Junta de Andalucía

Agencia Andaluza del Conocimiento

Programa Talentia

 

Modificación de la resolución

Se podrá modificar la resolución de concesión

Las solicitudes de modificación de la resolución de concesión deberán remitirse al órgano concedente, es decir,  a la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología.

El procedimiento está regulado por el artículo 23 del Texto Articulado de las bases reguladoras y el apartado 21 del Cuadro Resumen específico para cada una de las líneas Máster y Doctorado.

Casos en los que se podrá dar la modificación:

  • Por eventualidad que afecte a universidad, contenido, especialidad académica curricular o plazo de superación.
  • Cuando pagos de matrícula difieran de los concedidos (fluctuación tipos de cambio; actualizaciones anuales de los precios de matrícula; elección de asignaturas; importe de matrícula no publicado; error material)
  • Cuando importes de bolsas de estancia deban ser modificados por ajuste entre la duración prevista y real de los programas.
  • Específicamente, por disfrute de permiso de maternidad o baja médica de larga duración (superior a un mes)

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