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Titulación del alumnado de Formación Profesional Básica (Cursos 2015/16 y 2016/17)

 

 

 

 

 

 

 

Consejería de Educación

Programa financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y cofinanciado por el Fondo Social Europeo

El alumnado que tras la evaluación final de 2º curso supere todos los módulos profesionales que componen el ciclo formativo deberá ser propuesto para la expedición del título Profesional básico correspondiente. A tal efecto, en la segunda evaluación final que tendrá lugar una vez finalizado el periodo de la FCT, deberá consignarse que "obtiene título" como "resultado de la promoción" y realizarse la correspondiente gestión de propuesta de título a través de la aplicación Séneca.

En virtud de la disposición transitoria única del RD 1058/2015, de 20 de noviembre, por el que se regulan las características generales de las pruebas de la evaluación final de educación primaria establecida en la ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, los alumnos y alumnas que obtengan un título de Formación Profesional Básica en los cursos 2015/2016 ó 2016/2017, en tanto no sea de aplicación la evaluación prevista en el artículo 44.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, podrán obtener el título de Educación Secundaria Obligatoria, siempre que, en la evaluación final del ciclo formativo, el equipo docente considere que han alcanzado los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria y adquirido las competencias correspondientes.

Al alumnado que sea propuesto para la expedición de ambos títulos (Profesional Básico y Graduado en ESO) se le deberá consignar que "Obtiene títulos de FPB y Graduado en ESO" como "Resultado de la promoción" y deberá realizarse la doble gestión de propuesta de título a través de la aplicación Séneca.

Opciones

Nodo: sv0204.ced.junta-andalucia.es
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