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¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes? |
R |
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¿Quiénes están obligados a participar? |
R | Están obligados a participar:
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¿Quiénes pueden participar de forma voluntaria? |
R | Podrán participar voluntariamente:
Puede consultar sus puestos acreditados a través del Portal Docente. |
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Soy funcionario de carrera con una comisión de servicios concedida, ¿estoy obligado a participar? |
R |
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¿Cómo se solicitan los puestos, provincias y centros/localidades en el formulario? |
R | Para solicitar puestos, provincias y centros/localidades deberá pinchar en los enlaces «Seleccionar puestos ordinarios y específicos», «Seleccionar provincias» y «Seleccionar Centros/Localidades» respectivamente. No se puede escribir el código directamente en el campo del formulario. |
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¿Qué centros no se incluyen en la petición a localidad o provincia? |
R | Para todo el personal docente participante, a excepción del que lo hace a Conservatorios de Música y Artes Escénicas, al realizar su petición a localidad o provincia, no se entenderán incluidos los centros relacionados en los siguientes anexos: - Anexo VI. «Centros Integrados de Formación Profesional» - Apartado 2 de la base decimotercera cuyos centros son los recogidos en los anexos del último Concurso General de Traslados:
Para obtener destino en estos centros se deberán solicitar expresamente. Al rellenar la solicitud en la aplicación e incluir alguno de estos centros, aparecerán en color amarillo. |
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¿Cuándo tengo que adjuntar la documentación que se me requiere? |
R | Una vez validada y cerrada la solicitud, en el momento de la presentación y firma puede adjuntar cuantos documentos considere necesarios. |
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No se me ha tenido en cuenta un puesto específico para el que adjunté documentación acreditativa en la solicitud. |
R | La acreditación de los puestos específicos no se realiza en este procedimiento, debería haberse realizado de forma independiente por el procedimiento establecido por Resolución de 6 de abril de 2025, entre el 10 abril y el 27 junio de 2025, a través del Portal Docente. Puede consultar los puestos específicos que tiene acreditados en: Portal Docente > Datos administrativos > Información personalizada > Consultar puestos específicos acreditados. |
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He cometido un error a la hora de ordenar o seleccionar puesto o centros, o el colectivo de participación, ¿puedo corregirlo en el plazo de alegaciones? |
R | La base segunda, en su apartado 2, establece que: El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de su publicación en BOJA. Concluido dicho plazo, no se podrá modificar ningún dato ni ninguna petición consignados en las mismas. En el supuesto de participar por más de un colectivo a que se refiere la base primera, deberá cumplimentarse una solicitud por cada colectivo por el que se participe. Del mismo modo, concluido el plazo de presentación de solicitudes no se podrá solicitar cambiar el colectivo de participación cumplimentado por la persona solicitante. En el supuesto de presentarse más de una instancia por un mismo colectivo, solo se tendrá en cuenta la última, quedando invalidadas las anteriores. |
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¿Qué personal funcionario de carrera del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas que participa en este procedimiento está obligado a solicitar las cinco provincias de Andalucía donde se encuentran los conservatorios superiores? |
R | El personal de los colectivos a que se refieren los párrafos d), g) y h) del apartado 1 de la base primera, es decir: d) Personal funcionario de carrera del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas en el último año de adscripción en el extranjero que reingrese por este procedimiento. Deberá indicar, por orden de preferencia, las cinco provincias de Andalucía donde se encuentran los conservatorios superiores. De no hacerlo así, podrá ser destinado a cualquier centro educativo de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Igualmente, el personal funcionario de carrera del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas que no tenga destino definitivo y sea beneficiario de una comisión de servicio deberá solicitar, por orden de preferencia, las cinco provincias de Andalucía donde se encuentran los conservatorios superiores. |
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¿Qué personal funcionario de carrera que participa en este procedimiento está obligado a solicitar las ocho provincias? |
