La Orden 15 de abril de 2011 establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía. Las entidades beneficiarias disponen de 10 días hábiles a contar desde el siguiente al de su publicación en la Web de la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía, a través del Anexo II (Formulario de Alegaciones / Aceptación / Reformulación y Presentación de Documentos) para:

  1. - Presentar alegaciones
  2. - Reformular su solicitud
  3. - Comunicar su aceptación o renuncia a la subvención propuesta.

Las entidades beneficiarias incluidas en el Anexo I de la Resolución provisional deberán presentar junto al Formulario-Anexo II la siguiente documentación:

  1. - Declaración expresa responsable
  2. - Copia de CIF de la Entidad
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