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La subrogación como medio de financiación de la compra

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Otra posibilidad que existe en relación con la búsqueda de financiación a través de una hipoteca es la de acudir a la subrogación. En este caso ya existe una hipoteca previa del vendedor. Si las condiciones de esta hipoteca son interesantes para ti y la entidad financiera acepta el cambio se puede acudir a esta posibilidad. En el documento privado se debe hacer constar que del precio total se deducirá el importe de la deuda asumida por el comprador.
 
 
Si se llega a un acuerdo sobre las condiciones del préstamo se suele pasar a la siguiente fase que es la tasación del inmueble. La tasación la hace una empresa especializada designada por la entidad financiera. Los gastos de la tasación los abonarás tú, incluso aunque finalmente no se llegara a realizar la operación.
 
 
Si el préstamo que solicitas está garantizado por una vivienda y es por un importe igual o inferior a 150.253,03 €, una vez que la vivienda ha sido tasada y la entidad financiera ha estudiado tu solvencia económica, hará, si procede, una oferta vinculante que contendrá las condiciones más importantes del crédito que te ofrecen, o te denegarán la solicitud de préstamo.
 
 
La oferta deberá ser firmada por un representante de la entidad y, salvo que medien circunstancias extraordinarias o no imputables a la entidad, tendrá un plazo de validez no inferior a diez días hábiles desde su fecha de entrega.
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