Publicada convocatoria de las ayudas extraordinarias a la creación artística y salas y espacios culturales ante la situación generada por el COVID-19 del Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo

17/06/2020

Hoy se ha publicado en el BOJA nº 115, de 17 de junio de 2020, la Resolución de 10 de junio de 2020, de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan en régimen de concurrencia no competitiva para el año 2020 las subvenciones reguladas en el Capítulo V del Decreto-ley 13/2020, de 18 de mayo, por el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes relativas a establecimientos hoteleros, coordinación de alertas, impulso de la telematización, reactivación del sector cultural y flexibilización en diversos ámbitos ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19), en la línea de apoyo a la creación artística y en la línea a las salas y espacios culturales por cancelación de la programación, modificado por la disposición final séptima del Decreto-ley 15/2020, de 9 de junio (BOJA extraordinario núm. 35, de 9 de junio de 2020), por el que con carácter extraordinario y urgente se establecen diversas medidas dirigidas al sector del turismo así como al ámbito educativo y cultural ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19).

Puede consultar la convocatoria en el siguiente enlace: 

Convocatoria de ayudas a la creación cultural extraordinarias y urgentes ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19)

Las solicitudes se presentarán preferentemente por medios telemáticos, siendo la dirección electrónica a la que podrán dirigir las solicitudes : https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/AAIICC, o bien a través del portal de Atención a la ciudadanía, https://juntadeandalucia.es/servicios.html.

Sin perjuicio de lo anterior, las solicitudes exclusivamente para la línea de creación artística podrán presentarse además en los lugares a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del extracto de la convocatoria efectuada mediante el mismo, por lo que concluirá el plazo el mismo día de la publicación de esta convocatoria del mes siguiente a la misma, o el inmediato hábil posterior en el caso que fuese inhábil, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. Por tanto, el acceso a través de la Ventanilla Electrónica de la Junta de Andalucía estará disponible para la presentación de solicitudes a partir de la medianoche del mismo día en el que la convocatoria ha sido publicada en BOJA.

Los formularios de solicitud (Anexos I) que se publican conjuntamente con la Resolución de la convocatoria se pueden obtener en la página web http://www.juntadeandalucia.es/cultura/web/AAIICC/ y en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía, así como en la sede de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales.

Recomendamos a todas las personas interesadas que antes de proceder a presentar su solicitud verifiquen que están utilizando para las mismas las últimas actualizaciones de los modelos publicados en nuestra página web, aunque se recuerda que los documentos publicados no tienen valor jurídico y se conciben como textos de ayuda, no eximiendo a las personas interesadas de la presentación de cualquier documentación requerida en las bases reguladoras de la convocatoria, publicadas en el Decreto Ley 13/2020, de 18 de mayo, por el que se establecen medidas extraordinarias y urgentes relativas a establecimientos hoteleros,coordinación de alertas, impulso de la telematización, reactivación del sector cultural y flexibilización en diversos ámbitos ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19).

 

AVISO IMPORTANTE PARA SOLICITANTES DE LA LÍNEA 2. AYUDAS POR LA CANCELACIÓN DE LA PROGRAMACIÓN

Se recuerda a las personas jurídicas interesadas en solicitar las ayudas de la Línea 2 - Cancelación de la Programación que la presentación de solicitudes y documentación anexa se puede hacer exclusivamente de forma electrónica en el registro telemático único de la Administración de la Junta de Andalucía, cuya dirección electrónica se indicará en la convocatoria (Artículo 57. Medio de presentación de solicitudes del Decreto-Ley 13/2020).

Se han actualizado los modelos Hoja de control y Modelos de la declaración responsable de la Línea 2 de ayudas por cancelación de la programación, de las ayudas a la creación cultural extraordinarias y urgentes ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19). En los mismos se han incluido referencias a los siguientes documentos, que deben ser aportados en la solicitud:

  • Copia del DNI/NIE/NIF de la persona solicitante, en vigor. Cuando ésta sea nacional de países no comunitarios, copia autenticada del permiso de trabajo y residencia. En todo caso, la presentación de la documentación se hará de conformidad con la normativa vigente en cada momento en materia de extranjería. En caso de personas jurídicas, copia del CIF.
  • DNI/NIE/NIF de la persona que ostente la representación legal o voluntaria de la persona solicitante, en los casos que así proceda.
  • Documentación acreditativa del poder de representación.

Se recomienda a las personas interesadas que consulten dichos modelos en sus apartados correspondientes en nuestra página web.

 

INSTRUCCIONES PARA PRESENTAR SOLICITUDES EN UNA OFICINA DE CORREOS - SOLO POSIBLE PARA PERSONAS FÍSICAS

Como se ha indicado en las diversas guías publicadas en nuestra Web, se recomendaba la presentación de solicitudes preferentemente a través de la Ventanilla Electrónica de la Junta de Andalucía. Sin embargo, es posible que haya personas solicitantes que prefieran presentar su solicitud en formato papel en un registro oficial.

La presentación en papel de las solicitudes solo es posible en el caso de el/la solicitante sea una PERSONA FÍSICA (las personas jurídicas están obligadas a la presentación de las solicitudes exclusivamente a través de la Ventanilla Electrónica de la Junta de Andalucía).

(ACLARACIÓN IMPORTANTE: la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales no dispone de un registro oficial de la Junta de Andalucía, por lo que las solicitudes no se pueden presentar de forma presencial directamente en la Agencia).

Si el registro oficial que se utiliza es una oficina de Correos, se recuerda a las personas solicitantes:

1) Que cuando depositen la documentación en Correos, DEBEN REQUERIR AL FUNCIONARIO/A DE ESA ENTIDAD QUE SELLE EL ANEXO I DE SU SOLICITUD. Sin ese sello de Correos en el formulario de solicitud Anexo I, la solicitud podría quedar inadmitida o desestimada.

2) Se recomienda que el envío se haga por correo certificado, ya que en ese tipo de envío en la etiqueta que imprimen en Correos aparece la fecha y hora de envío. De todos modos, verifiquen este punto con la persona que les atienda en Correos, ya que en caso contrario es recomendable que la persona solicitante incluya en el Anexo I de solicitud la hora exacta de presentación  (hora, minuto) escribiéndola a mano en el Anexo I.

3) La dirección de envío es:

Agencia Andaluza de Instituciones Culturales

Edificio Estadio La Cartuja. Puerta M. Isla de la Cartuja

41092 - Sevilla

Indicar en el sobre: Solicitud de ayudas a la creación cultural extraordinarias y urgentes ante la situación generada por el coronavirus (COVID-19)

Reiteramos que el plazo de presentación de solicitudes comienza al día siguiente de la publicación en BOJA de la correspondiente convocatoria.

 

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