R | El personal de los colectivos a que se refieren los párrafos d), g) y h) del apartado 1 de la base primera, es decir: d) Personal funcionario de carrera en el último año de adscripción en el extranjero que reingrese por este procedimiento. Deberá indicar, por orden de preferencia, las ocho provincias de Andalucía. De no hacerlo así, podrá ser destinado a cualquier centro o servicio educativo de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Igualmente, el personal funcionario de carrera que no tenga destino definitivo y sea beneficiario de una comisión de servicio deberá solicitar, por orden de preferencia, las ocho provincias de Andalucía. |
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Los funcionarios que se acojan a la opción de cambio de centro al finalizar el mandato de dirección en su centro de destino definitivo, ¿qué especialidades pueden solicitar? |
R | Deberán solicitar puestos de trabajo en cualquier centro o localidad, exclusivamente por la especialidad del puesto de destino o por la especialidad por la que accedió al mismo. Asimismo, podrá solicitar expresamente centros a los que se refiere el apartado 2 de la base decimotercera o los puestos específicos establecidos en el apartado 3 de esa misma base, de estar acreditado para optar a los mismos. En el caso de la colocación de efectivos del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas deberán solicitar puestos de trabajo en cualquier centro o localidad, exclusivamente por la especialidad del puesto de destino o por la especialidad por la que accedió al mismo. Asimismo, podrá solicitar puestos específicos de los relacionados en el apartado 2 de la base decimotercera, de estar acreditado para su desempeño. |
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El personal funcionario de carrera suprimido y desplazado, ¿debe solicitar todas las especialidades de las que sea titular o tenga reconocidas? |
R | Deberá consignar obligatoriamente, por orden de preferencia, los códigos de todas las especialidades de las que sea titular y en caso del cuerpo de Maestros todas las que tenga reconocidas. En caso contrario, serán incluidas de oficio por la Administración educativa. |
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¿Por qué especialidad participa el personal interino? |
R | El personal interino deberá participar por la especialidad o especialidades de la bolsa o bolsas a las que pertenezca con tiempo servicio. En el caso de no incluir alguna de las especialidades correspondientes a las bolsas anteriormente citadas, esta Administración educativa incluirá de oficio dichas especialidades en su solicitud. No se tendrán en cuenta las especialidades en las que no se tenga tiempo de servicio en bolsa. Los puestos correspondientes a 1º y 2º curso de la ESO relacionados con la especialidad de la bolsa de referencia del cuerpo de maestros deberán ser solicitados expresamente. |
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¿Quiénes pueden solicitar puestos específicos incluidos los puestos bilingües? |
R | Los funcionarios de carrera, de todos los colectivos, podrán solicitar puestos específicos, incluidos los bilingües, siempre que reúnan los requisitos para su desempeño y los tengan previamente acreditados. El personal interino solo podrá solicitar puestos bilingües si pertenece a las bolsas bilingües correspondientes. Para el resto de puestos específicos deberá estar acreditado previamente. En la Convocatoria de adjudicación de destinos provisionales del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas podrán solicitar puestos específicos de los establecidos en el apartado 2 de la base decimotercera:
Solo se tendrán en cuenta los puestos específicos acreditados previamente a través del procedimiento establecido para tal efecto en el Portal Docente. Estos aparecerán con una marca (*) al lado del puesto específico en la columna ACR. |
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¿Es lo mismo una «Reducción de jornada» que solicitar un centro a «media jornada 1/2J»? |
R | No. La reducción de jornada, que viene regulada por la Circular de 11 de junio de 2021, es un derecho personal, que no depende del centro de destino y que se puede solicitar por alguno de estos motivos: a) 9. Reducción de jornada por razones de guarda legal y por razones de cuidado de un familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. El personal que haya de participar en el procedimiento de adjudicación de destinos provisionales deberá indicar tal pretensión en la solicitud de participación en dicho procedimiento. Junto a la solicitud, se deberá aportar, según los casos:
Si tiene concedida una reducción de jornada el centro de destino debe adecuar su horario a esta reducción de jornada. Los puestos a media jornada se refieren a puestos que se ofertan en determinados centros por necesidades de planificación y organización del mismo. Los centros que pueden ofertar puestos a media jornada son:
IMPORTANTE: La adjudicación de los puestos de «media jornada» referidos en la base tercera de la presente convocatoria implicará automáticamente la renuncia a la solicitud de reducción de jornada de cualquier modalidad. |
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Tengo concedida una comisión de servicio y, posteriormente, me han suprimido/desplazado de mi centro, ¿cuántas solicitudes debo presentar? |
R | Tiene que presentar dos solicitudes, una por cada colectivo (una por suprimido/desplazado y otra por comisión de servicios).
