LA INSTITUCION DEL NOTARIADO QUEDARA PERFECTAMENTE DEFINIDA YA EN LAS PARTIDAS DE ALFONSO X EL SABIO, EN ELLAS SE INDICA LA FORMA DE REDACTAR LOS DOCUMENTOS, EL NOMBRAMIENTO DE LOS ESCRIBANOS Y LA CONSERVACION DE LAS ESCRITURAS, QUE DETERMINARAN LA REUNION DE LOS PROTOCOLOS Y SERA EL GERMEN DE LOS FUTUROS ARCHIVOS NOTARIALES. EL ESCRIBANO PUBLICO ERA LA PERSONA QUE AUTENTIFICABA Y VALIDABA LOS CONTRATOS Y TRANSACCIONES ENTRE PARTICULARES, DADA LA FE PUBLICA QUE SE LES ATRIBUIA. SU ORIGEN SE REMONTA A LA ANTIGÜEDAD, PERO SERA A PARTIR DEL SIGLO XII CUANDO SE CREA EL OFICIO DE ESCRIBANO PUBLICO EN CIUDADES Y VILLAS MAYORES. LA REFORMA MAS IMPORTANTE LLEVADA A CABO EN LA EVOLUCION HISTORICA DE ESTA INSTITUCION SE PRODUCE CON LA LEY DEL NOTARIADO DE 1862, QUE EXPONDRA CLARAMENTE LAS FUNCIONES DE LOS NOTARIOS, COMO FUNCIONARIOS PUBLICOS AUTORIZADOS PARA DAR FE DE LOS CONTRATOS Y DEMAS ACTOS EXTRAJUDICIALES. SE LIBERABA EL NUMERO DE POSIBLES NOTARIAS Y EL ESCRIBANO PASA A DENOMINARSE NOTARIO PARA DISTINGUIRLO DEL ESCRIBANO JUDICIAL. ESTA LEY OTORGA LA PROPIEDAD DE LOS PROTOCOLOS AL ESTADO, CONSTITUYENDO EN SU CONJUNTO LOS FONDOS PARA CUYA CUSTODIA Y CONSERVACION NACIERON LOS ARCHIVOS HISTORICOS PROVINCIALES EN 1931. POR DECRETO DE 8 DE ENERO DE 1869 SE ESTABLECEN LOS ARCHIVOS GENERALES DE PROTOCOLOS Y EN EL DECRETO DE 2 DE MARZO DE 1945 SE CREO LA SECCION HISTORICA DE LOS ARCHIVOS NOTARIALES (MODIFICANDO LOS DECRETOS DE 12-11-1931 Y DE 12-1-1939). CONFORME A ESTAS DISPOSICIONES LEGALES EXISTEN ARCHIVOS NOTARIALES CON SECCION HISTORICA EN LAS CAPITALES SEDE DE COLEGIO NOTARIAL, EN LAS CAPITALES DE PROVINCIA (INTEGRADOS EN LOS AHP) Y EN LAS LOCALIDADES DONDE RADICA UN DISTRITO NOTARIAL. SU ACTUAL DEPENDENCIA ORGANICA ES RESPECTO DE LA DIRECCION GENERAL DE REGISTROS Y NOTARIADO, DEL MINISTERIO DE JUSTICIA.
Historia archivística
HASTA LA LEY ORGANICA DE 1862, LA DOCUMENTACION NOTARIAL SE CONSIDERABA PATRIMONIO DEL ESCRIBANO, SIN MAS OBLIGACION LEGAL QUE LA DE CONSERVARLA Y TRANSMITIRLA A SUS SUCESORES. AL RECONOCERSE LA PROPIEDAD DE LOS PROTOCOLOS AL ESTADO, ESTOS HABRAN DE TRANSFERIRSE A LOS ARCHIVOS DEL ESTADO.
SEGUN ESTABLECE LA NORMATIVA, LAS NOTARIAS SE COMPONEN DE LA DOCUMENTACION PRODUCIDA EN LOS ULTIMOS 25 AÑOS, SIENDO TRANSFERIDA A ESTE ARCHIVO, QUE SE ENCUENTRA EN LA C/ GARCIA ALIX, Nº 9. DESDE DONDE PASAN AL ARCHIVO HISTORICO PROVINCIAL CUANDO CUMPLEN EL SIGLO.
Contenido Y Estructura
Alcance y contenido
LOS PROTOCOLOS NOTARIALES CONSTITUYEN UNA IMPORTANTE FUENTE DOCUMENTAL PARA EL CONOCIMIENTO DE LA HISTORIA LOCAL. ESTE FONDO ESTA FORMADO POR EL CONJUNTO DE ESCRITURAS PUBLICAS CONTENIDAS EN LOS PROTOCOLOS NOTARIALES GENERADOS POR ESTOS NOTARIOS. ESTAS ESCRITURAS, COMO DOCUMENTOS PUBLICOS, SUPONEN LA AUTENTIFICACION DE CUALQUIER NEGOCIO JURIDICO OTORGADO ANTE DICHOS NOTARIOS, QUIENES VALIDAN LOS CONTRATOS Y TRANSACCIONES ENTRE PARTICULARES, ASI COMO LAS DILIGENCIAS JUDICIALES.
POR ELLO, ESTA DOCUMENTACION CONTIENE UNA RICA Y DIVERSA INFORMACION ACERCA DEL FUNCIONAMIENTO JURIDICO DE LA SOCIEDAD, INCLUYENDO TESTAMENTOS, COMPRAVENTAS, POLIZAS, CONCIERTOS, RECIBOS DE DOTES, CONSTITUCION DE COMPAÑIAS COMERCIALES, ETC.
Nuevos ingresos
EL NOTARIO DEPOSITA LOS DOCUMENTOS QUE GENERA ANUALMENTE, UNA VEZ ENCUADERNADOS, EN EL ARCHIVO DE LA NOTARIA
Clasificación. Ordenación
LOS PROTOCOLOS NOTARIALES ESTAN ORDENADOS POR NOTARIO Y FECHA
Acceso y Uso
Condiciones del acceso
SE FACILITA EL ACCESO A LOS NOTARIOS Y CUALQUIER PERSONA QUE SE ACREDITE LEGITIMAMENTE
Características físicas y requisitos técnicos
LOS PROTOCOLOS ESTAN ENCUADERNADOS Y COSIDOS. SU ESTADO DE CONSERVACION ES BUENO
Documentación Asociada
Unidades de descripción relacionadas
EL ARCHIVO HISTORICO PROVINCIAL Y LOS ARCHIVOS DE LAS NOTARIAS DE ALMERIA