Cuestiones generales
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¿Qué ocurre si no puedo realizar la FCT en una empresa, durante el curso escolar 2019/2020, por culpa del COVID-19?
Podrás acogerte a las medidas excepcionales establecidas en la Resolución de 24 de abril de 2020, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se adoptan medidas para flexibilizar la realización del módulo de formación en centros de trabajo en las enseñanzas de formación profesional del sistema educativo y de las enseñanzas de régimen especial. -
¿Cuáles son las medidas excepcionales establecidas en la Resolución de 24 de abril de 2020?
- Posibilidad de reducir la duración del módulo de FCT a 220 horas, en el caso de los ciclos de Grado Medio y de Grado Superior, y a 130 horas, en el caso de los ciclos de Formación Profesional Básica.
- En lugar de llevar a cabo la FCT en una empresa, realización de un módulo integrado FCT-Proyecto, por medios telemáticos, con una duración de 245 horas en el caso de los ciclos de Grado Superior; de 240 horas, en el caso de los ciclos de Grado Medio; y de 150 horas, en el caso de los ciclos de Formación Profesional Básica.
- Realización del módulo de FCT, en una empresa (entorno de trabajo real), en el primer o segundo trimestre del curso escolar 2020/2021.
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Para acogerme a alguna de las medidas excepcionales recogidas en la Resolución de 24 de abril de 2020, ¿debo hacer alguna solicitud?
No, salvo en el caso de quieras hacer la FCT el próximo curso escolar 2020/2021. En este caso, y solo en este, debes rellenar un formulario, que te proporcionarán desde tu centro educativo, indicando que quieres realizar el módulo de FCT en el próximo curso escolar y solicitando la modificación de tu matrícula para ello. -
¿Puedo titular en este curso si no llevo a cabo el módulo de FCT en un centro de trabajo?
Sí, podrás titular este curso escolar 2019/2020 si llevas a cabo un módulo integrado FCT-Proyecto con evaluación positiva. -
¿Puedo realizar presencialmente la FCT en el caso de que lo haga en una empresa autorizadas para trabajar y que cumpla las medidas de higiene y seguridad sanitarias actuales?
No, pues en el estado actual del Decreto de alerta está suspendida cualquier actividad educativa presencial.
Módulo de FCT ya iniciado
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¿Qué ocurre si ya he realizado parte del módulo de FCT en una empresa y no pude continuar en la misma tras la declaración del estado de alarma?
Podrás realizar el módulo integrado FCT-Proyecto con una duración igual al resultado de restar las horas que has realizado en la empresa a 245 horas (en el caso de un ciclo formativo de Grado Superior), a 240 horas (en un ciclo formativo de Grado Medio) o a 150 horas (en el caso de la Formación Profesional Básica), siempre y cuando la evaluación del periodo realizado en el centro de trabajo sea positiva. -
Si ya he realizado parte del módulo de FCT en una empresa, ¿puedo llevar a cabo las horas que me falten de FCT, en una empresa, durante el curso escolar 2020/2021?
No. Si optas por realizar el módulo de FCT en el curso escolar 2020/2021, tendrás que realizar la totalidad de las horas de dicho módulo, es decir, no cuentan las horas de FCT que hayas realizado durante el curso escolar 2019/2020 para la matrícula del próximo curso.
Realización del módulo integrado FCT-Proyecto
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Si decido llevar a cabo la FCT a través de la realización del módulo integrado FCT-Proyecto, ¿puedo volver a hacer la FCT presencialmente el curso que viene, en las condiciones que se establecen en la Resolución de 24 de abril de 2020?
No, el alumnado que obtenga una evaluación positiva, tras la realización del módulo integrado de FCT-Proyecto, será propuesto para titulación y no podrá volver a matricularse en dichos módulos.
Realización del módulo de FCT fuera del período ordinario
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Si decido llevar a cabo el módulo de FCT en una empresa durante el primer o segundo trimestre del curso escolar 2020/21, ¿cuántas horas debo realizar, las indicadas en la Resolución de 24 de abril de 2020 o las horas totales establecidas en la orden que regula el currículo de mi título?
