6.- INFORMACION DE LA UNION EUROPEA (1)
COYUNTURA
>* R.(CE) nº 427/97, L 65
Reglamento de la Comisión de 4 de marzo de 1997 por el que se
establecen valores unitarios para la determinación del valor en aduana
de determinadas mercancias perecederas.
* R.(CE) nº 428/97, L 65
Reglamento de la Comisión, de 5 de marzo de 1997, relativo a la
apertura y modo de gestión de contingentes y límites máximos
arancelarios comunitarios para determinados productos originarios de
Eslovenia, así como a las modalidades de adaptación de dichos
contingentes y límites máximos.
* R. (CE) nº 431/97, L 65
Reglamento de la Comisión, de 5 de marzo de 1997, por el que se fijan los derechos de importación en el sector del arroz.
R. (CE) nº 432/97, L 65
Reglamento de la Comisión, de 5 marzo de 1997, por el que se
restablece el derecho de aduana preferencial para la importación de
rosas de flor pequeña originarias de Israel.
R. (CE) nº 433/97, L 65
Reglamento de la Comisión, de 5 marzo de 1997, por el que se
restablece el derecho de aduana preferencial para la importación de
claveles de varias flores (spray) originarios de Israel.
* R.(CE) nº 451/97, L 68
Reglamento de la Comisión de 7 de marzo de 1997 por el que se fijan los tipos de conversión agrarios.
La moneda nacional dispone de un valor, desde el 9 de Marzo de 1997 de 165,571 ptas./Ecu.
* R.(CE) nº 457/97, L 69
Reglamento de la Comisión, de 10 de marzo de 1997, relativo a la
expedición de certificados de importación para los ajos originarios de
China.
* R.(CE) nº 473/97, L 71
Reglamento de la Comisión, de 12 de marzo de 1997, por el que se
suspende el derecho de aduana preferencial y se restablece el derecho
del arancel aduanero común a la importación de claveles de una flor
(estándar) originarios de Israel.
* 97/C 79/01, L 79
Propuesta de Decisión del Consejo relativa a la celebración de un
Acuerdo de cooperación entre la Comunidad Europea y la Antigua
República Yugoslava de Macedonia.
CARNE DE PORCINO
* 97/170/CE, L 68
Decisión de la Comisión, de 18 de febrero de 1997, que modifica la
Decisión 95/94/CE por la que se establece una lista de centros de
recogida de esperma autorizados para exportar a la Comunidad esperma de
animales domésticos de la especie porcina procedentes de determinados
países terceros.
* 97/171/CE, L 68
Decisión de la Comisión, de 7 de marzo de 1997, relativa al
marcado y la utilización de la carne de porcino con arreglo a lo
establecido en el artículo 9 de la Directiva 80/217/CEE del Consejo.
CARNE DE VACUNO
* 97/C 66/21, C 66
Dictamen del Comité Económico y Social sobre:
-- la "Propuesta de Reglamento (CE) del Consejo, por el que se
establece un sistema de identificación y registro de los animales de la
especie bovina" y
-- la "Propuesta de Reglamento (CE) del Consejo relativo al etiquetado de la carne y los productos a base de carne de vacuno".
CEREALES
* R.(CE) nº 304/97, L 51
Reglamento del Consejo, de 17 de febrero de 1997 por el que se
adoptan medidas de salvaguardia respecto de la importación de arroz
originario de los países y territorios de Ultramar.
Durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de
abril de 1997, las importaciones en la Comunidad de arroz originario de
los PTU del código NC 1006 acogido a la exención de derechos de aduana
se limitarán a los siguientes volúmenes expresados en equivalente de
arroz descascarillado.
DEFENSA DEL CONSUMIDOR. MEDIO AMBIENTE
* R.(CE) nº 314/97, L 51
Reglamento de la Comisión, de 20 de febrero de 1997, que modifica
el Reglamento (CEE) nº 94/92 de la Comisión, por el que se establecen
las disposiciones de aplicación del régimen de importaciones de países
terceros contemplado en el Reglamento (CEE) nº 2092/91 sobre la
producción agrícola ecológica y su indicación en los productos agrarios
y alimenticios.
* R.(CE) nº 435/97, L 67
Reglamento de la Comisión, de 6 de marzo de 1997, por el que se
modifica el Reglamento (CE) nº 746/96 por el que se establecen
disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) nº 2078/92 del Consejo
sobre métodos de producción agraria compatibles con las exigencias de
la protección del medio ambiente y la conservación del espacio natural.
La medida fundamentada para los supuestos de cambios en la titularidad de la explotación.
