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La ACREA multa nuevamente a varias empresas por manipular licitaciones públicas destinadas a la conservación y mantenimiento de carreteras

09 de agosto , 2023

- Se ha acreditado el intercambio de información relevante entre empresas competidoras.

- Se ha demostrado que las empresas sancionadas participaban en tres cárteles constituidos no sólo para dicho intercambio y para la fijación de los precios de adjudicación de seis contratos públicos, sino con el objetivo de repartirse las licitaciones.

- El total de las multas asciende a  5.785.276 euros y se impone la prohibición de contratar con la Administración.

La Agencia de la Competencia y de la Regulación Económica de Andalucía ha sancionado con un total de 5.785.276 euros a cuatro empresas, así como al administrador único de una de ellas, por prácticas contrarias al artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC), consistentes en el intercambio de información relevante entre empresas competidoras y la constitución de tres cárteles para el reparto y la fijación de los precios en la adjudicación de seis licitaciones de servicios de poda de setos arbustivos en medianeras, y, en otros, el control de vegetación en los márgenes de carreteras de titularidad de la Comunidad Autónoma de Andalucía, promovidas por la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía.

La autoridad andaluza de competencia ha podido acreditar que los cárteles operaron entre finales de mayo o principios de junio de 2020 y el 5 de octubre de 2021.

El mercado afectado por las conductas es el de prestación de servicios de conservación y mantenimiento de carreteras situadas en las ocho provincias andaluzas.

Se trata de infracciones muy graves prohibidas por el artículo 1.1.a) y 1.1.c) de la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia, teniendo el cártel unos efectos muy nocivos para el interés general.

Las empresas sancionadas por formar parte de este cártel son CORALSUR MANTENIMIENTO, S.L., EL EJIDILLO, VIVEROS INTEGRALES, S.L., EIFFAGE INFRAESTRUCTURAS, S.A.U., URBASER, S.A.U. y D. Alejandro Jesús García Castro (administrador único de CORALSUR MANTENIMIENTO, S.L.)

Coordinación de ofertas para las licitaciones

Las empresas EL EJIDILLO VIVEROS INTEGRALES, S.L., EIFFAGE INFRAESTRUCTURAS, S.A.U. y URBASER, S.A.U. intercambiaban información con CORALSUR MANTENIMIENTO, S.L. para que esta entidad les elaborase sus respectivas ofertas técnicas y económicas, con la finalidad de influir, en su valoración por la Mesa de Contratación, en la determinación del precio de los contratos, y, en última instancia, en su adjudicación, directa o indirecta, a CORALSUR MANTENIMIENTO, S.L.

Además, el traspaso de información entre las empresas implicadas se mantuvo en secreto para crear una ficción de independencia, cuando en realidad actuaban de forma coordinada, y su propósito evidente era el de falsear la competencia en los procedimientos de contratación en los que habían participado. Como resultado, las ofertas económicas presentadas en las licitaciones por las empresas que formaban parte del cártel no obedecieron a un criterio propio de cada una de ellas, sino que fueron determinadas por CORALSUR MANTENIMIENTO, S.L.

El objetivo principal de esta actuación empresarial coordinada no era el de intercambiar información o imponer un precio a la Administración, sino que se trataba de una estrategia ideada para el reparto de las licitaciones promovidas por la Consejería citada.

 

Investigación por la Agencia

La Agencia de la Competencia y de la Regulación Económica de Andalucía recibió en febrero de 2021 una denuncia efectuada por la entidad SEANTO, S.L. alertando de la posible existencia de un cártel que afectaba al mercado de prestación de servicios de conservación y mantenimiento de carreteras. Tras la realización de un trámite información reservada y diversas actuaciones inspectoras, entre ellas, la inspección domiciliaria en la sede de algunas empresas que formaron parte del cártel, en diciembre de 2021 se incoó un expediente sancionador a CORALSUR MANTENIMIENTO, S.L. y a su Administrador único, D. Alejandro Jesús García Castro, a EIFFAGE INFRAESTRUCTURAS, S.A.U. y a EL EJIDILLO VIVEROS INTEGRALES, S.L. En mayo de 2022 se incluyó a Urbaser, S.A.U. en el mismo procedimiento sancionador.

Las prácticas investigadas han tenido una especial “complejidad” y un carácter “continuado”.

 

Multas y prohibición de contratar con la administración

Como consecuencia de las infracciones acreditadas en el marco de este procedimiento sancionador, el Consejo de la Competencia de Andalucía ha impuesto las siguientes sanciones económicas:

 

Empresas

Multa final ()

CORALSUR MANTENIMIENTO, S.L.

211.438

EL EJIDILLO VIVEROS INTEGRALES, S.L

268.744

EIFFAGE, S.A.U.

2.065.601

URBASER, S.A.U.

3.229.493

D. Alejandro Jesús García Castro

10.000

Además de estas multas, el Consejo de la Competencia de Andalucía ha impuesto la medida de prohibición de contratar con las administraciones públicas, circunscrita al ámbito de las licitaciones convocadas por la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía en relación con la contratación de la poda de setos arbustivos en medianeras, y el control de vegetación en márgenes, referidos en ambos supuestos a la Red Autonómica de Carreteras de Andalucía. Ello, en aplicación de lo previsto en el artículo 71.1.b) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

En concreto, la duración de esta prohibición de contratar varía en cada caso, dependiendo del grado de responsabilidad acreditado en la resolución, siendo para CORALSUR MANTENIMIENTO, S.L. de dos años; para las entidades EL EJIDILLO VIVEROS INTEGRALES, S.L. y EIFFAGE, S.A.U., de seis meses; y para URBASER, S.A.U. de 3 meses de duración.

Por último, el Consejo insta a la Secretaría General de la Agencia de la Competencia y de la Regulación Económica de Andalucía para que vele por la adecuada y correcta ejecución de esta Resolución y al Departamento de Investigación de Defensa de la Competencia de Andalucía a vigilar su cumplimiento. Asimismo, recuerda que esta resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación.

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