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Soy funcionario interino en una bolsa y aspirante a interinidad en otra, ¿cuántas solicitudes debo presentar? |
R | En la bolsa o bolsas en las que sea interino, es decir, que posee tiempo de servicio, estará obligado a participar por el colectivo de personal funcionario interino y presentar una solicitud cumplimentando el anexo II. En la cumplimentación de este anexo puede, además, declararse inactivo en la bolsa o bolsas en las que sea aspirante a interinidad. En la bolsa o bolsas en las que sea aspirante a interinidad no estará obligado a participar por este colectivo. Podrá participar de forma voluntaria, cumplimentando el anexo III, si desea modificar las peticiones a provincia para sustituciones, pasar a la situación de «inactivo» o presentar la acreditación por discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento. Sin perjuicio de lo establecido en el apartado anterior, el personal aspirante a interinidad integrante de las bolsas de trabajo del cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas, incluido aquel que tenga acreditada una discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento, podrá participar, con carácter voluntario, en este procedimiento para la obtención de vacantes en las mismas condiciones que el personal funcionario interino, de conformidad con lo establecido en la base décima. Para ello, este personal deberá cumplimentar, únicamente, el anexo II, en el que también, podrá solicitar pasar a situación de inactivo o acreditar reconocimiento de discapacidad, no siendo, por tanto, necesaria, la cumplimentación del anexo III. |
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¿Quién puede solicitar la alteración del orden de prelación de su colectivo? |
R | Podrá solicitarlo el personal que haya ingresado en los cuerpos docentes mediante el turno de reserva de discapacidad, en virtud de lo establecido en la disposición adicional primera de la Orden de 10 de junio de 2020 y a través del apartado correspondiente del formulario de solicitud, para su toma en consideración en la adjudicación de destinos. Para ello deberá adjuntar, en la forma establecida en el apartado 1 de la base segunda, la documentación en formato PDF que justifique tal situación. La Dirección General competente en materia de recursos humanos de esta Administración educativa valorará cada caso, a la vista de los informes facultativos de las asesorías médicas y adjudicará destino, en su caso, de forma preferente cuando aquellos sean favorables. |
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¿Qué especialidades pueden solicitar los funcionarios de carrera que nunca han obtenido destino definitivo? |
R | El apartado 1.4. de la base séptima, indica que los funcionarios de carrera que nunca han obtenido destino definitivo, tendrán que solicitar puestos de trabajo solo por la especialidad de ingreso o acceso en cualquier centro, zona, localidad o servicio educativo de la Comunidad Autónoma de Andalucía. También podrán solicitar expresamente centros a los que se refiere el apartado 2 de la base decimotercera o los puestos específicos establecidos en el apartado 3 de esa misma base, de estar acreditado para optar a los mismos. En el caso del personal funcionario de carrera del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas, tendrá que solicitar puestos de trabajo por la especialidad de ingreso o acceso en cualquier Conservatorio Superior de Música o Danza de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Asimismo, podrá solicitar puestos específicos de los establecidos en el apartado 2 de la base decimotercera, de estar acreditado para optar a los mismos. |
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¿Qué especialidades pueden solicitar los funcionarios de carrera beneficiarios de una comisión de servicio? |
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¿En qué momento puedo ponerme «inactivo o inactiva»? |
R | El personal integrante de las bolsas de trabajo podrá solicitar, de forma voluntaria, pasar a la situación de «inactivo o inactiva» en la bolsa o bolsas que determine, una sola vez por curso académico, en los siguientes períodos: (Art.º 48 de la Orden de 10 de junio de 2020).