* 97/C 53/05, C 53
Convocatoria de propuestas para la promoción de organizaciones
europeas no gubernamentales que tengan como objetivo principal la
defensa del medio ambiente.
* 97/C 53/06, C 53
Convocatoria de propuestas para actividades generales de información de sensibilización en el ámbito del medio ambiente.
* 97/C 66/04, C 66
Dictamen del Comité Económico y Social sobre la "Propuesta de
Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la venta y las
garantías de los bienes de consumo".
La propuesta de Directiva de la Comisión tiene por objetivo
establecer una armonización mínima de las legislaciones nacionales en
materia de garantía legal. Se prevén, además, disposiciones marco para
la garantía comercial. No obstante, la propuesta no incluye una
armonización de las legislaciones nacionales para las garantías
comerciales o los servicios postventa.
* 97/C 80/09, C 80
Propuesta modificada de Directiva del Parlamento Europeo y del
Consejo relativa a las acciones de cesación en materia de protección de
los intereses de los consumidores.
FORESTAL
* R.(CE) nº 307/97, L 51
Reglamento del Consejo de 17 de febrero de 1997, por el que se
modifica el Reglamento (CEE) nº 3528/86 relativo a la protección de los
bosques en la Comunidad contra la contaminación atmosférica.
* R.(CE) nº 308/97, L 51
Reglamento del Consejo, de 17 de febrero de 1997, por el que se
modifica el Reglamento (CEE) nº 2158/92 relativo a la protección de los
bosques comunitarios contra los incendios.
* 97/C 66/19, C 66
Dictamen del Comité Económico y Social sobre:
-- la "Propuesta de Reglamento (CE) del Consejo por el que se
modifica el Reglamento (CEE) nº 3528//86 relativo a la protección de
los bosques en la Comunidad contra la contaminación atmosférica" y
-- la "Propuesta de Reglamento (CE) del Consejo por el que se
modifica el Reglamento (CEE) nº 2158/92, relativo a la protección de
los bosques comunitarios contra los incendios".
LEGISLACION VETERINARIA
* 97/134/CE, L 51
Decisión de la Comisión, de 31 de enro de 1997, por la que se
fijan, en el ámbito veterinario, determinadas normas relativas a los
controles efectuados in situ, en los terceros países por expertos de la
Comisión.
La presente Decisión establece determinadas disposiciones
relativas a los controles in situ, en el ámbito veterinario, efectuados
en terceros países por expertos de la Comisión acompañados por expertos
de los Estados miembros.
* R.(CE) nº 434/97, L 67
Reglamento del Consejo, de 3 de marzo de 1997, que modifica el
Reglamento (CEE) nº 2377/90 por el que se establece un procedimiento
comunitario de fijación de los límites máximos de residuos de
medicamentos veterinarios en los alimentos de origen animal.
* 97/C 66/13, C 66
Dicamen del Comité Económico y Social sobre la "Propuesta de
Reglamento (CE) del Consejo por el que se crea la Agencia Europea de
Inspección Veterinaria y Fitosanitaria".
La propuesta tiene como objetivo reforzar y consolidar la posición
de la oficina actual, garantizar una mayor independencia a los
inspectores de la Agencia, y permitir la realización de controles y
peritajes sobre el terreno en los Estados miembros y en los terceros
países. La Agencia se haría cargo de las tareas de la Comisión en
materia de control y vigilancia.
PESCA
* R.(CE) nº 390/97, L 66
Reglamento del Consejo, de 20 de diciembre de 1996, por el que se
fijan los totales admisibles de capturas (TAC) de determinadas
poblaciones y grupos de poblaciones de peces para 1997 y determinadas
condiciones en que pueden pescarse.
* R.(CE) nº 392/97, L 66
Reglamento del Consejo, de 20 de diciembre de 1996, por el que se
reparten entre los Estados miembros determinadas cuotas de capturas de
1997 para los buques que faenen en la zona económica exclusiva noruega
y en la zona pesquera en torno a Jan Mayen.
* R.(CE) nº 395/97, L 66
Reglamento del Consejo, de 20 de diciembre de 1996, por el que se
distribuyen las cuotas de capturas comunitarias de 1997 en aguas de
Groenlandia.
* R.(CE) nº 406/97, L 66
Reglamento del Consejo, de 20 de diciembre de 1996, por el que se
establecen para 1997 determinadas medidas de conservación y de gestión
de los recursos pesqueros de las zonas de regulación definida en el
Convenio sobre la futura cooperación multilateral en los caladeros del
Atlántico norocciental.
Los buques comunitarios que faenen en la zona de regulación y que
conserven a bordo pescado procedente de los recursos de dicha zona
actuarán de conformidad con los objetivos y principios del Convenio
NAFO.
