés cultural el cargadero de mineral de El Alquife, dichas alegaciones no han sido tenidas en cuenta por considerar la Consejería de Cultura que la protección cautelar del entorno del monumento no paraliza el desarrollo urbanístico de esta zona de la ciudad de Almería.

 

 

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SANCIÓN DE 50 MILLONES DE PESETAS A "LOS CARRIZOS DE CASTILBLANCO S.A." POR INCUMPLIR LA LEY FORESTAL

 

 

El Consejo de Gobierno ha acordado, a propuesta del consejero de Medio Ambiente, sancionar a la entidad privada "Los Carrizos de Castilblanco, S.A." con una multa de 50 millones de pesetas por infringir la Ley Forestal de Andalucía. Además, dicha sociedad deberá restaurar, repoblar y realizar todas las obras necesarias para reparar los daños causados en la finca "Los Carrizos" dentro del primer periodo hábil para la plantación o siembra.

El expediente sancionador imputa a la empresa propietaria la realización en dicha finca, ubicada en el término municipal de Castilblanco de los Arroyos (Sevilla), el cambio de uso del suelo en una superficie aproximada de 570,5 hectáreas mediante el decapado del terreno, la eliminación masiva de encinas y la realización de labores agrícolas, plantándose olivos en parte de esta superficie. De esta manera, se han eliminado unas 3.000 encinas adultas, con una edad media superior a 20 años.

La Ley Forestal de Andalucía establece que el cambio de uso de los terrenos forestales para cultivos agrícolas u otros forestales requerirá autorización de la Administración, con independencia de la titularidad de los terrenos. La comisión de infracciones está castigada con sanciones de entre diez y cincuenta millones de pesetas.

Expedientes sancionadores

Por otra parte, la Consejería de Medio Ambiente tiene abierto otros dos expedientes sancionadores a "Los Carrizos de Castilblanco S.A" por una posible infracción a la normativa vigente en materia de prevención ambiental, así como por la instalación de tres cercas interiores que impiden la circulación de la fauna silvestre cinegética y no cinegética en el coto. La instalación de estas cercas, que dividieron el coto en cuatro partes, se realizó sin autorización administrativa, infringiendo los artículos 38 y 34 de la Ley 4/89, de Conservación de la Flora y Fauna.

Asimismo, la ley 7/94, de Protección Ambiental, dispone que todas las actuaciones que se lleven a cabo en el ámbito de la Comunidad Autonónoma y que se encuentren comprendidas en el anexo primero de la Ley estarán sometidas al requisito de evaluación de impacto ambiental. El apartado 19 del citado anexo recoge las transformaciones de uso del suelo que afecten a superficies superiores a 100 hectáreas, salvo si las mismas están previstas en el planeamiento urbanístico que haya sido sometido a evaluación ambiental. Las sanciones que establece esta ley para las infracciones graves están comprendidas entre 10 y 25 millones.

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