Convocadas las subvenciones al tejido profesional para el año 2025
El plazo de presentación de solicitudes es de 30 dÃas hábiles desde su publicación
La ConsejerÃa de Cultura y Deporte, a través de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, convoca las subvenciones para el desarrollo y la promoción del flamenco en AndalucÃa con un presupuesto de 210.000 euros. Las ayudas al tejido profesional del flamenco atenderán la producción y creación de nuevos espectáculos en las modalidades de cante, toque y baile. Asà lo ha publicado hoy el BoletÃn Oficial de la Junta de AndalucÃa (BOJA número 1, de 2 de enero). El plazo de presentación de solicitudes es de treinta dÃas a partir del dÃa siguiente al de su publicación.
Podrán solicitar las ayudas las personas fÃsicas o jurÃdicas privadas, dedicadas a la producción de espectáculos flamencos en sus distintas expresiones que estén establecidas en un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo. Cuando el solicitante sea una persona jurÃdica privada deberá tener dentro de su objeto social la creación, producción y comercialización de espectáculos de flamenco y si fuera una persona fÃsica deberá dedicarse profesionalmente a la producción, creación y comercialización de espectáculos de flamenco. No podrán ser beneficiarias de estas ayudas, las asociaciones y demás entidades sin ánimo de lucro. Las actividades subvencionadas deben comenzar en 2025 y finalizar dentro del año siguiente, es decir 2026.
Las solicitudes serán evaluadas conforme a criterios artÃsticos y técnicos de valoración tales como el interés cultural y artÃstico del proyecto; la valoración artÃstica de la trayectoria del equipo artÃstico y creativo; la adecuación del presupuesto a la actividad objeto de la subvención, y por último la valoración de la capacidad de continuidad y proyección de la compañÃa. La convocatoria establece a su vez una serie de criterios de valoración cuantitativos como el proyecto artÃstico; financiación y contrataciones; trayectoria profesional del artista principal, y la consideración que el proyecto tenga de la igualdad de género.
Para poder optar a la condición de beneficiario, las solicitudes deberán obtener un mÃnimo de 50 puntos en la valoración total del proyecto y al menos 15 puntos en el primer apartado de los criterios artÃsticos y técnicos. En caso de empate en las puntuaciones totales, serán preferentes las solicitudes que hayan obtenido mayor puntuación en los criterios artÃsticos y técnicos a valorar por la Comisión, por orden decreciente de importancia.
La subvención que se conceda no puede superar el 75% de los gastos subvencionables del proyecto ni la cuantÃa de 50.000 euros. En el caso de pago anticipado, se materializará un abono de un primer pago, en concepto de anticipo, tras la resolución de concesión por el 50% de la ayuda concedida y un segundo pago, tras la justificación de su aplicación a la finalidad pretendida, por el 50% restante.
La solicitud, Anexo I, los formularios de alegaciones, reformulación y presentación de documentos, Anexo II, y el formulario de presupuesto detallado y del plan de financiación de la actividad para la que se solicita la subvención, Anexo III, estarán disponibles para su cumplimentación en el Catálogo de procedimientos y servicios de la Administración de la Junta de AndalucÃa en el siguiente enlace: https://www.juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/10901.html y en la página web de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales en el siguiente enlace https://juntadeandalucia.es/organismos/aaic/areas/ayudas-sector/flamenco.html.
La presentación de las solicitudes, cuando los solicitantes sean personas jurÃdicas, será exclusivamente por medios telemáticos a través de la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de AndalucÃa (VEAJA), siendo la dirección electrónica de envÃo https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/AAIICC. Cuando los solicitantes sean personas fÃsicas el medio de presentación telemático a través de Ventanilla Electrónica será preferente, sin perjuicio de su presentación a través de los restantes medios.
La resolución de la convocatoria deberá dictarse en un plazo máximo de seis meses contados desde el dÃa siguiente a la finalización del plazo para la presentación de solicitudes. Será publicada en el BoletÃn Oficial de la Junta de AndalucÃa, en la página web de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/es/index y en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Administración de la Junta de AndalucÃa.
Puede acceder a toda la información en este enlace.