Con el fin de garantizar por medio de acciones conjuntas de las
Partes Contratantes la conservación y gestión racionales de los
recursos pesqueros de la zona de regulación y su óptima utilización, el
presente Reglamento establece:
-- limitaciones de las capturas
-- medidas técnicas de conservación
-- medidas internacionales de control.
* R.(CE) nº 407/97, L 66
Reglamento del Consejo, de 20 de diciembre de 1996, por el que
establecen para 1997 determinadas medidas de conservación y de gestión
de los recursos pesqueros de área del Convenio definida en el Convenio
sobre la futura cooperación multilateral en los caladeros del Atlántico
nororiental.
* 97/C 51/03, C 51
Revisión del limite máximo de ayuda a la producción en el sector de las construcción naval.
* 97/C 53/03, C 53
Ayudas de Estado C 56/95 (N 941/95) España.
Comunicación de la Comisión efectuada con arreglo al apartado 2
del artículo 93 del Tratado VE, dirigida a los demás Estados miembros y
terceros interesados y relativa a un ayuda que el Gobierno español
tiene previsto conceder a los astilleros de propiedad estatal.
* 97/C 65/03, C 65
Lista de las autoridades competentes designadas por los Estados
miembros para el envio de información y notificaciones establecidas en
la Directiva 93/76/CEE del Consejo, de 13 de septiembre de 1993, sobre
las condiciones mínimas exigidas a los buques con destino a los puertos
marítimos de la Comunidad o que salgan de los mismos y transporten
mercancías peligrosas o contaminantes.
*97/C 66/09, C 66
Dictamen del Comité Económico y Social sobre la "Propuesta de
Directiva del Consejo por la que se establece un régimen armonizado de
seguridad para los buques pesqueros de eslora igual o superior a 24
metros".
* 97/C 66/15, C 66
Dictamen del Comité Económico y Social sobre la "Propuesta de
Decisión del Consejo por la que se modifica el Anexo de la Decisión
93/383/CEE del Consejo, de 14 de junio de 1993, relativa a los
laboratorios de referencia para el control de biotoxinas marinas".
* 97/C 68/07, C 68
Propuesta modificada de Directiva del Consejo sobre normas y reglas de seguridad aplicables a buques de pasaje.
VINOS
* 97/C 80/02, C 80
Precios medios y precios representativos de los tipos de vinos de mesa en los diferentes centros de comercialización.
ASPECTOS GENERALES CE.
* R.(CE) nº 305/97, L 51
Reglamento del Consejo de 17 de febrero de 1997, por el que se
establecen medidas relativas a las importaciones de productos agrícolas
transformados de Suiza a fin de tener en cuenta los resultados de las
negociaciones de la Ronda Uruguay en el sector agrícola.
* R.(CE) nº 443/97, L 68
Reglamento del Consejo, de 3 de marzo de 1997, relativo a las
acciones en el ámbito de la ayuda a las poblaciones desarraigadas en
los países en desarrollo de América Latina y Asia.
* 97/C 52/01, C 52
Informe especial nº 1/97 del Tribunal de Cuentas sobre las
Decisiones de 10 de abril de 1996, y 20 de noviembre de 1996 de la
Comisión sobre la liquidación de las cuentas de 1992 y determinados
gastos de 1993, acompañado de la respuesta de la Comisión.
A raiz de la resolución del Parlamento Europeo de 17 de marzo de
1995, por la que las Decisiones de la Comisión relativas a la
liquidación de las cuentas de la sección de Garantía del Fondo Europeo
de Orientación y de Garantía Agraria (Feoga) debían someterse al
procedimiento de aprobación de la gestión, el Presidente del Parlamento
Europeo pidió al Tribunal de Cuentas Europeo, en su carta de 26 de
junio de 1996, que elaborara un informe sobre la Decisión de la
Comisión de 10 de abril de 1996, relativa a la liquidación de las
cuentas de los gastos de 1992 y parte de los gastos de 1993.
* 97/C 65/07, C 65
Acción Robert Schuman Fase piloto. Programa de acción para una
mayor sensibilización de las profesiones jurídicas ante el Derecho
comunitario. Convocatoria de manifestaciones de interés.
* 97/C 66/02, C 66
Dictamen del Comité Económico y Social sobre la "Propuesta de
Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica
por tercera vez la Directiva 88/344/CEE, relativa a la aproximación de
las legislaciones de los Estados miembros sobre los disolventes de
extracción utilizados en la fabricación de productos alimenticios y de
sus ingredientes".
* 97/C 66/05, C 66
Dictamen del Comité Económico y Social sobre las "Comunicaciones
comerciales en el mercado interior. Libro Verde de la Comisión.
