BASES PRESENTAR LA SOLICITUD DOCUMENTACIÓN A ADJUNTAR AL EFORM

Publicada la convocatoria European Film Sales CREA-MEDIA-2022-FILMSALES.

Apoyo a la distribución de películas no nacionales y a los agentes de ventas internacionales.

Fechas límite: 14 de junio de 2022 (17:00 h Bruselas).

Convocatoria para agentes de ventas europeos destinada a generar un fondo potencial y proporcional al número de entradas vendidas de sus películas europeas a reinvertir posteriormente en la adquisición, la promoción y la distribución de películas europeas recientes no nacionales.

Financiación disponible:

El presupuesto total disponible es de 5 millones de euros.

Solicitantes elegibles:

Agentes de ventas europeos que actúen como agente intermediario del productor, especializados en la explotación comercial de una película mediante la comercialización y la concesión de licencias a distribuidores u otros compradores para países extranjeros.

Solo se admitirán solicitudes de beneficiarios individuales.

El agente de ventas deberá ser nombrado agente de ventas por el productor de cada película declarada mediante un contrato o acuerdo escrito. El acuerdo firmado entre el agente de ventas y el productor de la película solo será aceptado si se le otorga al agente de ventas el derecho a vender la película en al menos diez países participantes en Europa Creativa MEDIA.

Proyectos elegibles:

Para generar el fondo potencial y poder optar a la reinversión, la película deberá cumplir los siguientes criterios de elegibilidad:

  • Para calificar, las películas europeas deben ser ficciones (incluyendo animaciones) o documentales con una duración mínima de 60 minutos cuyo copyright esté establecido como muy pronto en 2015. Además, deben haber sido producidas mayoritariamente por productores establecidos en países participantes en Europa Creativa MEDIA y deben haber sido producidas con la participación significativa de profesionales nacionales/residentes de estos países.

El fondo potencial será proporcional al número de entradas de películas europeas no nacionales vendidas en los países participantes en Europa Creativa MEDIA, hasta un límite máximo fijo por película y ajustado para cada país.

Para ser elegibles, las entradas declaradas deben cumplir los siguientes criterios:

  • Deben obtenerse entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2021.
  • El precio de la entrada se pagó al exhibidor correspondiente (incluyendo cualquier oferta especial o descuento), pero excluyendo aquellas entradas dónde no se pagó la tasa.
  • Deberán estar claramente identificadas y estar certificadas por la autoridad nacional correspondiente.
  • Deberán estar declaradas por los distribuidores que son elegibles en ese país.
  • Las películas deberán ser largometrajes europeos no nacionales elegibles en el país de distribución.
  • La película deberá tener su copyright establecido como muy pronto:
    • En 2015 para entradas obtenidas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018.
    • En 2016 para entradas obtenidas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019.
    • En 2017 para entradas obtenidas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020.
    • En 2018 para entradas obtenidas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021.

Para calcular el fondo solo se tendrán en cuenta las entradas certificadas por las autoridades nacionales.

La ayuda funciona en dos fases:

  1. Generación de un fondo potencial, que se calculará en función de los ingresos admisibles obtenidos por las películas europeas no nacionales distribuidas por los distribuidores elegibles. Se calculará sobre la base de un coeficiente por entrada admisible en función de la nacionalidad de la película. Estará disponible para los agentes de ventas para nuevas inversiones en películas europeas no nacionales elegibles.
    El importe del fondo potencial se calculará en tres etapas:
  • Paso 1: Se asignará un fondo de 20.000 euros si:
    • En el año 2020 o 2021 el solicitante ha adquirido los derechos de dos películas (europeas o no), y
    • En el año 2020 o 2021 dos películas europeas elegibles de su catálogo han sido distribuidas en un territorio no nacional para el que tiene los derechos debidamente documentados por un documento oficial de taquilla (pruebas que deberán aportarse en caso de que la película no se encuentre inscrita en la base de datos de Europa Creativa).
  • Paso 2: Si el solicitante cumple los requisitos del paso 1, se calculará un fondo adicional multiplicando el número de entradas admisibles obtenidas en 2020 y 2021 por un coeficiente por entrada.
  • Paso 3: Un fondo adicional incluirá el 50% del promedio de todas las entradas elegibles declaradas en 2018 y 2019, aprobadas bajo las convocatorias de Distribución Automática 27/2018 y 22/2019, multiplicadas por un coeficiente de 0,35 euros por entrada elegible.