Quienes deseen pasar de nuevo a la situación de «activo» podrán hacerlo, por una sola vez, en cada curso académico, en los últimos diez días lectivos del primer o segundo trimestre de cada curso. |
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¿Los aspirantes a interinidad están obligados a participar? |
R | El personal aspirante a interinidad no está obligado a participar en esta convocatoria, salvo que desee modificar las peticiones a provincia para sustituciones, pasar a la situación de inactivo o presentar la acreditación por discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento. En estos casos deberán cumplimentar el anexo III. |
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¿Qué especialidades pueden solicitar los funcionarios que tienen que realizar la fase de prácticas? |
R | Deberán solicitar puestos de trabajo solo por la especialidad de ingreso, así como los puestos específicos relacionados con dicha especialidad para los que reúnan los requisitos establecidos. En el caso de personal que deba realizar la fase de prácticas del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas, deberá solicitar puestos de trabajo solo por la especialidad de ingreso, y también podrá solicitar centros y puestos específicos de los relacionados en el anexo V de puestos específicos de la presente convocatoria, de reunir los requisitos para su desempeño y referidos siempre a la especialidad de ingreso. |
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¿Cuáles son los distintos estados del personal integrante de la bolsa durante el curso según la Orden de 10 de junio de 2020? |
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¿Quién puede optar a la «Opción por una bolsa»? |
R | Podrá optar el personal interino que se encuentre, al menos, en dos bolsas: una con tiempo de servicio y otra como aspirante. Optar por una bolsa conlleva pasar el tiempo de una bolsa (en la que se es interino) a otra en la que aún no se tiene tiempo (en la que se es aspirante), pasando a pertenecer únicamente a la bolsa por la que optó. Es muy importante saber que al solicitar «Opción por una bolsa» supone pertenecer a una única bolsa dejando de formar parte de todas las demás de todos los cuerpos donde se sea aspirante o interino. La firma de la solicitud de participación conlleva el consentimiento firme y consentido, siendo irreversible en cualquier otra fase posterior a la finalización de solicitudes. Para ello consignará en la casilla correspondiente el código de la bolsa en la que se quiere quedar: (Ejemplo: 00597038, 11597034, etc.). Si el tiempo traspasado es entre bolsas del mismo cuerpo se hará al cien por cien y cuando sea entre bolsas de distintos cuerpos se hará al cincuenta por ciento. |
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¿Cuántas provincias para sustituciones pueden solicitar los interinos? |
R | Deberán consignar al menos una provincia y potestativamente hasta las ocho, sin que ello implique orden de prioridad para la cobertura de puestos de sustitución. En el caso de la colocación de efectivos del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas deberán consignar al menos una provincia y potestativamente hasta las cinco, sin que ello implique orden de prioridad para la cobertura de puestos de sustitución. |
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¿Cuántas provincias para vacantes puede solicitar el personal interino? |
R | En caso de acogerse a la base décima apartado 2.4, se tendrá en cuenta solo la primera provincia de las dos solicitadas como mínimo, debiendo presentar informe médico actualizado y detallado de un servicio hospitalario en el que se concrete la gravedad de la enfermedad y además, la documentación que se detalla en cada caso:
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En el caso de docentes participantes, a excepción de los que lo hacen a conservatorios de música y artes escénicas, ¿cómo se solicitan los centros relacionados en los anexos indicados en el apartado 2 de la base decimotercera? |
R | Para optar por uno de estos centros, habrá que solicitarlos expresamente. En aquellos casos que se solicite código de una localidad, no estarán incluidos los centros citados. Al rellenar la solicitud en la aplicación e incluir alguno de estos centros, aparecerán en color amarillo. |
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¿Debo indicar en la solicitud «Reducción de jornada» si ya me la han concedido en otro procedimiento? |
R | Si no va a participar en la colocación de efectivos, la jornada reducida la tiene concedida para su puesto de destino para el próximo curso. En cambio, si va a participar para obtener otro destino provisional y está interesado en la reducción de jornada deberá solicitarlo para concedérselo al puesto que se le adjudique en el nuevo centro. |
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¿Cuáles son los puestos a «Media Jornada» (1/2J)? |
R | La marca «1/2J» al seleccionar un centro se refiere a consignar peticiones de puestos a «media jornada», referidos solo a especialidades con atribución docente para impartir materias de las enseñanzas de régimen especial, para lo que cada participante deberá tener en cuenta que una petición con la marca de «media jornada» conlleva que para esa petición solo se adjudicará, en su caso, vacante a media jornada. En consecuencia, deberá consignar una nueva petición al mismo centro/localidad sin marcar la columna «media jornada» para poder acceder a puestos a jornada completa. En el caso de la colocación de efectivos del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas solo se podrán consignar peticiones de puestos a media jornada referidos únicamente a los puestos específicos relacionados en el apartado 2 de la base decimotercera. Cada participante deberá tener en cuenta que una petición con la marca de «media jornada» conlleva que para esa petición solo se adjudicará, en su caso, vacante a media jornada. En consecuencia, deberá consignar una nueva petición al mismo centro sin marcar la columna «media jornada» para poder acceder a puestos a jornada completa en dicho centro. |
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¿Cómo se realiza la adjudicación de puestos? |
R | El proceso informatizado recorrerá, en primer lugar, todas las peticiones a centro o localidad, consignadas de forma voluntaria, hasta encontrar vacante, en la especialidad o especialidades que proceda. De no adjudicarse destino, el proceso recorrerá, una a una, las provincias reseñadas en la solicitud, por el orden en que figuran. |
PREGUNTA | RESPUESTA |
¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes? |
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¿Quiénes están obligados a participar? |
Están obligados a participar:
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¿Quiénes pueden participar de forma voluntaria? |
Podrán participar voluntariamente:
Puede consultar sus puestos acreditados a través del Portal Docente. |
Soy funcionario de carrera con una comisión de servicios concedida, ¿estoy obligado a participar? |
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¿Cómo se solicitan los puestos, provincias y centros/localidades en el formulario? |
Para solicitar puestos, provincias y centros/localidades deberá pinchar en los enlaces «Seleccionar puestos ordinarios y específicos», «Seleccionar provincias» y «Seleccionar Centros/Localidades» respectivamente. No se puede escribir el código directamente en el campo del formulario. |
¿Qué centros no se incluyen en la petición a localidad o provincia?
