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Ley 2/2016, de 11 de mayo, por la que se modifica la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, en materia de valoración de la antigüedad a efectos de méritos.

Fecha de publicación:

Ámbito: Autonómico

Rango: Ley

Normativas modificadas

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    LEY 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía (BOJA 28-11-1985)

    Se modifica la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, en los siguientes términos:

    Uno. Se añade un apartado 3 al artículo 26, con la siguiente redacción:
    «3. Para valorar la antigüedad en la Administración a efectos de méritos en los procedimientos de provisión de puestos de trabajo, se computarán los servicios prestados como personal funcionario de carrera e interino.»

    Dos. Se añade un apartado 4 al artículo 37, con la siguiente redacción:
    «4. Para valorar la antigüedad en la Administración a efectos de méritos en los procedimientos de promoción interna, se computarán los servicios prestados como personal funcionario de carrera e interino.»

    Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
    Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente Ley o lo contradigan.

Info
Nodo: sv0205.ced.junta-andalucia.es
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