PÓLIZAS DE SEGURO: Si hay que subsanar la solicitud presentada, ¿perderá el orden?
Sólo perderá el número de orden si no cumplimenta de conformidad el requerimiento de subsanación que se le formule en un plazo máximo de 10 días (artículo 71 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). En este caso, podrá volver a presentar la solicitud.
NOTA: El Plazo de la presentación de solicitudes para la concesión de pólizas de seguro ha finalizado el 31 de octubre de 2014, por lo que en la actualidad no existe convocatoria vigente para esta ayuda.