Jue. 25 Abr, 2024

CREA-MEDIA-2023-FILMSALES: Apoyo a la distribución transnacional de películas europeas no nacionales.

Fecha límite: 20 de junio de 2023 (17:00 h Bruselas).

Convocatoria para agentes de ventas europeos destinada a generar un fondo potencial y proporcional al número de entradas vendidas de sus películas europeas a reinvertir posteriormente en la adquisición, la promoción y la distribución de películas europeas recientes no nacionales.

Solicitantes elegibles: Agentes de ventas europeos que actúen como agente intermediario del productor, especializados en la explotación de una película mediante la comercialización y la concesión de licencias a distribuidores u otros compradores para países extranjeros.

Solo se admitirán solicitudes de beneficiarios individuales.

El agente de ventas deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser nombrado agente de ventas por el productor de cada película declarada mediante un contrato o acuerdo escrito. El acuerdo firmado entre el agente de ventas y el productor de la película solo será aceptado si se le otorga al agente de ventas el derecho a vender la película en al menos diez países participantes en Europa Creativa MEDIA.

Proyectos elegibles: Para generar el fondo potencial y poder optar a la reinversión, la película deberá cumplir los siguientes criterios de elegibilidad:

  • Para calificar, las películas europeas deben ser ficciones (incluyendo animaciones) o documentales con una duración mínima de 60 minutos cuyo copyright esté establecido como muy pronto en 2019. Además, deben haber sido producidas mayoritariamente por productores establecidos en países participantes en Europa Creativa MEDIA y deben haber sido producidas con la participación significativa de profesionales nacionales/residentes de estos países.

El fondo potencial será proporcional al número de entradas de películas europeas no nacionales vendidas en los países participantes en Europa Creativa MEDIA, hasta un límite máximo fijo por película y ajustado para cada país.

Para ser elegibles, las entradas declaradas deben cumplir los siguientes criterios:

  • Deben obtenerse entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022.
  • El precio de la entrada se pagó al exhibidor correspondiente (incluyendo cualquier oferta especial o descuento), pero excluyendo aquellas entradas dónde no se pagó la tasa.
  • Deberán estar claramente identificadas y estar certificadas por la autoridad nacional correspondiente.
  • Deberán estar declaradas por los distribuidores que son elegibles en ese país.
  • Las películas deberán ser largometrajes europeos no nacionales elegibles en el país de distribución.
  • La película deberá tener su copyright establecido en 2019 como muy pronto.

Para calcular el fondo solo se tendrán en cuenta las entradas certificadas por las autoridades nacionales.

La ayuda funciona en dos fases:

  1. Generación de un fondo potencial, que se calculará en función de los ingresos admisibles obtenidos por las películas europeas no nacionales distribuidas por los distribuidores elegibles. Se calculará sobre la base de un coeficiente por entrada admisible en función de la nacionalidad de la película. Estará disponible para los agentes de ventas para nuevas inversiones en películas europeas no nacionales elegibles.

El importe del fondo potencial se calculará en dos pasos:

  • Paso 1: Se asignará un fondo de 20.000 euros si:
  • En el año 2022 el solicitante ha adquirido los derechos de dos películas (europeas o no), y
  • En el año 2022 dos películas europeas elegibles de su catálogo han sido distribuidas en un territorio no nacional para el que tiene los derechos de exhibición debidamente documentados por un documento oficial de taquilla (pruebas que deberán aportarse en caso de que la película no se encuentre inscrita en la base de datos de Europa Creativa).
  • Paso 2: Si el solicitante cumple los requisitos del paso 1, se calculará un fondo adicional multiplicando el número de entradas admisibles obtenidas en 2022 por un coeficiente por entrada.

El fondo potencial máximo admisible generado por el agente de ventas no superará el umbral máximo de 750.000 euros.

Si la suma de todos los fondos generados exediera el presupuesto disponible, el fondo potencial de cada solicitante se reducirá proporcionalmente. Esta reducción solo afectará a las cantidades generadas en el paso 2. 

  1. Ejecución de la acción: Actividades de reinversión subvencionables:

La reinversión puede realizarse en un máximo de cinco películas no nacionales diferentes. Se permite la reinversión en la misma película en diferentes categorías de costes. Las películas declaradas deben cumplir los criterios de elegibilidad anteriormente mencionados y deben ser no nacionales para el solicitante.

El fondo potencial generado de esta forma por cada beneficiario debe reinvertirse en:

  • Actividad 1: Adquisición de derechos de ventas internacionales.
  • Mínimos garantizados o anticipos pagados por los derechos de venta internacional de películas europeas no nacionales admisibles.

Solo serán admisibles los costes del mínimo garantizado o anticipo establecidos en el contrato / acuerdo de ventas internacionales firmado entre el agente de ventas y el productor de la película durante el periodo de implementación.

Se considerara un contrato/acuerdo internacional el firmado entre un agente de ventas y un productor si se establece en él el derecho del agente de ventas a vender la película en al menos diez países participantes en Europa Creativa MEDIA.

  • Actividad 2: Promoción, marketing y publicidad en el mercado de películas europeas no nacionales elegibles. Impresiones ópticas y digitales (digitalización y transcodificación). Subtitulación y doblaje (incluida la versión en inglés).

La actividad 1 solo será subvencionable hasta el 75% del total de la reinversión directa del presupuesto. Por lo tanto, al menos el 25% debe reinvertirse en películas.

Las actividades 1 y 2 no incluirán la organización de viajes ni el propio trabajo personal.

Los proyectos deben ajustarse a los intereses y prioridades de la política de la Unión Europea.

No se permite el apoyo financiero a terceros.

La duración de los proyectos será de 24 meses.

BASES REGULADORAS