El fondo potencial máximo admisible generado por el agente de ventas no superará el umbral máximo de 750.000 euros.

2. Ejecución de la acción: Actividades de reinversión subvencionables:

La reinversión puede realizarse en un máximo de cinco películas no nacionales diferentes. Se permite la reinversión en la misma película en diferentes categorías de costes. Las películas declaradas deben cumplir los criterios de elegibilidad anteriormente mencionados y deben ser no nacionales para el solicitante.

El fondo potencial generado de esta forma por cada beneficiario debe reinvertirse en:

Actividad 1: Adquisición de derechos de ventas internacionales.

  • Mínimos garantizados o anticipos pagados por los derechos de venta internacional de películas europeas no nacionales admisibles.

Solo serán admisibles los costes del mínimo garantizado o anticipo establecidos en el contrato / acuerdo de ventas internacionales firmado entre el agente de ventas y el productor de la película.

Se considerara un contrato/acuerdo internacional el firmado entre un agente de ventas y un productor si se establece en él el derecho del agente de ventas a vender la película en al menos diez países participantes en Europa Creativa MEDIA.

Actividad 2: Promoción, marketing y publicidad en el mercado de películas europeas no nacionales elegibles. Impresiones ópticas y digitales (digitalización y transcodificación).

La actividad 1 solo será subvencionable hasta el 75% del total de la reinversión directa del presupuesto. Por lo tanto, al menos el 25% debe reinvertirse en películas.

Las actividades 1 y 2 no incluirán la organización de viajes y el trabajo personal.

Los proyectos deben ajustarse a los intereses y prioridades de la política de la Unión Europea.

No se permite el apoyo financiero a terceros.

La duración de los proyectos será de 24 meses.

Criterios de selección:

Relevancia (100 puntos):

Puntos máximos: 100 puntos.

Umbral global: 70 puntos.

En este enlace está disponible la documentación relativa a la Convocatoria European Film Sales CREA-MEDIA-2022-FILMSALES.

Si tienes alguna duda, puedes localizarnos en el telefono 955 929 047 y en el e-mail info@europacreativaandalucia.es


BASES

Bases

Explican como presentar una solicitud. Leer cuidadosamente antes de cumplimentar la documentación. Pendiente de publicación.


PRESENTAR LA SOLICITUD

Europa Creativa MEDIA Desk Andalucía es una oficina de asesoramiento y apoyo a las empresas andaluzas que deseen presentarse a las convocatorias de Europa Creativa MEDIA. Contáctanos si vas a presentar un proyecto.

Para ello, lo primero es obtener un Código de Identificación de Participante (PIC), registrándose en una cuenta EULogin y facilitando información relativa a la empresa en el Portal de oportunidades de financiación. Puedes consultar el Manual online para más instrucciones.

En el documento AGA — Annotated Grant Agreement se describen los detalles a tener en cuenta en el momento de firmar el contrato con la Agencia Ejecutiva. Más detalles sobre el proceso los encontrarás en el apartado de Preguntas Frecuentes del Portal de oportunidades de financiación.

Si después de consultar los documentos anteriores tienes dudas o algún problema técnico en relación al sistema electrónico de presentación de solicitudes puedes contactar con IT Helpdesk.

Para otro tipo de consultas puedes escribir un correo electrónico a: EACEADISTRIBUTION-SELECTIVE@ec.europa.eu


DOCUMENTACIÓN A ADJUNTAR AL EFORM

La convocatoria incluye las siguientes partes que deberán presentarse electrónicamente:

  • Solicitud parte A: contiene información administrativa sobre los solicitantes y el presupuesto del proyecto (se cumplimentará de manera electrónica)
  • Solicitud parte B: contiene la descripción técnica del proyecto (se deberá descargar del Portal Submission System, cumplimentarlo y volver a subirlo al portal en formato pdf)
  • Solicitud parte C: contiene información adicional del proyecto (se cumplimentará de manera electrónica)

Anexos obligatorios a la convocatoria: (disponible próximamente)

Otros documentos con información para el solicitante:

Más información en este enlace