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Para todo el personal docente participante, a excepción del que lo hace a Conservatorios de Música y Artes Escénicas, al realizar su petición a localidad o provincia, no se entenderán incluidos los centros relacionados en los siguientes anexos: - Anexo VI. «Centros Integrados de Formación Profesional» - Apartado 2 de la base decimotercera cuyos centros son los recogidos en los anexos del último Concurso General de Traslados:
Para obtener destino en estos centros se deberán solicitar expresamente. Al rellenar la solicitud en la aplicación e incluir alguno de estos centros, aparecerán en color amarillo. |
¿Cuándo tengo que adjuntar la documentación que se me requiere? |
Una vez validada y cerrada la solicitud, en el momento de la presentación y firma puede adjuntar cuantos documentos considere necesarios. |
No se me ha tenido en cuenta un puesto específico para el que adjunté documentación acreditativa en la solicitud. |
La acreditación de los puestos específicos no se realiza en este procedimiento, debería haberse realizado de forma independiente por el procedimiento establecido por Resolución de 6 de abril de 2025, entre el 10 abril y el 27 junio de 2025, a través del Portal Docente. Puede consultar los puestos específicos que tiene acreditados en: Portal Docente > Datos administrativos > Información personalizada > Consultar puestos específicos acreditados. |
He cometido un error a la hora de ordenar o seleccionar puesto o centros, o el colectivo de participación, ¿puedo corregirlo en el plazo de alegaciones? |
La base segunda, en su apartado 2, establece que: El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente al de su publicación en BOJA. Concluido dicho plazo, no se podrá modificar ningún dato ni ninguna petición consignados en las mismas. En el supuesto de participar por más de un colectivo a que se refiere la base primera, deberá cumplimentarse una solicitud por cada colectivo por el que se participe. Del mismo modo, concluido el plazo de presentación de solicitudes no se podrá solicitar cambiar el colectivo de participación cumplimentado por la persona solicitante. En el supuesto de presentarse más de una instancia por un mismo colectivo, solo se tendrá en cuenta la última, quedando invalidadas las anteriores. |
¿Qué personal funcionario de carrera del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas que participa en este procedimiento está obligado a solicitar las cinco provincias de Andalucía donde se encuentran los conservatorios superiores? |
El personal de los colectivos a que se refieren los párrafos d), g) y h) del apartado 1 de la base primera, es decir: d) Personal funcionario de carrera del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas en el último año de adscripción en el extranjero que reingrese por este procedimiento. Deberá indicar, por orden de preferencia, las cinco provincias de Andalucía donde se encuentran los conservatorios superiores. De no hacerlo así, podrá ser destinado a cualquier centro educativo de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Igualmente, el personal funcionario de carrera del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas que no tenga destino definitivo y sea beneficiario de una comisión de servicio deberá solicitar, por orden de preferencia, las cinco provincias de Andalucía donde se encuentran los conservatorios superiores. |
¿Qué personal funcionario de carrera que participa en este procedimiento está obligado a solicitar las ocho provincias?