Las propuestas, que se describirán y analizarán más adelante,
tiene por objeto codificar, aclarar y simplificar el funcionamiento del
mercado interior en el ámbito de la prestación de servicios de
comunicaciones comerciales. Estas propuestas están destinadas a mejorar
el funcionamiento del mercado interior, no modificarán la situación
jurídica fundamental establecida por el Tratado, en particular en los
artículos 30 y 59.
* 97/C 66/14, C 66
Dictamen del Comité Económico y Social sobre la "Propuesta de
Directiva del Consejo por la que se modifica la Directiva 92/118/CEE
del Consejo, de 17 de diciembre de 1992, por la que se establecen las
condiciones de policia sanitaria y sanitarias aplicables a los
intercambios y a las importaciones en la Comunidad de productos no
sometidos, con respecto a estas condiciones, a las normativas
comunitarias específicas a que se refiere el capítulo 1 del Anexo A de
la DIRECTIVA 89/662/CEE y, por lo que se refiere a los patógenos, de la
Directiva 90/425/CEE.
La Directiva 92/118/CEE demuestra la necesidad de liberalizar los
intercambios de productos de origen animal, pero habida cuenta del
riesgo considerable de propagación de enfermedades al que están
expuestos los animales se deben establecer disposiciones específicas
para la comercialización de determinados productos de origen animal.
* 97/C 66/16, C 66
Dictamen del Comité Económico y social sobre el tema "las relaciones entre la Unión Europea y Canadá".
* 97/C 67/A/01, C 67A
Guía para los candidatos EUR/B/122
A ACTUACION DE LOS TRIBUNALES DE OPOSICION
B CONDICIONES DE ADMISION A LAS OPOSICIONES
C GASTOS DE VIAJE Y ESTANCIA
D CONTRATACION
E CARRERAS Y CONDICIONES DE TRABAJO.
* 97/C 67 A/02, C 67A
Anuncio de Concurso oposición EUR/B/122
El Parlamento Europeo y la Comisión de las Comunidades Europea
convocan el presente concurso oposición para selección asistentes
adjuntos de nivel B 5/ B 4 con el fin de cubrir un número de plazas
que, a titulo indicativo, puede cifrarse en torno a las diez.
Fecha limite para la presentación de candidaturas: 18 de abril de 1997.
NATURALEZA DE LAS FUNCIONES.
Asistente social encargado/a bajo el control del responsable de la
Unidad competente, de proporcionar apoyo a cualquier miembro del
personal en servicio o jubilado así como a su familia, cuando éste/ésta
se encuentre con un problema, tanto de carácter psicológico y personal,
como profesional, administrativo o financiero.
* 97/C 75/01, C 75
Dictamen del Comité Económico y Social sobre la "Propuesta de
Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica
la Directiva 95/2/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a
aditivos alimentarios distintos de los colorantes y edulcorantes.
El objetivo de la Directiva 95/2/CE sobre aditivos alimentarios es
establecer una lista definitiva de todos los tipos de aditivos
alimentarios distintos de los colorantes y edulcorantes y tomar en
consideración la amplia gama de productos alimentarios de la CE. Esta
Directiva se finalizó en febrero de 1995 tras un largo período de
negociaciones.
* 97/C 75/02, C 75
Dictamen del Comité Económico y Social sobre las "Implicaciones
para la PAC de la adhesión de los países de Europa central y oriental.
La Unión Europea ha firmado una serie de acuerdos llamados
acuerdos europeos, con los países de Europa central y oriental
(PECO).En 1993, el Consejo Europeo acordó que los países asociados que
lo desearan podrían adherirse a la UE tan pronto como fueran capaces de
asumir las obligacioens necesarias para ello.
* 97/C 75/06, C 75
Dictamen del Comité Económico y Social sobre el "XXV Informe sobre la política de competencia (1995)".
La Comisión, recogiendo una sugerencia del Comité Económico y Social, ha dividido este año su ejercicio anual en dos partes:
-- un informe breve, (no más de 100 páginas) que contiene la
descripción de los principales avances decisiones y disposiciones
legislativas, en materia de política de competencia;
-- y un segundo informe separado que tiene por objeto la
aplicación de las reglas de competencia en el año 1995 con detalles e
informaciones relativas también a los distintos Estados miembros.
* 97/C 76/09, C 76
Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la
que se modifica la Directiva 95/2/CE del Parlamento Europeo y del
Consejo relativa a los aditivos alimentarios distintos de los
colorantes y edulcorantes.
(1) Datos facilitados por el Servicio de Seguimiento de la PAC, donde se
encuentra la normativa reseñada.