Si decides llevar a cabo el módulo de FCT durante el primer o segundo trimestre del curso escolar 2020/2021, por querer realizarlo en un entorno real de trabajo, tendrá la duración establecida en la orden que regula el currículo de tu título, no pudiendo aplicarse la reducción de horas establecida en la Resolución de 24 de abril de 2020. -
Si decido llevar a cabo el módulo de FCT en el curso escolar 2020/2021, ¿cuándo puedo realizarlo: en el primer trimestre, en el segundo trimestre o a lo largo de ambos trimestres?
Por parte de tu centro docente se te indicará en qué período podrás llevar a cabo el módulo de FCT en el curso escolar 2020/2021, es decir, si tienes que hacerlo durante el primer o el segundo trimestre. -
Si decido realizar el módulo de FCT en el curso escolar 2020/2021 y, para entonces, todavía no se puede acceder a las empresas, ¿tendría que, en su lugar, realizar el módulo integrado de FCT-Proyecto o podría posponer de nuevo la realización de la FCT?
Estas medidas excepcionales solo resultan de aplicación en el curso 2019/2020. En este momento no se conocen las decisiones que se pudieran adoptar en el supuesto de que en el curso 2020/2021 resultara imposible la realización del módulo de Formación en Centros de Trabajo (FCT).
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Si decido llevar a cabo la realización del módulo de FCT durante el curso escolar 2020/21, ¿qué tengo que hacer para solicitar dicha opción?
Debes solicitar a tu centro educativo la modificación de tu matrícula, excluyendo el módulo de FCT y de Proyecto, si es el caso, para poder matricularte en el próximo curso escolar 2020/2021 y realizarlos en el primer o segundo trimestre. El alumnado que esté cursando un ciclo de Grado Superior, podrá optar por realizar el módulo de Proyecto en este período (curso escolar 2019/2020) o en el curso próximo, aunque se evaluará una vez cursado el módulo de FCT. El plazo para solicitarlo no debe ser posterior al día 8 de mayo. -
[NUEVA] ¿Cómo hago llegar a mi centro educativo la solicitud de modificación de matrícula para poder realizar la FCT el curso que viene?
A través de los recursos que tengas a tu alcance, siempre que con estos quede constancia de la recepción de la documentación por el centro docente. Si tienes dudas, contacta con tu centro docente para que te indiquen cuál es la mejor forma de hacerlo.
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¿Pierdo una convocatoria si decido realizar el módulo de FCT durante el curso escolar 2020/2021, solicitando para ello la modificación de mi matrícula?
No, no se pierde una convocatoria. -
Si decido realizar el módulo de FCT en el curso escolar 2020/2021, ¿cuándo titularía?
Titularías una vez que se lleve a cabo la evaluación positiva del módulo de FCT y de Proyecto, si es el caso. -
[ACTUALIZADA] ¿Perdería mi beca si decido llevar a cabo el módulo de FCT en el próximo curso escolar 2020/2021?
No, según la última información recibida del Ministerio de Educación y Formación Profesional de fecha 14 de mayo de 2020, no perderías tu beca.
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En caso de haber solicitado ya la modificación de matrícula, ¿puedo volverme atrás para no tener que reintegrar el importe de la beca? ¿Qué plazo tengo para ello?
Sí, hasta el 15 de mayo, podrás optar por realizar el módulo de FCT en el período ordinario, una vez conocidas las Instrucciones del Ministerio de Educación y Formación Profesional para la gestión de los reintegros de becas y ayudas al estudio correspondientes al curso 2019/2020, de fecha de 7 de mayo de 2020. -
¿Puedo optar a la ayuda por desplazamiento para la realización de la FCT si decido llevar a cabo el módulo de FCT en el próximo curso escolar 2020/2021?
Sí. Tendrías que solicitar la ayuda por desplazamiento en la convocatoria del curso escolar 2020/2021. -
¿Tengo que realizar un Proyecto si estoy cursando un ciclo de Grado Medio o un ciclo de Formación Profesional Básica y decido realizar el módulo de FCT en el curso escolar próximo?
No. Si te decides por la opción de realizar el módulo de FCT durante el próximo curso escolar, solo tienes que llevar a cabo el módulo de FCT. -
El alumnado de ciclos formativos de Grado Superior que opte por llevar a cabo el módulo de FCT el próximo curso escolar 2020/2021, ¿puede realizar el Proyecto durante este curso escolar 2019/2020?