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El personal de los colectivos a que se refieren los párrafos d), g) y h) del apartado 1 de la base primera, es decir: d) Personal funcionario de carrera en el último año de adscripción en el extranjero que reingrese por este procedimiento. Deberá indicar, por orden de preferencia, las ocho provincias de Andalucía. De no hacerlo así, podrá ser destinado a cualquier centro o servicio educativo de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Igualmente, el personal funcionario de carrera que no tenga destino definitivo y sea beneficiario de una comisión de servicio deberá solicitar, por orden de preferencia, las ocho provincias de Andalucía. |
Los funcionarios que se acojan a la opción de cambio de centro al finalizar el mandato de dirección en su centro de destino definitivo, ¿qué especialidades pueden solicitar? |
Deberán solicitar puestos de trabajo en cualquier centro o localidad, exclusivamente por la especialidad del puesto de destino o por la especialidad por la que accedió al mismo. Asimismo, podrá solicitar expresamente centros a los que se refiere el apartado 2 de la base decimotercera o los puestos específicos establecidos en el apartado 3 de esa misma base, de estar acreditado para optar a los mismos. En el caso de la colocación de efectivos del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas deberán solicitar puestos de trabajo en cualquier centro o localidad, exclusivamente por la especialidad del puesto de destino o por la especialidad por la que accedió al mismo. Asimismo, podrá solicitar puestos específicos de los relacionados en el apartado 2 de la base decimotercera, de estar acreditado para su desempeño. |
El personal funcionario de carrera suprimido y desplazado, ¿debe solicitar todas las especialidades de las que sea titular o tenga reconocidas? |
Deberá consignar obligatoriamente, por orden de preferencia, los códigos de todas las especialidades de las que sea titular y en caso del cuerpo de Maestros todas las que tenga reconocidas. En caso contrario, serán incluidas de oficio por la Administración educativa. |
¿Por qué especialidad participa el personal interino? |
El personal interino deberá participar por la especialidad o especialidades de la bolsa o bolsas a las que pertenezca con tiempo servicio. En el caso de no incluir alguna de las especialidades correspondientes a las bolsas anteriormente citadas, esta Administración educativa incluirá de oficio dichas especialidades en su solicitud. No se tendrán en cuenta las especialidades en las que no se tenga tiempo de servicio en bolsa. Los puestos correspondientes a 1º y 2º curso de la ESO relacionados con la especialidad de la bolsa de referencia del cuerpo de maestros deberán ser solicitados expresamente. |
¿Quiénes pueden solicitar puestos específicos incluidos los puestos bilingües? |
Los funcionarios de carrera, de todos los colectivos, podrán solicitar puestos específicos, incluidos los bilingües, siempre que reúnan los requisitos para su desempeño y los tengan previamente acreditados. El personal interino solo podrá solicitar puestos bilingües si pertenece a las bolsas bilingües correspondientes. Para el resto de puestos específicos deberá estar acreditado previamente. En la Convocatoria de adjudicación de destinos provisionales del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas podrán solicitar puestos específicos de los establecidos en el apartado 2 de la base decimotercera:
Solo se tendrán en cuenta los puestos específicos acreditados previamente a través del procedimiento establecido para tal efecto en el Portal Docente. Estos aparecerán con una marca (*) al lado del puesto específico en la columna ACR. |
¿Es lo mismo una «Reducción de jornada» que solicitar un centro a «media jornada 1/2J»? |
No. La reducción de jornada, que viene regulada por la Circular de 11 de junio de 2021, es un derecho personal, que no depende del centro de destino y que se puede solicitar por alguno de estos motivos: a) 9. Reducción de jornada por razones de guarda legal y por razones de cuidado de un familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. El personal que haya de participar en el procedimiento de adjudicación de destinos provisionales deberá indicar tal pretensión en la solicitud de participación en dicho procedimiento. Junto a la solicitud, se deberá aportar, según los casos:
Si tiene concedida una reducción de jornada el centro de destino debe adecuar su horario a esta reducción de jornada. Los puestos a media jornada se refieren a puestos que se ofertan en determinados centros por necesidades de planificación y organización del mismo. Los centros que pueden ofertar puestos a media jornada son:
IMPORTANTE: La adjudicación de los puestos de «media jornada» referidos en la base tercera de la presente convocatoria implicará automáticamente la renuncia a la solicitud de reducción de jornada de cualquier modalidad. |
Tengo concedida una comisión de servicio y, posteriormente, me han suprimido/desplazado de mi centro, ¿cuántas solicitudes debo presentar? |
Tiene que presentar dos solicitudes, una por cada colectivo (una por suprimido/desplazado y otra por comisión de servicios).
