INCLUSIÓN EN EL PIMA, inquilinos: Las personas interesadas en alquilar una vivienda a través de este programa (PIMA) como inquilinas deben estar inscritas en el Registro de Demandantes de Vivienda Protegida, ¿tienen que cumplir los requisitos del artículo 3 del Reglamento Regulador de los Registros?
Sí. Deben cumplir los requisitos del artículo 3 del Reglamento Regulador de los Registros Públicos Municipales de Demandantes de Vivienda Protegida aprobado por Decreto 1/2012, de 10 de enero:
Además, deben solicitar ante los Registros su inclusión en el PIMA y consentir expresamente la cesión de los datos que consten en el mismo al Agente Colaborador y a la Consejería de Fomento y Vivienda.