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La dirección de cada centro designará a un miembro del Claustro de Profesorado para desempeñar las funciones asignadas a la Coordinación TDE.
Además, en aquellos centros que impartan algunas de las enseñanzas contempladas en el PCT Código Escuela 4.0 (segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y/o Educación Secundaria Obligatoria), la dirección de cada centro también designará de entre los miembros del Claustro de Profesorado a la persona que desempeñará las funciones asignadas a la Coordinación STEAM 4.0.
Para ello se podrán tener en cuenta los aspectos reseñados en los apartados sexto y séptimo, respectivamente, de la Resolución de 1 de agosto de 2025, de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, sobre medidas para el impulso de la Competencia Digital en los centros docentes sostenidos con fondos públicos en el Marco del Programa de Cooperación Territorial Código Escuela 4.0.
Las horas semanales de dedicación de ambos perfiles están recogidas en el apartado octavo de la citada Resolución.
La persona que desempeñe la coordinación TDE inscribirá en el Sistema de Información Séneca a los miembros del Claustro de Profesorado que deseen participar en el proceso de Transformación Digital.
En los centros que impartan alguna de las enseñanzas contempladas en el PCT Código Escuela 4.0 (segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y/o Educación Secundaria Obligatoria), esta participación incluirá la realización de las tareas que se le asignen dentro del Proyecto STEAM 4.0 de su centro, incluida su integración en los procesos de enseñanza y aprendizaje.
La inscripción de nuevos participantes podrá realizarse de forma extraordinaria a lo largo del curso en caso de incorporación de efectivos. No obstante, en ningún caso se podrá certificar la participación o el desempeño de la coordinación TDE O STEAM 4.0 por periodos inferiores a seis meses.
Rúbrica TDE: tomando como referencia el Informe de Centro y la rúbrica distribuible (opcional), el equipo directivo, la persona que desempeña la coordinación TDE y la persona que desempeña la coordinación STEAM 4.0 en los centros contemplados en el PCT Código Escuela 4.0 (segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y/o Educación Secundaria Obligatoria), realizarán la autoevaluación de la competencia digital del centro según el Marco #DigCompOrg partiendo de la Rúbrica TDE del curso escolar 2024-2025.
La Rúbrica TDE incluye algunos descriptores relacionados con el ámbito STEAM que pueden servir de referencia a la hora de implementar el Programa Escuela Código 4.0 en cada centro educativo.
La persona que desempeña la coordinación TDE, en coordinación con el equipo directivo, actualizará el PAD en función de los elementos susceptibles de mejora detectados a través de la Rúbrica TDE.
Asimismo, en aquellos centros que impartan alguna de las enseñanzas incluidas en el Programa de Cooperación Territorial Código Escuela 4.0 (segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y/o Educación Secundaria Obligatoria), la persona que desempeña la coordinación STEAM 4.0 deberá colaborar en la actualización del mismo para integrar en el PAD las Líneas de Actuación necesarias para la puesta en marcha del Proyecto STEAM 4.0 de su centro.
Se considerará completo cuando exista al menos una Línea de Actuación por ámbito y se haya cumplimentado la pestaña de recursos.
En los centros contemplados en el PCT Código Escuela 4.0 resulta necesario elaborar un plan de trabajo que permita adaptar su implementación al contexto, las características y la experiencia previa que cada centro pueda tener en la aplicación de metodologías STEAM.
Para ello, la persona coordinadora STEAM 4.0, en colaboración con la dirección del centro y con la persona coordinadora TDE y con la ayuda de su Asesoría Técnica de Innovación de referencia, deberá crear un proyecto de trabajo que comprenderá las dos fases descritas en la Resolución de 1 de agosto de 2025, de la Dirección General de Innovación y Formación del Profesorado, sobre medidas para el impulso de la Competencia Digital en los centros docentes sostenidos con fondos públicos en el Marco del Programa de Cooperación Territorial Código Escuela 4.0:
Durante el desarrollo del curso escolar, la persona que desempeñe la Coordinación STEAM 4.0 deberá reflejar, en el Proyecto STEAM 4.0, las evidencias de actividades y/o Situaciones de Aprendizaje realizadas en las distintas etapas a lo largo de cada trimestre.
– Para ello se contará con un breve formulario en el que puedan indicar el tiempo dedicado al desempeño de sus funciones durante las horas de dedicación asignadas y una breve descripción de las tareas realizadas.
– Este registro se grabará durante la primera semana del mes siguiente, a excepción de las correspondientes al mes de junio de 2026, que se podrá justificar en la última semana de dicho mes.
La dirección del centro deberá verificar, con una periodicidad trimestral, las tareas desarrolladas por la persona coordinadora STEAM 4.0 en su centro para el cumplimiento de los objetivos establecidos en el Proyecto STEAM 4.0.
– El Sistema de Información Séneca proporcionará directamente un Informe trimestral a partir de los correspondientes informes mensuales generados por parte de la persona coordinadora STEAM 4.0. para que pueda firmarlo o, si lo estima necesario, solicitar las modificaciones necesarias.
Para facilitar la integración del pensamiento computacional, los lenguajes de programación y la robótica educativa en las aulas con el alumnado como elementos novedosos en los currículos educativos, todos los centros sostenidos con fondos públicos que impartan algunas de las enseñanzas correspondientes al segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y/o Educación Secundaria Obligatoria recibirán el acompañamiento suficiente para el desarrollo del programa a través de las siguientes medidas:
1. Creación de una red de asesorías especializadas para dar soporte técnico y pedagógico al profesorado.
La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional nombrará una red de docentes a través de una convocatoria pública para la provisión de puestos en comisión de servicios para que constituyan una red de Asesorías Técnicas de Innovación (en adelante ATI) cuya función principal será el acompañamiento y apoyo al profesorado durante todo el proceso.
2. Designación de la persona coordinadora STEAM 4.0 en cada centro educativo.
3. Despliegue formativo dirigido a la red de ATI, coordinación STEAM 4.0 y al profesorado de centros sostenidos con fondos públicos.
Dotación de equipamiento
Para facilitar el proceso de diseño e implementación del Proyecto STEAM 4.0 en los centros educativos que impartan algunas de las enseñanzas correspondientes al segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y/o Educación Secundaria Obligatoria, desde la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional se tiene prevista la dotación de equipamiento específico que permita el correcto desarrollo de las competencias digitales, en concreto del pensamiento computacional, la programación, la robótica y el uso de la inteligencia artificial.
Este material debe permitir el trabajo y desarrollo con el alumnado de situaciones y actividades de aprendizaje en torno a estas competencias digitales. Así, estas dotaciones incluirán herramientas de software y hardware (robots didácticos, placas programables, sensores y actuadores, etc.).
Esta dotación tendrá en cuenta las particularidades del alumnado y de la etapa educativa a la que esté dirigida.