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Soy funcionario interino en una bolsa y aspirante a interinidad en otra, ¿cuántas solicitudes debo presentar? |
En la bolsa o bolsas en las que sea interino, es decir, que posee tiempo de servicio, estará obligado a participar por el colectivo de personal funcionario interino y presentar una solicitud cumplimentando el anexo II. En la cumplimentación de este anexo puede, además, declararse inactivo en la bolsa o bolsas en las que sea aspirante a interinidad. En la bolsa o bolsas en las que sea aspirante a interinidad no estará obligado a participar por este colectivo. Podrá participar de forma voluntaria, cumplimentando el anexo III, si desea modificar las peticiones a provincia para sustituciones, pasar a la situación de «inactivo» o presentar la acreditación por discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento. Sin perjuicio de lo establecido en el apartado anterior, el personal aspirante a interinidad integrante de las bolsas de trabajo del cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas, incluido aquel que tenga acreditada una discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento, podrá participar, con carácter voluntario, en este procedimiento para la obtención de vacantes en las mismas condiciones que el personal funcionario interino, de conformidad con lo establecido en la base décima. Para ello, este personal deberá cumplimentar, únicamente, el anexo II, en el que también, podrá solicitar pasar a situación de inactivo o acreditar reconocimiento de discapacidad, no siendo, por tanto, necesaria, la cumplimentación del anexo III. |
¿Quién puede solicitar la alteración del orden de prelación de su colectivo? |
Podrá solicitarlo el personal que haya ingresado en los cuerpos docentes mediante el turno de reserva de discapacidad, en virtud de lo establecido en la disposición adicional primera de la Orden de 10 de junio de 2020 y a través del apartado correspondiente del formulario de solicitud, para su toma en consideración en la adjudicación de destinos. Para ello deberá adjuntar, en la forma establecida en el apartado 1 de la base segunda, la documentación en formato PDF que justifique tal situación. La Dirección General competente en materia de recursos humanos de esta Administración educativa valorará cada caso, a la vista de los informes facultativos de las asesorías médicas y adjudicará destino, en su caso, de forma preferente cuando aquellos sean favorables. |
¿Qué especialidades pueden solicitar los funcionarios de carrera que nunca han obtenido destino definitivo? |
El apartado 1.4. de la base séptima, indica que los funcionarios de carrera que nunca han obtenido destino definitivo, tendrán que solicitar puestos de trabajo solo por la especialidad de ingreso o acceso en cualquier centro, zona, localidad o servicio educativo de la Comunidad Autónoma de Andalucía. También podrán solicitar expresamente centros a los que se refiere el apartado 2 de la base decimotercera o los puestos específicos establecidos en el apartado 3 de esa misma base, de estar acreditado para optar a los mismos. En el caso del personal funcionario de carrera del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas, tendrá que solicitar puestos de trabajo por la especialidad de ingreso o acceso en cualquier Conservatorio Superior de Música o Danza de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Asimismo, podrá solicitar puestos específicos de los establecidos en el apartado 2 de la base decimotercera, de estar acreditado para optar a los mismos. |
¿Qué especialidades pueden solicitar los funcionarios de carrera beneficiarios de una comisión de servicio? |
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¿En qué momento puedo ponerme «inactivo o inactiva»? |
El personal integrante de las bolsas de trabajo podrá solicitar, de forma voluntaria, pasar a la situación de «inactivo o inactiva» en la bolsa o bolsas que determine, una sola vez por curso académico, en los siguientes períodos: (Art.º 48 de la Orden de 10 de junio de 2020).
Quienes deseen pasar de nuevo a la situación de «activo» podrán hacerlo, por una sola vez, en cada curso académico, en los últimos diez días lectivos del primer o segundo trimestre de cada curso. |
¿Los aspirantes a interinidad están obligados a participar? |
El personal aspirante a interinidad no está obligado a participar en esta convocatoria, salvo que desee modificar las peticiones a provincia para sustituciones, pasar a la situación de inactivo o presentar la acreditación por discapacidad igual o superior al treinta y tres por ciento. En estos casos deberán cumplimentar el anexo III. |
¿Qué especialidades pueden solicitar los funcionarios que tienen que realizar la fase de prácticas? |
Deberán solicitar puestos de trabajo solo por la especialidad de ingreso, así como los puestos específicos relacionados con dicha especialidad para los que reúnan los requisitos establecidos. En el caso de personal que deba realizar la fase de prácticas del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas, deberá solicitar puestos de trabajo solo por la especialidad de ingreso, y también podrá solicitar centros y puestos específicos de los relacionados en el anexo V de puestos específicos de la presente convocatoria, de reunir los requisitos para su desempeño y referidos siempre a la especialidad de ingreso. |
¿Cuáles son los distintos estados del personal integrante de la bolsa durante el curso según la Orden de 10 de junio de 2020? |
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¿Quién puede optar a la «Opción por una bolsa»?