Sí. Puedes optar por realizar el Proyecto en este curso escolar 2019/2020 o llevarlo a cabo en el momento de realizar el módulo de FCT el próximo curso escolar 2020/2021, aunque si bien, se evaluará una vez cursado el módulo de FCT. -
[NUEVA] Si soy un/a alumno/a de un ciclo formativo de grado superior que decido realizar el módulo de FCT el próximo curso escolar, pero llevo a cabo el de Proyecto en este curso escolar, ¿cuándo debo presentarlo y cuándo se evaluará?
La presentación, evaluación y calificación del módulo profesional de Proyecto se realizará en el momento de la finalización del módulo profesional de FCT en el próximo curso. Y, puesto que la evaluación se tiene que realizar una vez cursado el módulo de FCT, de acuerdo con el artículo 40.1 de la Orden de 28 de septiembre de 2011, con el objeto de posibilitar la incorporación en el mismo de las competencias adquiridas durante la realización de este último, aunque se pueda avanzar ahora en su realización, se completará el curso próximo para su evaluación por el equipo docente de segundo del curso escolar 2020/2021, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Orden de 28 de septiembre de 2011.
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¿Tengo que volver a matricularme en el módulo de FCT para el curso escolar próximo si decido realizar el módulo de FCT en el curso escolar 2020/2021 y solicito modificación de mi matrícula para ello?
Sí, debes matricularte en el módulo de FCT y de Proyecto, si es el caso, en el periodo ordinario de matriculación establecido para ello. -
¿Es necesaria la realización y firma de un nuevo acuerdo de colaboración con la empresa o entidad colaboradora si decido llevar a cabo el módulo de FCT en el curso escolar 2020/2021?
Sí, antes de que el alumnado se incorpore a la empresa o entidad colaboradora para llevar a cabo el módulo de FCT, debe elaborarse y firmarse un nuevo acuerdo de colaboración que contemple este nuevo periodo de prácticas. -
[NUEVA] ¿Debo volver a solicitar la modificación de la matrícula para poder hacer la FCT el curso que viene si lo he hecho a través del modelo de renuncia a convocatoria?
Sí, debes volver a solicitar la modificación de tu matrícula a través del documento específico elaborado para tal fin y remitido a los centros docentes, para que quede claro, de forma inequívoca, qué es lo que estás solicitando.
Exención del módulo de FCT
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Si quiero solicitar la exención, total o parcial, del módulo de FCT por pertenecer al área sanitaria o sociocomunitaria y haber accedido a un contrato de trabajo de los establecidos en el marco de la Orden SND/299/2020, de 27 de marzo, en cuanto a las medidas relativas a los profesionales sanitarios en formación, ¿qué documentación debo entregar?
Se debe entregar la documentación contemplada en el artículo 23.5 de la Orden de 28 de septiembre de 2011, por la que se regulan los módulos profesionales de FCT y de proyecto para el alumnado matriculado en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía. -
Soy un/a alumno/a del área sanitaria o sociocomunitaria que ha accedido a un contrato de trabajo de los establecidos por la Orden SND/299/2020, de 27 de marzo, en cuanto a las medidas relativas a los profesionales sanitarios en formación, ¿qué tiempo mínimo tengo que estar contratado para poder solicitar la exención, total o parcial, de la FCT?
No existe una temporalidad mínima. En la resolución se recoge que no será de aplicación la duración de un año de experiencia laboral. Se valorarán los resultados de aprendizaje alcanzados. -
[NUEVA] ¿Qué plazo tengo para solicitar la exención, total o parcial, del módulo de FCT este curso escolar?
Desde el 12 al 16 de mayo de 2020, ambos incluidos.
Modalidad FCT teletrabajo ofrecida por la empresa
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Si mi empresa me ha ofrecido la posibilidad de llevar a cabo el módulo de FCT en modalidad de teletrabajo y así lo estoy realizando, ¿debo abandonar dicha modalidad y acogerme a alguna de las medidas excepcionales establecidas en la Resolución de 24 de abril de 2020?
No, debes continuar realizando el módulo de FCT bajo esta modalidad de teletrabajo (si la empresa te lo permite), hasta completar la totalidad de horas establecidas, para el módulo de FCT, en el currículo del título que estás cursando. Cualquier incidencia que impidiera la continuidad debe ser comunicada al tutor del módulo de FCT.