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Podrá optar el personal interino que se encuentre, al menos, en dos bolsas: una con tiempo de servicio y otra como aspirante. Optar por una bolsa conlleva pasar el tiempo de una bolsa (en la que se es interino) a otra en la que aún no se tiene tiempo (en la que se es aspirante), pasando a pertenecer únicamente a la bolsa por la que optó. Es muy importante saber que al solicitar «Opción por una bolsa» supone pertenecer a una única bolsa dejando de formar parte de todas las demás de todos los cuerpos donde se sea aspirante o interino. La firma de la solicitud de participación conlleva el consentimiento firme y consentido, siendo irreversible en cualquier otra fase posterior a la finalización de solicitudes. Para ello consignará en la casilla correspondiente el código de la bolsa en la que se quiere quedar: (Ejemplo: 00597038, 11597034, etc.). Si el tiempo traspasado es entre bolsas del mismo cuerpo se hará al cien por cien y cuando sea entre bolsas de distintos cuerpos se hará al cincuenta por ciento. |
¿Cuántas provincias para sustituciones pueden solicitar los interinos? |
Deberán consignar al menos una provincia y potestativamente hasta las ocho, sin que ello implique orden de prioridad para la cobertura de puestos de sustitución. En el caso de la colocación de efectivos del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas deberán consignar al menos una provincia y potestativamente hasta las cinco, sin que ello implique orden de prioridad para la cobertura de puestos de sustitución. |
¿Cuántas provincias para vacantes puede solicitar el personal interino? |
En caso de acogerse a la base décima apartado 2.4, se tendrá en cuenta solo la primera provincia de las dos solicitadas como mínimo, debiendo presentar informe médico actualizado y detallado de un servicio hospitalario en el que se concrete la gravedad de la enfermedad y además, la documentación que se detalla en cada caso:
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En el caso de docentes participantes, a excepción de los que lo hacen a conservatorios de música y artes escénicas, ¿cómo se solicitan los centros relacionados en los anexos indicados en el apartado 2 de la base decimotercera? |
Para optar por uno de estos centros, habrá que solicitarlos expresamente. En aquellos casos que se solicite código de una localidad, no estarán incluidos los centros citados. Al rellenar la solicitud en la aplicación e incluir alguno de estos centros, aparecerán en color amarillo. |
¿Debo indicar en la solicitud «Reducción de jornada» si ya me la han concedido en otro procedimiento?
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Si no va a participar en la colocación de efectivos, la jornada reducida la tiene concedida para su puesto de destino para el próximo curso. En cambio, si va a participar para obtener otro destino provisional y está interesado en la reducción de jornada deberá solicitarlo para concedérselo al puesto que se le adjudique en el nuevo centro. |
¿Cuáles son los puestos a «Media Jornada» (1/2J)?
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La marca «1/2J» al seleccionar un centro se refiere a consignar peticiones de puestos a «media jornada», referidos solo a especialidades con atribución docente para impartir materias de las enseñanzas de régimen especial, para lo que cada participante deberá tener en cuenta que una petición con la marca de «media jornada» conlleva que para esa petición solo se adjudicará, en su caso, vacante a media jornada. En consecuencia, deberá consignar una nueva petición al mismo centro/localidad sin marcar la columna «media jornada» para poder acceder a puestos a jornada completa. En el caso de la colocación de efectivos del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas solo se podrán consignar peticiones de puestos a media jornada referidos únicamente a los puestos específicos relacionados en el apartado 2 de la base decimotercera. Cada participante deberá tener en cuenta que una petición con la marca de «media jornada» conlleva que para esa petición solo se adjudicará, en su caso, vacante a media jornada. En consecuencia, deberá consignar una nueva petición al mismo centro sin marcar la columna «media jornada» para poder acceder a puestos a jornada completa en dicho centro. |
¿Cómo se realiza la adjudicación de puestos? |
El proceso informatizado recorrerá, en primer lugar, todas las peticiones a centro o localidad, consignadas de forma voluntaria, hasta encontrar vacante, en la especialidad o especialidades que proceda. De no adjudicarse destino, el proceso recorrerá, una a una, las provincias reseñadas en la solicitud, por el orden en que figuran. |